fabyvega
locuaz
Eso esta claro, y yo interpreto que ese plazo no termina hasta 2024 o proxima itv y no en noviembre de este año.Lo que aquí se ha escrito es que si se acude antes del 1 de noviembre de este año no es necesario demostrar nada. En mi caso es evidente que, cuando acudí a que me anotaran el toldo y la placa solar el pasado día 18 de agosto de 2022, ambos accesorios estaban instalados con anterioridad al 1 de noviembre.
Si yo he instalado un toldo ayer y tu tambien el tramite debe ser igual para los dos puesto que ambos lo hemos instalado antes de la fecha en la que entra en vigor la ley, eso dice la ley, para todo lo instalado antes de noviembre de 2022, no para los que pasen la itv antes de noviembre de 2022 aunque vayas voluntariamente.
Disposiciones transitorias.
Hasta el 1 de noviembre del 2024 o la próxima inspección técnica periódica que le
corresponda al vehículo, lo que suceda más tarde, la anotación en la tarjeta ITV de los
vehículos que instalan placas solares, toldos, antenas parabólicas o dispositivos para
soporte de carga en vehículos no aptos para remolcar, se podrá realizar mediante
diligencia administrativa, siempre que el dispositivo objeto de la anotación haya sido
instalado con anterioridad al 1 de noviembre de 2022.