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Descuento del 4% por parte de Hacienda por ser discapacitado y movilidad reducida positiva

Esperanza, esos papeleos y solicitudes te los hace el concesionario donde compres la autocaravana, y evidentemente antes de matricular, siempre¡¡¡, ya te cobrarán unos 450€ en concepto de papeleos tengas que solicitar esto o no, el iva aunque sepas de antemano que será negativa la respuesta, puedes decirles que lo soliciten igualmente, será paso previo a cualquier reclamación, el que te hayan denegado, si no solicitas la exención que vas a reclamar ¿reclamo algo que no me han dado porque no he pedido?.
De todas formas si tenéis decidido comprar autocaravana para disfrutar, que no sea por esos 8000€ de iva, yo insisto por experiencia propia, hay que entender como funcionan las cosas, como funcionan los abogados, por intereses algunos no querrán llevarte el tema contra el gobierno autonómico de turno, primordial cuanto te va a costar el procedimiento, tanto si ganas como si pierdes, tiempo de resolución del procedimiento, y hasta donde estás dispuesta a que te cueste dinero, tiempo, salud, etc... Ya te digo que no merece la pena porque la consulta vinculante que hice V1033/15 la coletilla final aún reconociéndome que tenía razón fue, "pero en última instancia será la administración de la comunidad foral la que deba decidir".
El concesionario ya mandó los papeles a través de su gestoría a Hacienda de Madrid. Hacienda me contestó en 3 días diciéndome que no al tema del Iva reducido, ese mismo día hice el Recurso yo misma aportando motivos y pruebas (aunque sé que el 99% Hacienda me lo va a denegar otra vez), pero tengo que intentarlo y no insistiré más. En cuanto al IEDMT, a continuación, el concesionario nos va a pedir la exención y después una vez nos conteste Hacienda,....por fin.....matricularemos.
 
El concesionario ya mandó los papeles a través de su gestoría a Hacienda de Madrid. Hacienda me contestó en 3 días diciéndome que no al tema del Iva reducido, ese mismo día hice el Recurso yo misma aportando motivos y pruebas (aunque sé que el 99% Hacienda me lo va a denegar otra vez), pero tengo que intentarlo y no insistiré más. En cuanto al IEDMT, a continuación, el concesionario nos va a pedir la exención y después una vez nos conteste Hacienda,....por fin.....matricularemos.
ok, entonces está todo en marcha, sobre el iedmt no debieran tardar, cuando matriculas, envías la solicitud y tarda 1 día, ahora claro dependerá de la templanza de la gestoría.
Se puede saber qué modelo de autocaravana has cogido?
 
como dices?, no te entiendo?, pero el iedmt (impuesto de matriculación), se paga en los vehículos nuevos patriculables (no remolques), o vehículos procedentes de fuera de españa que hay que matricular, la exención es siempre y cuando no hayas adquirido otro vehículo en análogas condiciones en los 4 años anteriores, el iedmt se grava dependiendo la emisión de Co2 que lo normal en una AC es el 9,75% luego tiene una reducción del 30% por concepto vivienda, o sea se paga realmente el 6,825 (donde es 9,75)
Pues en esta frase parece que confundes el IEDMT con el impuesto de matriculación, por eso puse lo que puse en el post anterior
 
Una buena apreciación de Guarnon, como ejemplo te diré que yo la autocaravana que compré en 2014, una integral 7,40 nueva, la vendí a los dos años, porque aunque era grande, por dentro estaba mal distribuida, cocina en L que le quita espacio, y compré una caravana (que ahora he anunciado venta aquí), muchísimo más espacio, tienes tu coche que te da libertad de movimiento, quiero decir que son vehículos casa, pero que el que tenga dificultades físicas, debe adaptarse, aunque por lo que expones de tu marido, supongo que no le afectará nada para entrar, salir, subir, bajar, desenvolverse dentro, yo si esto no es problema, si te animo, también quizás primero alquilar una y salir, y las rebajas fiscales en una autocaravana de 65000€, son 3500€ de iedmt, el iva lo que hablamos, y si antes de pasar 4 años decides venderla, tienes que devolver esos 3500€ con intereses.
Yo estoy de nuevo en busca de autocaravana, ya que en 6 años ha cambiado notablemente la oferta, ahora hay con cambio automático sin que cueste un riñón, salones face to face, que dan mucha amplitud, etc...
También te aconsejo ir a alguna feria, esta semana pasada estuve en biarritz , feria outlet para quitarse todo de este año, y ves in situ distribuciones, y los precios también mejores.
Y es que lo nombras en dos post consecutivos
 
Pues en esta frase parece que confundes el IEDMT con el impuesto de matriculación, por eso puse lo que puse en el post anterior
que va¡¡, bueno cada cual podemos dar un sentido o entender de forma diferente, si pongo iedmt y entre paréntesis (impuesto de matriculación), es porque hace referencia a lo que era antes, es que en foros veo hay bastante confusión entre matriculación (iedmt) y circulación (que es los tributos anuales por derecho a circular), como digo hay quién confunde y éste último, el de circulación también está exento para personas con discapacidad, dependiendo de los ayuntamientos, suele ser que no pase de 12cv fiscales (poca cilindrada), para un solo vehículo, aunque hay ayuntamientos que conceden a más de un vehículo por discapacitado.
 
El concesionario ya mandó los papeles a través de su gestoría a Hacienda de Madrid. Hacienda me contestó en 3 días diciéndome que no al tema del Iva reducido, ese mismo día hice el Recurso yo misma aportando motivos y pruebas (aunque sé que el 99% Hacienda me lo va a denegar otra vez), pero tengo que intentarlo y no insistiré más. En cuanto al IEDMT, a continuación, el concesionario nos va a pedir la exención y después una vez nos conteste Hacienda,....por fin.....matricularemos.
no te había preguntado, a pesar del 74% de discapacidad de tu marido, por la problemática que exponías no tengo claro si tiene movilidad reducida, (yo entendería que no), para que tomes nota, la ley 37/1992 de 28 de diciembre de iva, establece en el artículo 91.dos.1.4º que la aplicación del tipo impositivo del iva al 4% es para personas con movilidad reducida o en silla de ruedas. Adjunto pantallazo
 

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no te había preguntado, a pesar del 74% de discapacidad de tu marido, por la problemática que exponías no tengo claro si tiene movilidad reducida, (yo entendería que no), para que tomes nota, la ley 37/1992 de 28 de diciembre de iva, establece en el artículo 91.dos.1.4º que la aplicación del tipo impositivo del iva al 4% es para personas con movilidad reducida o en silla de ruedas. Adjunto pantallazo
Yo también lo entiendo asi, pero claro depende de la persona que trate el tema
 
Yo también lo entiendo asi, pero claro depende de la persona que tr
no, no depende de quien trate el tema, muy difícil que en una misma administración haya distintos criterios, porque la autorizacíon al final la autoriza el "jefe de sección, jefe de negociado, o como se llame en cada sitio", no el funcionario de turno, pero lo que quiero decir que tener un 74% de discapacidad no tiene porqué conllevar tener movilidad reducida, y que la aplicación del iva al 4% lo dice bien claro la ley de iva, es para personas con movilidad reducida o en silla de ruedas, si esta duda la añadimos a que no conceden esa reducción de iva en su comunidad, creo que no hay que insistir mucho, pero voy a añadir.
Esperanza: sabes cuanto te va a costar un abogado?, en caso de ganar te aplicarán la tarifa (hay unos baremos), te aplicarán el 20%+iva, o sea si estás reclamando el 4% de iva en vez del 21%, sobre una base imponible de pongamos 50000 (que sería una autocaravana de 50000+21%+9,75(-30%)=63912€, ese 17% de 50000 son 8500, el abogado se te llevará más de 2000€ en caso de ganar, y en caso de perder creo que no te librará nadie de unos 1500€, y si pierdes y te imputan costas?
Creo que te lo estoy poniendo bien fácil, por ser discapacitado, por haber sido funcionario de hacienda (ahora jubilado por incapacidad), por entender de estos temas, por la propia experiencia en compra de autocaravana, por incluso haberme empeñado en el tema y hacer la consulta vinculante donde me daban la razón, pero había una coletilla final que dejaba en manos de la administración autonómica la decisión, porque también hay muchas consultas vinculantes mal planteadas que dan lugar a respuestas contundentes en contra, y que al ser vinculantes sirven a la doctrina, y porque cuida con los abogados que son siempre interesados en revolver los temas, viven de ello.
Blanco y en botella
De nada¡¡¡¡¡
 
Bueno esta vez no me exprese yo bien, depende de la delegación de cada sitio, lo se por que en según que delegación de hacienda te aplican las cosas distintas, por ejemplo el IEDMT en cada comunidad es distinto, bueno pero ya sabes cada norma puede ser interpretada de forma distinta, bueno es lo que le vienes a decir a Esperanza
 
Vamos a ver. ¿Que significa "movilidad reducida positiva"?. Quizás sea ese el problema. Preguntando claramente, ¿Es usuario de silla de ruedas?. Para el IVA reducido (lo dejo en eso, porque la verdad me habéis liado con tanta siglas) hay que tener movilidad reducida, pero así, sin apellidos. Yo tengo un 72%, y solo pone eso, movilidad reducida.
En diciembre del 2014 compré una autocaravana y si tuve derecho a ello, pero soy usuaria de sillas de ruedas, la autocaravana viene adaptada de fábrica, incluyendo en su ficha técnica, que trae una plataforma elevadora. Es decir, no hay lugar a picarescas.
 
El concesionario ya mandó los papeles a través de su gestoría a Hacienda de Madrid. Hacienda me contestó en 3 días diciéndome que no al tema del Iva reducido, ese mismo día hice el Recurso yo misma aportando motivos y pruebas (aunque sé que el 99% Hacienda me lo va a denegar otra vez), pero tengo que intentarlo y no insistiré más. En cuanto al IEDMT, a continuación, el concesionario nos va a pedir la exención y después una vez nos conteste Hacienda,....por fin.....matricularemos.

Vamos a ver. ¿Que significa "movilidad reducida positiva"?. Quizás sea ese el problema. Preguntando claramente, ¿Es usuario de silla de ruedas?. Para el IVA reducido (lo dejo en eso, porque la verdad me habéis liado con tanta siglas) hay que tener movilidad reducida, pero así, sin apellidos. Yo tengo un 72%, y solo pone eso, movilidad reducida.
En diciembre del 2014 compré una autocaravana y si tuve derecho a ello, pero soy usuaria de sillas de ruedas, la autocaravana viene adaptada de fábrica, incluyendo en su ficha técnica, que trae una plataforma elevadora. Es decir, no hay lugar a picarescas.
Hola belén, que razón tienes, con lo de las siglas, la movilidad reducida no tiene porqué conllevar necesariamente ir en silla de ruedas, hay gente que tiene dificultades para subir, bajar, de transporte público, subir, bajar escaleras, ejemplos de movilidad reducida que no necesariamente es ir en silla de ruedas, luego en el certificado de discapacidad, como lo emite cada comunidad autónoma (CCAA), en cada sitio lo reflejan de una forma, eso de movilidad reducida positiva suena raro.
Por cierto se puede saber de qué comunidad autónoma eres?, por lo de la redución del iva al 4%, ya que dependiendo de donde eres, conceden o no.
 
Vamos a ver. ¿Que significa "movilidad reducida positiva"?. Quizás sea ese el problema. Preguntando claramente, ¿Es usuario de silla de ruedas?. Para el IVA reducido (lo dejo en eso, porque la verdad me habéis liado con tanta siglas) hay que tener movilidad reducida, pero así, sin apellidos. Yo tengo un 72%, y solo pone eso, movilidad reducida.
En diciembre del 2014 compré una autocaravana y si tuve derecho a ello, pero soy usuaria de sillas de ruedas, la autocaravana viene adaptada de fábrica, incluyendo en su ficha técnica, que trae una plataforma elevadora. Es decir, no hay lugar a picarescas.
el tema no es la picaresca, te pueden decir y de hecho te dicen, que una autocaravana no es tu vehículo habitual, y no nos engañemos, así es o será en el 99,9% de los casos, si llevas plataforma y silla de ruedas, tu autocaravana medirá por lo menos 7m, ¿cuando vas al hiper a comprar vas con la autocaravana o con el coche?, agradecería respondieras.
 
Vamos a ver. ¿Que significa "movilidad reducida positiva"?. Quizás sea ese el problema. Preguntando claramente, ¿Es usuario de silla de ruedas?. Para el IVA reducido (lo dejo en eso, porque la verdad me habéis liado con tanta siglas) hay que tener movilidad reducida, pero así, sin apellidos. Yo tengo un 72%, y solo pone eso, movilidad reducida.
En diciembre del 2014 compré una autocaravana y si tuve derecho a ello, pero soy usuaria de sillas de ruedas, la autocaravana viene adaptada de fábrica, incluyendo en su ficha técnica, que trae una plataforma elevadora. Es decir, no hay lugar a picarescas.
Hola Belén. estoy viendo que hace 4,5 o más años sí que concedían la reducción al 4% del IVA, pero ahora por lo que se ve, pues no. En la Comunidad de Madrid, a mi marido le dieron de Discapacidad un 70%, con Movilidad Reducida Positiva con un 7 ( a partir de esta numeración, se considera reducida, si no, no) y por último, tiene un Grado II de Dependencia ( yo soy su cuidadora). Mi marido no va en sillas de ruedas , pero tiene otros problemas físicos de igual embergadura, para más inri, tiene discapacidad psíquica también con problemas cognitivos que no puede montar en ningún medio de locomoción o viaje por problemas psíquicos y aparte, es un enfermo psiquiátrico ¿ te parece poco?. él no puede conducir, depende de mí para todo, yo he tenido que dejar mi trabajo para cuidarle 24 horas, de hecho, los médicos me dicen que tiene que estar vigilado 24 horas, ¿ no tenemos derecho a viajar como el resto de humanos? tanto él como yo, estamos solos y no puedo meterle en un medio que vayan otras personas y entre unas cosas, le den ataques epilépticos, le duelan las piernas, le den ataques de ansiedad ¿te imaginas eso dentro de un avión o barco? pues ese es su medio HABITUAL de viajar para él dignamente por él y por los demás porque te aseguro, que no es agradable.
Y digo viajar porque apenas salimos de casa, al médico le llevo en sillas de ruedas o con muletas, depende de cómo esté ese día y no sale para nada más. Viajar o ir en autocaravana le relaja, lo mismo que a mí que, creo que me lo merezco porque no se lo deseo a nadie, ese es su medio habitual para salir de casa . Quien lo quiera entender, que lo entienda y quien no, que mejor no sufra lo que sufrimos los dos.
 
R
no te había preguntado, a pesar del 74% de discapacidad de tu marido, por la problemática que exponías no tengo claro si tiene movilidad reducida, (yo entendería que no), para que tomes nota, la ley 37/1992 de 28 de diciembre de iva, establece en el artículo 91.dos.1.4º que la aplicación del tipo impositivo del iva al 4% es para personas con movilidad reducida o en silla de ruedas. Adjun
 
Te lo puse más arriba, vamos a ver él tiene un 70% de Discapacidad, Movilidad Reducida de 7 puntos ( osea, positiva), si tienes menos puntos de 7 ya no es movilidad reducida y encima Grado II de Dependencia. Él NO puede conducir, la que conduce soy yo y la que tengo que hacer todo soy yo. Depende 100 % de mí para todo. He hecho el Recurso y he presentado los Informes médicos para que vean que no miento y que hagan lo que quieran. La autocaravana es una MC LOUIS MC4 MODELO 330 porque esa al tener un saloncito, es muy cómoda para él y encima tengo 2 perros y un conejito ¿qué te parece? vaya que no me aburro todo el día....La semana que viene a través de la gestoría del concesionario, pedirán ya la exención del Iedmt antes de matricularla y después a matricular una vez nos contesten. y En cuanto al Recurso que he presentado yo, pues no sé qué pasará, pero me imagino que me lo denegarán y a pagar 7.000 euros más.
 
Te lo puse más arriba, vamos a ver él tiene un 70% de Discapacidad, Movilidad Reducida de 7 puntos ( osea, positiva), si tienes menos puntos de 7 ya no es movilidad reducida y encima Grado II de Dependencia. Él NO puede conducir, la que conduce soy yo y la que tengo que hacer todo soy yo. Depende 100 % de mí para todo. He hecho el Recurso y he presentado los Informes médicos para que vean que no miento y que hagan lo que quieran. La autocaravana es una MC LOUIS MC4 MODELO 330 porque esa al tener un saloncito, es muy cómoda para él y encima tengo 2 perros y un conejito ¿qué te parece? vaya que no me aburro todo el día....La semana que viene a través de la gestoría del concesionario, pedirán ya la exención del Iedmt antes de matricularla y después a matricular una vez nos contesten. y En cuanto al Recurso que he presentado yo, pues no sé qué pasará, pero me imagino que me lo denegarán y a pagar 7.000 euros más.
bueno, pues a ver si tienes suerte¡¡¡
 
Muchas gracias , ya te contaré qué va pasando.
De todas formas veo que, desde el año 2014, 2015, la leya esa, ha debido cambiar porque a las personas que se lo concedieron son de esos años y le preguntabas a Belén en dónde se lo dieron a ella, es de Mijas, Málaga, no sé si habrá sido allí.
 
Hola Belén. estoy viendo que hace 4,5 o más años sí que concedían la reducción al 4% del IVA, pero ahora por lo que se ve, pues no. En la Comunidad de Madrid, a mi marido le dieron de Discapacidad un 70%, con Movilidad Reducida Positiva con un 7 ( a partir de esta numeración, se considera reducida, si no, no) y por último, tiene un Grado II de Dependencia ( yo soy su cuidadora). Mi marido no va en sillas de ruedas , pero tiene otros problemas físicos de igual embergadura, para más inri, tiene discapacidad psíquica también con problemas cognitivos que no puede montar en ningún medio de locomoción o viaje por problemas psíquicos y aparte, es un enfermo psiquiátrico ¿ te parece poco?. él no puede conducir, depende de mí para todo, yo he tenido que dejar mi trabajo para cuidarle 24 horas, de hecho, los médicos me dicen que tiene que estar vigilado 24 horas, ¿ no tenemos derecho a viajar como el resto de humanos? tanto él como yo, estamos solos y no puedo meterle en un medio que vayan otras personas y entre unas cosas, le den ataques epilépticos, le duelan las piernas, le den ataques de ansiedad ¿te imaginas eso dentro de un avión o barco? pues ese es su medio HABITUAL de viajar para él dignamente por él y por los demás porque te aseguro, que no es agradable.
Y digo viajar porque apenas salimos de casa, al médico le llevo en sillas de ruedas o con muletas, depende de cómo esté ese día y no sale para nada más. Viajar o ir en autocaravana le relaja, lo mismo que a mí que, creo que me lo merezco porque no se lo deseo a nadie, ese es su medio habitual para salir de casa . Quien lo quiera entender, que lo entienda y quien no, que mejor no sufra lo que sufrimos los dos.
Vamos a ver. Yo sólo he tratado de ayudar. Por tu respuesta tan agresiva parece que soy yo la que decido a mí antojo a quien le doy la reducción del IVA y a quien no. No te voy a contar mi vida, porque no te interesa, ni a ti, ni a nadie, pero no te creas que eres la única que tiene problemas.
Yo compré mi autocaravana con todas las reducciones que se pueden aplicar en Guipúzcoa, y me consta que no se la concedían por aquel tiempo a todo el mundo. Ya he tenido ésta conversación antes, varias veces, y supongo que me la concedieron por graves problemas de movilidad.
Y pido muchas disculpas a rober69 porque me dieran la reducción del IVA además de exención de matriculación. Si, claro que mide más de siete metros. ¿De verdad quieres que te conteste si la uso para ir a comprar? ¿Debo hablar con Hacienda para devolver lo que me concedieron? Desde luego que.... Es la última vez que contesto.
 
De todas formas veo que, desde el año 2014, 2015, la leya esa, ha debido cambiar porque a las personas que se lo concedieron son de esos años y le preguntabas a Belén en dónde se lo dieron a ella, es de Mijas, Málaga, no sé si habrá sido allí.
No, no fue en Andalucia. No es fácil encontrar unas autocaravana adaptada y tuve que cruzar España varias veces.
 
Belen Esperanza , tranquilas, todos tenemos nuestros problemas, lo que no hay es que amargarse, a Esperanza la comprendo perfectamente, estuve teniendo que hacer de cuidador primero de mi abuela materna y después de mi madre, y encima trabajando con empresa privada familiar, ósea ocupado 48 horas de las 24 del dia, asi que esperanza tanto tu como tu marido os merecéis eso y mucho mas, disfruta de lo que tengas ahora que después no podrás. Belen lo que le digo a Esperanza mira para ti lo mismo, tambien te mereces disfrutar de la vida como cualquiera, asi que no os amarguéis por favor
 
Vamos a ver. Yo sólo he tratado de ayudar. Por tu respuesta tan agresiva parece que soy yo la que decido a mí antojo a quien le doy la reducción del IVA y a quien no. No te voy a contar mi vida, porque no te interesa, ni a ti, ni a nadie, pero no te creas que eres la única que tiene problemas.
Yo compré mi autocaravana con todas las reducciones que se pueden aplicar en Guipúzcoa, y me consta que no se la concedían por aquel tiempo a todo el mundo. Ya he tenido ésta conversación antes, varias veces, y supongo que me la concedieron por graves problemas de movilidad.
Y pido muchas disculpas a rober69 porque me dieran la reducción del IVA además de exención de matriculación. Si, claro que mide más de siete metros. ¿De verdad quieres que te conteste si la uso para ir a comprar? ¿Debo hablar con Hacienda para devolver lo que me concedieron? Desde luego que.... Es la última vez que contesto.
Lo primero que hay que hacer es cambiar el título del hilo, que refleja el desconocimiento de todo este tema, no es descuento del 4% (el descuento es del 17% de iva de la base imponible), sería la aplicación del tipo impositivo de iva al 4% o superreducido.
 
Belen Esperanza , tranquilas, todos tenemos nuestros problemas, lo que no hay es que amargarse, a Esperanza la comprendo perfectamente, estuve teniendo que hacer de cuidador primero de mi abuela materna y después de mi madre, y encima trabajando con empresa privada familiar, ósea ocupado 48 horas de las 24 del dia, asi que esperanza tanto tu como tu marido os merecéis eso y mucho mas, disfruta de lo que tengas ahora que después no podrás. Belen lo que le digo a Esperanza mira para ti lo mismo, tambien te mereces disfrutar de la vida como cualquiera, asi que no os amarguéis por f
Lo primero que hay que hacer es cambiar el título del hilo, que refleja el desconocimiento de todo este tema, no es descuento del 4% (el descuento es del 17% de iva de la base imponible), sería la aplicación del tipo impositivo de iva al 4% o superreducido.
Tienes toda la razón, me expresé mal.
 
Lo primero que hay que hacer es cambiar el título del hilo, que refleja el desconocimiento de todo este tema, no es descuento del 4% (el descuento es del 17% de iva de la base imponible), sería la aplicación del tipo impositivo de iva al 4% o superreducido.
Tienes toda la razón , me expresé mal.
 
Belen Esperanza , tranquilas, todos tenemos nuestros problemas, lo que no hay es que amargarse, a Esperanza la comprendo perfectamente, estuve teniendo que hacer de cuidador primero de mi abuela materna y después de mi madre, y encima trabajando con empresa privada familiar, ósea ocupado 48 horas de las 24 del dia, asi que esperanza tanto tu como tu marido os merecéis eso y mucho mas, disfruta de lo que tengas ahora que después no podrás. Belen lo que le digo a Esperanza mira para ti lo mismo, tambien te mereces disfrutar de la vida como cualquiera, asi que no os amarguéis por favor
Gracias cormoran
 
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