Aldiegloser
Sergio
Poder circular... por poder... pero deber.. ahí ya con cada uno... yo si tengo una luz de cruce fundida paro inmediatmaente a cambiarla otros encienden la antinebla y siguen ...Es bastante curioso éste tema, de que unos sí y otros no. Hay mucha documentación, pero sólo se ve parte de una TIT en blanco y negro. Y por lo que pone y conforme explica el caso, me parece que se trata de un vehículo de importación que le sacan documentación española. Siendo el enganche de fábrica, que le añadan ésa coletilla a la homologación, parece ser un copia pega de una documentación extranjera por la normativa que hay en otros países europeos.
En cuanto a ser denunciable lo de que no se encienda la luz de marcha atrás, a día de hoy no conozco ningún caso. Y en mi trabajo, hasta hace poco más de un año, habían camiones tractoras superviejos que llevaban remolques nuevos con todas sus luces y al usar piñas de 7 polos no funcionaban las luces de marcha atrás. Tal vez sea denunciable, al igual que si no te funciona en el coche, pero de ahí a no poder circular, pues no.
De todas formas, las palabras, post, enlaces y demás no aportan demasiado. Ahora cuando baje al garaje os adjunto fotos de la TIT, que es lo que SI es real. Y ya cada uno que se crea lo que quiera.
Me imagino que en algunas ITV te advierten para curarse ellos en salud y en otras simplemente pasan... Si tu con tu coche vas a pasar la ITV de un remolque nuevo con luces de marcha atras.... no pasaras la itv del remolque con falta grave... aunque la culpa este en el coche.. .