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mucho más que un foro

Carnet con autorización B96 para caravanas de + 750KG

Buena reputación?
En algunos sitios más que en otros pero si Madd, desde su fundación de las más respetadas.

 
En algunos sitios más que en otros pero si Madd, desde su fundación de las más respetadas.

Hombre.... De esa noticia ya han pasado más de 7 años. El mundo cambia.
 
¿Siete años nada más? Apenas estamos resolviendo (una y otra vez) algo de hace más de cuarenta...
 
Hombre.... De esa noticia ya han pasado más de 7 años. El mundo cambia.
Puse ese por parecer más "oficial" pero a poco que se guglee unos segundos se pueden encontrar estudios independientes más recientes y en los que después de los acontecimientos de estos últimos años, aún sube más la puntuación de valoración.
 
Hola,
Alguien ha conseguido o sabe cómo expedir alguna documentación de tráfico que indique que si se puede conducir conjunto de menos de 3500kg independientemente de cuál sea la mma del remolque?
 
Hola,
Alguien ha conseguido o sabe cómo expedir alguna documentación de tráfico que indique que si se puede conducir conjunto de menos de 3500kg independientemente de cuál sea la mma del remolque?

Hace unos días hice una consulta sobre esto al Ministerio del Interior a través de la web de la DGT, no es vinculante, pero sí aclaratoria:

Ver el archivos adjunto 4145910Ver el archivos adjunto 4145911
En el último párrafo lo aclara.
 
Esto es un copia y pega de la DGT en el apartado remolques:

Masa Máxima Autorizada superior a 750 kilos:

  • Será necesario contar con la autorización B96, que te permitirá transportar remolques de más de 750 kg de MMA siempre que el conjunto no sobrepase los 4.250 kg. A partir de ese límite será necesario contar con el permiso B+E.
 
Yo según leo de la DGT se requiere el B96 si tu remolque pesa más de 750 y el conjunto no supera los 4.250. Por mucho que miro para ver si interpreto otra cosa,...lo que aparece escrito parece no dejar a duda.
 
Y el boe dice:

Igualmente, se prevé la posibilidad de autorizar con el permiso de clase B la conducción de conjuntos de vehículos que excedan de 3500 kg, sin rebasar los 4250 kg, tras la superación de de una prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser sustituida por la superación de una formación específica, en los términos que se fijen por Orden del Ministro del Interior.
 
Yo según leo de la DGT se requiere el B96 si tu remolque pesa más de 750 y el conjunto no supera los 4.250. Por mucho que miro para ver si interpreto otra cosa,...lo que aparece escrito parece no dejar a duda.
Ese articulo de la DGT esta mal redactado, deberian borrarlo, no esta mal por erroneo, si no por incompleto, falta un supuesto de no aplicacion de lo anterior, tal y como establece la ley.

De todas maneras, en el hilo que cito arriba se discutió todo y esta mas que explicado... Leelo de atras hacia adelante.
 
Ese articulo de la DGT esta mal redactado, deberian borrarlo, no esta mal por erroneo, si no por incompleto, falta un supuesto de no aplicacion de lo anterior, tal y como establece la ley.

De todas maneras, en el hilo que cito arriba se discutió todo y esta mas que explicado... Leelo de atras hacia adelante.
Muchas gracias. Pues Si que atendiendo al boe está claro y no a la web oficial de la dgt.
 
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