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Jodo, cada vez os calentais más, al final se hinchará algún morro VIRTUAL.
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jajajaja de este conjunto solo tengo el coche y la firma, la knaus es le que tengo enfilada, asi por lo menos la veo en la firma y me hace mas ilusion.Ati1, con ese conjunto no tenias problemas ya?
Para estar absolutamente seguros del tema, pido a los que os interesais por el tema y no apostais por ESPERAR, hagais lo siguiente (como dijo luisete):
LLamar a la DGT de vuestras provincias y preguntad.
Gracias.
PD:Reportad las respuestas, claro...
PD2: El que vive en la capital de las Españas también podría hacerlo... de buen rollo (sin sorna)
Perdones ustedes, pero sin animo de ser pedante ya en la respuesta 14 les decia que esto era así: la autorización pasa a habilitar para poder llevar los 4250 kg a todos los que lo tengan de antes y los nuevos tendrán que realizar las oportunas pruebas (no es posible la aplicación retroactiva de las condiciones de expedición). Esto es así por lo que explicaba: una cosa son los permisos y hechos a los que autoriza, regulados en un determinado título y capítulo del Reglamento, y otra las condiciones de expedición, regulados a su vez en otra parte del citado.
Perdones ustedes, pero sin animo de ser pedante ya en la respuesta 14 les decia que esto era así: la autorización pasa a habilitar para poder llevar los 4250 kg a todos los que lo tengan de antes y los nuevos tendrán que realizar las oportunas pruebas (no es posible la aplicación retroactiva de las condiciones de expedición). Esto es así por lo que explicaba: una cosa son los permisos y hechos a los que autoriza, regulados en un determinado título y capítulo del Reglamento, y otra las condiciones de expedición, regulados a su vez en otra parte del citado.
A ver si lo he entendido bien...
Las pruebas a las que se refiere el anexo V sólo las tendrán que realizar los que obtengan el carnet B después del 8 de diciembre ¿no?
O sea, que si le doy a la máquina del tiempo y me planto en el 9 de diciembre de 2009 tendremos la siguiente situación:
- Conductores que han sacado el carnet B antes del 8 de diciembre: a partir de ese momento pueden remolcar hasta 4250 kg.
- Conductores que se sacan el carnet B el día 9 de diciembre: sólo pueden remolcar 3500 Kg
- Conductores que se sacan el carnet B el día 9 de diciembre y quieren remolcar 4250 kg: tienen que pasar las pruebas del anexo V.
¿Soy yo el único que ve algo raro en esta situación?
Bueno, yo ya lo he dicho en varios hilos que han salido del tema.
Primero, un profesor de autoescuela me dijo que sería automático, sin examen ni pruebas ni nada.
Segundo, como lo comenté en un hilo, y un forero con nick de pájaro se rió de mi, pregunté en Trafico de mi ciudad (Soria) y me dijeron lo mismo, así que cada uno piense lo que quiera.
A mi me vendría muy bien ya que me quiero comprar otro coche y me pasaría de peso.
Un saludo.
Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg y la masa máxima autorizada del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5, deberán realizar la maniobra I) anterior y la M) del punto 7.
No hay peor ciego que el que no quiere ver
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Para el compañero con nick de río...
En primer lugar, nunca me he reído de ti ni de nadie, sólo indico lo que el texto publicado en el BOE dice porque el párrafo:
no me lo he inventado, pero visto el cariz que toma este asunto, lo dejo aquí y que cada quien interprete lo que mejor le parezca...
Cipotal, mi comentario
Es simplemente una frase hecha, como tantas expresiones que tiene nuestro idioma, y la puse sin ánimo de ofender a nadie, con la única idea de remarcar, que las cosas no siempre son como uno quisiera, si te sentiste ofendido, lo siento, pero yo también me sentí ofendido por el tono que emanaba la frase de si era dueño de autoescuela, ya ves la sensibilidad es libre....
Un cordial saludo y hasta el 10 de diciembre...![]()