te tardaran un par de meses en hacer la devolucion del mod 600 y te mandaran seguramente hasta 2 o 3 cartas certificadas, notificandote el procedimiento, que como no esteis en casa te toca ir a correos (y cuando recoge uno una carta de la agencia tributaria siempre piensas que es por algo gordo) ,,, jajajaja
al menos eso es lo que me tardaron a mi este año por un 575 de matriculacion usado UE porque se equivoco la itv al poner el numero de bastidor en la ficha (bailo 2 numeros) me rechazaron la matriculacion y tuve que pagar otra vez el impuesto. (lo mismo que te han hecho a ti, pagas 2 veces y luego te devuelven 1)
tambien te digo que si has depreciado porcentualmente lo que rige en el boe por años de utilizacion, podias haber minusvalorado el valor restando el iva.
imaginemos que esa caravana nueva costaba 15000 mas iva, es decir pvp final 18150
no me he mirado tu tabla porque salen mal en el copia-pega los porcentajes, supongamos que hacienda dice que por antiguedad reduce un 35%
nos quedaria 18150x35%
11797.5 euros de BASE IMPONIBLE (pero aqui estamos contando pvp iva incl) al 6% de la CAV a pagar 707.85 de ITP
si tu te vas a los 15000 euros (sin impuestos) reduces el 35% que estamos suponiendo en este caso
9750 euros de BASE IMPONIBLE saldria a pagar el 6 en valencia 585 euros.
Perfectamente podrias haber liquidado por 9750 euros. Esa minusvaloracion (no solo del iva, sino de iedmt cuando hay matriculacion) esta contemplada, ya que a fin de cuentas un impuesto no puede gravar a otro impuesto.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-26631 y busca el articulo 5
ahora, dicho todo esto, si la caravana te ha costado por ejemplo 14000 y tu les presentas un contrato de 14000 euros te soplan sin pestañear 840 euros de ITP, mas de lo que fiscalmente debieras aplicando cualquiera de las minusvaloraciones, tanto la de solo porcentaje de años por uso, como la que yo interpreto minusvalorando iva.
ten claro que al no haber tablas, puede haber todas las interpretaciones que uno quiera darle,
el problema insisto lo crean ellos al hacerte tributar por un bien que no tienen reflejado en tablas.
Este problema es mas grave cuando uno le da por comprar un coche clasico (de coleccion) que si que va a venir en tablas.
por ejemplo, un ferrari 360 modena del 2001 (año como ejemplo que no me voy a poner a buscar ahora de que año era ese ferrari)
Fecha de Matriculación: | 28/02/2001 |
| Valor Fiscal (Euros) | | Corrector antigüedad | | Valor Mínimo de Referencia en Euros: |
---|
Valor Mínimo de Referencia en Euros: | | 11.620,00 | | | |
Turismo | 116.200,00 | x | 0,10 | = | 11.620,00 |
Marca: | FERRARI |
Modelo: | 360 MODENA |
te dice que por tablas cuesta 11620 euros. y supongamos que valor real compra mercado es de 100000 (me lo estoy inventando)
entonces, por que base liquidas, por 11620 y pones solo una mejilla, unos 700 euros.
, o presentas un contrato por 100000 euros que es lo que has pagado por el (insisto que es un ejemplo) y pones las 2 mejillas, mas hombro, pecho y piernas... y pagas en valencia 6000 pavos de itp????
quien estafa a quien, pregunto???????