Ah, la policía… yo en general tengo buenas experiencias, pero también alguna salida que…
El otro día me paran porque llevo a una niña en el asiento de delante del coche, y las otras dos detrás. Un municipal.
.- No puede llevar a la niña delante, tiene que ir detrás.
.- En este coche no se puede, no entra.
.- Cuántas plazas tiene homologadas el coche?
.- Cinco.
.- Pues entonces tiene que ir atrás, no puede seguir la marcha así.
.- Si entiendo lo que me dice (yo aquí sacando todo mi cinismo y mejor sonrisa), es un tema que me preocupa y me he informado, de hecho en mi otro coche, que es el que uso para viajes, es un monovolumen donde van las 3 atrás. Pero lo que dice que la ley es que deben ir atrás siempre que sea posible, usando el Sistema de Retención Infantil correspondiente. Y con el Sistema de Retención Infantil no entran.
.- No hay uno más pequeño?
.- Este es el más estrecho que encontré. Pero es que si mira el coche atrás, verá que de ninguna manera entran 3 sillas, o 2 sillas y un alzador.
.- (Mira a las niñas mayores) Cuánto miden?
.- 1.28. No llegan al 1.35 para que pudieran ir sin SRI.
.- Vale, entiendo. Es que la silla delante llama mucho la atención. No le recomiendo que vaya mucho así, puede continuar.
.- Gracias, ya le digo que es un tema que me preocupa sobremanera (mi mejor cara de nuevo). Sólo me muevo así en trayectos muy cortos en ciudad (es cierto). Gracias por la preocupación.
Ains… se lo cuento a mi mujer, y me dice: “pues si me para a mí, me multa fijo”. Yo no creo que haya mala fe, pero hay que ir lo más informados que podamos…
Al tema original,
@JLUIGI, olvídate. Me acabo de sacar el B+E hace unos meses y eso es pregunta de examen en la DGT. Es como te han explicado en el foro. Hasta 3500 kg, remolque ligero o pesado, con el B. Si es ligero (<750), de hecho puedes tirar hasta 4250 kg con el B. El B96 es para remolques pesados que la suma de las MMA del conjunto pase de 3500 pero no exceda de 4250. Y para ir hasta 7000 kg, el B+E.
Ahora bien, a la página de la DGT ya le vale. Las capturas que has puesto (y la famosa frase de “sin perjuicio de las disposiciones adicionales…”) son erróneas. Increíble que sigan ahí.