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jptv@dgt.es
Subject: Consulta nuevo Reglamento General de Conductores (RD 818/2009)
Date: Mon, 5 Oct 2009 13:21:01 +0200
Buenos días,
Ante la próxima entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Conductores (RD 818/2009), publicado en el BOE el 8 de Junio de 2009, quisiera formularles una duda que me surge al leerlo.
Según este nuevo Reglamento, el nuevo permiso B autorizará a conducir:
"automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg, dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg"
"conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg"
Mi pregunta es, cuando entre en vigor el nuevo Reglamento, como yo ya tengo el permiso B, ¿puedo conducir un coche con caravana (MMA de la caravana superior a 750 Kg) con masa máxima autorizada de conjunto hasta 4.250 Kg?
Por lo que yo interpreto en este Reglamento, la prueba de control de aptitudes y comportamientos que aparece en los
artículos 48.2 y 49.2. solo serán aplicables a los que obtengan el permiso B después de la fecha de entrada en vigor de este Reglamento. ¿Me lo pueden confirmar?
Muchas gracias, saludos cordiales