Hola, no creo que vayan por aquí los tiros. No es que un coche por ser híbrido se salte lo de la MMA. Yo creo que la norma que puede que cambie es respecto a los que se enchufan o lleven baterías y sean eléctricos totales. Poniendo un ejemplo, el 5008 su MMA es de 2000 k, pero si es híbrido enchufable, pasa su MMA a 2300. Si la CV es de 1500 MMA no se puede en estos momentos llevar con un B. Si cambian la norma, solo para estos casos, con 3800 k de MMA de conjunto si se podría, ya que la diferencia de 3500 a los 3800, es por las baterias, aún siendo el mismo coche.Y no sé si puede darse el caso pero ya estaría rozando uno de los tantos absurdos de nuestra legislación.... el próximo coche me voy a comprar va a ser este:
Kia también se apunta a la tecnología mild-hybrid de 48V y el Sportage será quien la estrene
Las tecnologías mild-hybrid de 48V siguen popularizándose entre los fabricantes de automóviles con el objetivo de hacer más eficientes sus mecánicas de...www.motorpasion.com
Que teóricamente es híbrido y no deja de ser un diésel normal y corriente con un pequeño motor eléctrico y una pequeña batería y milagro!! ya estoy capacitado para llevar esos 4250 kg, cosa que ahora por supuesto con mi nissan murano no puedo.......
Puede ser, aunque estaríamos en las mismas, al final estás llevando más peso del que te autoriza el carnet y sería por razones "ecológicas", no por razones de seguridad, de repente ya estamos aptos para llevar mas de 3500kg de conjunto con el b1.Hola, no creo que vayan por aquí los tiros. No es que un coche por ser híbrido se salte lo de la MMA. Yo creo que la norma que puede que cambie es respecto a los que se enchufan o lleven baterías y sean eléctricos totales. Poniendo un ejemplo, el 5008 su MMA es de 2000 k, pero si es híbrido enchufable, pasa su MMA a 2300. Si la CV es de 1500 MMA no se puede en estos momentos llevar con un B. Si cambian la norma, solo para estos casos, con 3800 k de MMA de conjunto si se podría, ya que la diferencia de 3500 a los 3800, es por las baterias, aún siendo el mismo coche.
Yo no considero que estemos en una mierda de país, es más creo que hemos tenido la suerte de nacer en un gran país, pero eso no tiene nada que ver con ser críticos con "algunas" normas un poco absurdas, pero vamos que un poco de razón sí que tienes, solemos tender a elogiar a otros países y menospreciar el nuestro, muchísimas veces sin razón
Es que esta norma es europea, no es española, que se lo haya sacado de la manga Zapatero o Rajoy, no, fue en la UE de donde salió. Y aunque sea duro de leer, nos beneficia, pues hace que no sea necesario sacarse el E para llevar un remolque pesado hasta 4250 kilos
Luego llegan las autoescuelas y ponen el precio más o menos como el E. Pero eso no tiene que ver con la norma, el examen teórico del E, por fácil que sea, te lo ahorras, y me parece que son 80 euros ¿puede ser? Es que mezclamos cosas que no son.
Creo que nos hemos liado, si yo no critico las normas actuales.... lo que no me parece lógico es aumento de peso con el B que le quieren dar a los electricos/hibridos, me da igual a quien se le haya ocurrido la idea, sea Europa o España.
Ahí le has dado, si por lo que sea interesa (dinerito) ya podemos llevar más 3500 kg, con el b, ya no anteponemos la seguridad ante todo, ya estamos capacitados para hacerlo....Ah, vale, pues perdona.
Esto de los eléctricos es también sencillo... como no estamos dispuestos a comprar eléctricos en masa y creen que es la solución a Los Problemas del Mundo, pues dan facilidades como esta. Si las furgonetas de reparto (esas del "envío gratis") han de hacer varios viajes por que no les caben las cosas que tienen que repartir, las cuentas no salen... ( ¡igual tienen que cobrar el envío! ) entonces permiten que "cosas así" pesen más y lo pueden hacer de una vez.
Y como digo en otros hilos, para las ciudades no estará mal, pero es que no todo el mundo vive en ciudades...
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El carnet clase B habilitará para conducir una nueva clase de vehículos
El texto del la DGT, que depende del Ministerio del Interior, contempla cambios en el permiso de conducción de clase B, que autorizará a partir de ahora, si se cuenta con dos años de experiencia, la conducción de automóviles destinados al transporte de mercancías con una masa entre 3.500 y 4.250 kilos.
Unas medidas que la DGT prevé que entren en vigor el 1 de julio de 2019, en apenas unos meses. Dice mercancías pero creéis que es aplicable a caravanas?
HE olvidado copiar lo siguienteOs dejo el enlace al BOE y a la norma EUROPEA... la prensa resume al transcribir e incluso lo hace el BOE... tambien los hacemos nosotros cuando leemos "cosas" que no entendemos...
Los determinados requisitos son:
Esa posibilidad de superar los 3 500 kg debería estar condicionada a que la masa se deba exclusivamente al exceso de masa debido a los sistemas de propulsión alternativos y sin perjuicio de las limitaciones y condiciones destinadas a evitar efectos negativos en la seguridad vial.
Contestando un poco...
La medida esta aprobada desde el 1 de mayo del 18
Entra en vigor en Julio
No nos tenemos que olvidar que segun que medidas como lo son los 3.500 kgs son medidas quizas obsoletas. Con todos los sistemas de asistencia a la conducción posiblemente no haya mucha diferencia entre llevar un camión de 3500 y uno de 4250... Es más muchos camiones de 3.500 son camiones mas grandes con la MMA reducida...
Saludos
Los nuevos vehículos que podrías conducir en breve con el carnet B
La prevista reforma del Reglamento General de Conductores, aplazada por las elecciones generales, prevé adecuar los límites a los nuevos vehículos ecológicos con bateríawww.abc.es
Aqui si se habla de conjuntos, aunque parece q queda todo igual..como lo veis?
Esto que mencionas, es sobre todo a nivel profesional. Es decir, está indicada la norma o afecta positivamente a esos furgones de "carga" eléctricos o híbridos o similares.HE olvidado copiar lo siguiente
vehículos impulsados por combustibles alternativos contemplados en el artículo 2 de la Directiva 96/53/CE del Consejo (*), con una masa máxima autorizada superior a 3 500 kg pero que no exceda los 4.250 kg, destinados al transporte de mercancías y que sean manejados sin remolque por titulares de un permiso de conducción de categoría B expedido, al menos, dos años antes, siempre que la masa que supere los 3.500 kg provenga exclusivamente del exceso de masa del sistema de propulsión respecto al sistema de propulsión de un vehículo de las mismas dimensiones que esté equipado con un motor convencional de combustión interna con encendido por chispa o por compresión, y siempre que no se incremente la capacidad de carga respecto al mismo vehículo