trotacaminos
CAMPISTA EMPEDERNIDO.
Me ha quedado muy clarito, una vez leido el texto de los carteles.
¿¿¿QUE PACHA A MANO QUE ESCIBE CARTELES TÁ AVERIA???
Al final veo que el B96 es un saca cuartos, que diferencia hay en llevar un remolque de mas 750 mientras no te pases de 3500 que llevar un remolque demas de 750 y que la suma no pase de 4250, son unos margenes reficulos, solo por sacar los cuartos al personal.
donde ves el error, Volusia? Lo leo una y otra vez y está clarísimo. Mi conjunto no supera los 3500 kgs con la suma de las MMA y para ese conjunto el B es válido. Dicho por la autoridad, no por mi.
Si tenéis a mano el BOE donde dice que esa norma ya no vale, por favor, pasadla por aquí.
gracias y un saludo.
Por favor , alguien me puede decir cual es el BOE con la última normativa en el tema de permisos?
Es el de Octubre de 2009?
Gracias
Hasta lo que yo se todo remolque que exceda los 750 hace falta el B96 con el b se puede llevar un vehiculo 3500 mas un remolque de 750 pero para llevar un vehiculo por ejemplo de 2500 y un remolque de 1000 hace falta B96 aunque la suma total sume 3500
no no es asi.... tampoco es tan dificil... cada semana sale u hilo nuevo preguntando lo mismo. Con el B conjuntos de vehiculos que nos superen los 3500kg. Lo demas es marear la perdiz.
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Esto está complicado.
Si te lees el R.D. 772/1997 de 30 de Mayo, en su artículo 5 permite llevar con el B conjuntos de hasta 3500 kg. Punto pelota.
Pero llega el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo y primero, deroga en el apartado b el decreto anterior. Plof.
Y luego, en el artículo 4, punto e).....aquí empieza la fiesta. Y creo que tenéis razón. Dice
e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Es decir, para remolques de más de 750 kg, pero que nunca, entre ambos, pasen de 4250 kg.
La clave de todo esto es la derogación del RD de 1997, que creo que es lo que miró el agente al que pregunté y mañana volveré a preguntar.
En fin.
Lo que me parece imposible es q todos los q tienen caravana con matrícula roja tengan el B96....
Lo que me parece imposible es q todos los q tienen caravana con matrícula roja tengan el B96....
Lo que me parece imposible es q todos los q tienen caravana con matrícula roja tengan el B96....