Juansinmedio;n4068561 dijo:
Todo equipo homologado y con las revisiones al día es como Dios, va a misa su medición.
Como les pasa a los cinemómetros y que cuando te llega la multa de Tráfico a casa te indica el número de homologación y la revisión en vigor... Y las de la ITV no sirven para sancionar sino para desestimar una revisión, quedando en el propietario la eliminación de ese sobrepeso hasta la nueva revisión.
Si existe o existiera un baremo tipificando los diferentes excesos marcados en porcentajes en nuestro segmento, como ocurre en la LOTT, se sancionaría con la medición ejecutada sin tener en cuenta la posibilidad de un exceso por culpa de un exceso de tolerancia.
Cuando compras un blister de alimentos en el super pasa lo mismo, puede ir un porcentaje menor de alimento y está dentro de la legalidad, como si va de más...
Por cierto.
¿ En tu cita posterior dónde he escrito lo de que quién ha ficho que una cv no es un vehículo de carga....? O es algo tomado fuera de contexto....
Lo es al igual que un coche, tan solo que se encuadra en una ley diferente a la LOTT o, incluso, no está regulado total o parcialmente...
Saludos
Juansinmiedo, tienen una tolerancia, la que indican sus propios equipos como has dicho.
Ya sabemos que están homologados y revisados, certificados por arcplus, además por centros de control tan prestigiosos como el instituto meteorológico, o el TUV aleman, pero tienen una tolerancia.
El dato que aportan ya la contiene, en eso estamos de acuerdo, pero eso no resta valor a mi argumento... que discurría en el sentido de tener en cuenta que si hasta una báscula tiene tolerancia, también la tiene el sistema de incoación de expedientes, o acaso crees que hacer 4 horas 31 minutos de conducción ininterrumpida es sancionable? Seguramenjte, a tenor literal, es denunciable. Pero eso no debe acabar necesariamente en sanción.
Estamos de acuerdo que si te pasas un kilo, hay infracción, pero ... habrá sanción?
También lo estarás, en que hay tolerancias de medidas, como la del 3 por ciento en las equivalencias de los neumáticos. Si la superas ni que sea una micra, no valen, pero dentro de la tolerancia, sí. No estoy hablando de la discrecionalidad de la ITV o los de la gorra, que también existe, hablo de las técnicas, que desconocemos.
Yo estoy seguro que a un mercancías de 26 toneladas, sobrepasar tanto peso por x gramos es imposible de sancionar, y auque desconozca las tolerancias, existir, existen.
Quien las trabaja las conoce, y los chóferes que me han ilustrado, son un libro abierto al respecto.: sin liarla más, el ejemplo de los tacógrafos digitales, son tan precisos que miden cada actividad del camión, pero no registran menos de un minuto, por lo que cualquier cambio, tiene la duración de un minuto. A sabiendas de esto, no se puede tener en cuenta un minuto en excesos o minoras de descanso como tal porque pueden ser 10 segundos de actividad, paradas de motor en atascos y visicitudes varias que hacen imposible esa rigidez métrica. Además según me han dicho, hay varios minutos de "tolerancia".
Pues a eso me refería.
En relación a si una caravana era un vehiculo de carga o no. Taxativamente NO lo es porque así viene definido en el REglamento de vehiculos. Si ahora me dices que lo es tanto como un turismo, pues para tí el donut. Pero yo contestaba en el hilo de que se nos pueda sancionar por la LOTT.
Inapelablemente negativo.
Precisamente por su definición. Igual que una autocaravana. Son vehiculos de recreo que como cualquier otro, puede llevar una carga, pero su uso hace que esten diferentemente clasificados.
De ahí el ejemplo que puse de que en el caso de AC de más de 3500 kg, estas estén extentas de llevar tacógrafo por no ser un vehiculo destinado al transporte de mercancias ni personas, y fíjate en el detalle, llevan siempre, personas, como una caravana lleva carga.
Pero tambien se clasifica a lo que hacen en el McDonalds, como gastronomía. Y no tiene nada que ver con los pinchos vascos.