Décret n° 2012-3 du 3 janvier 2012 portant diverses mesures de sécurité routière
El decreto entró en vigor a partir del 4 de enero de 2012 ejecutando el acuerdo del Consejo Interministerial de Seguridad Vial del 11 de mayo de 2011. Este acuerdo se tomó para reforzar el respeto de los límites de velocidad, entendiendo que los sistemas automatizados de control y radares son una herramienta fundamental para la seguridad de los usuarios de la carretera.
Qué hace exactamente el decreto...
El decreto prohíbe la posesión, transporte y uso de cualquier dispositivo que advierta o informe de la ubicación de los controles de tráfico, sistemas automatizados de control o radares de tráfico.
Qué se considera como "avisador de radares"...
Se considera como "avisador de radares" cualquier dispositivo que informe al conductor, en tiempo real, la presencia de radares fijos o móviles, controles de tráfico o sistema automatizados de control.
Se considerarán dispositivos de este tipo los sistemas de GPS portátiles, sistema GPS integrados en el vehículo, teléfonos móviles con aplicaciones para tal fin, dispositivos o elementos de tectores y/o de aviso, etc...
Porqué se prohiben...
Los "avisadores de radar" se prohiben tras verificar que son perjudiciales para la seguridad vial ya que permiten que algunos usuarios de la vía no respetar los límites de velocidad, salvo en el momento de acercarse al radar propiciando un aumento de conductas de riesgo relacionadas con el exceso de velocidad.
Que información podrán dar los "avisadores de radar"...
De forma genérica podrán informar de las áreas de peligro a lo largo de la ruta y de la velocidad máxima cuando se circula por las mismas, a fin permitir que los automovilistas aumenten su vigilancia y ajusten su velocidad de acuerdo a las limitaciones y circunstancias de cada zona.
También podrán indiar los cambios de límite de velocidad, cuando técnicamente sea posible, ya que esta información contribuye a la seguridad del usuario.
Que son las "Zonas peligrosas o Areas de Peligro"...
Son áreas que cumplen con uno o más de los siguientes criterios:
-Las que tengan presencia de signos y señales de peligro (curvas peligrosas, cruces, pendientes, etc...)
-Las que presenten limitaciones de velocidad por debajo del límite normal (por ejemplo 70 km/h en lugar de 90 km/h fuera de zonas urbanas)
-Aquellas con un elevado índice de accidentes de tráfico en la zona, etc.
-Las que temporalmente presentes condiciones anómalas como accidentes, pérdida de carga, construcción, obras, niebla, etc...
Ubicación de los radares...
Todos los radares estarán ubicados en "zonas peligrosas" e instalados en lugares propuestos por los prefectos de cada departamento. El criterio para la implementación de radares será, principalmente, la de ubicarlos en zonas donde los accidentes se producen por exceso de velocidad. También se podrán instalar en zonas peligrosas donde los usuarios deben ser especialmente cautelosos.
El Ministrerio del Interior ha pedido a los prefectos que verifiquen que la instalación de radares responde a estos criterios.
Que deben hacer los usuarios frente a este decreto...
Dejar de utilizar todo tipo de dispositivos descritos como "avisadores de radar" o consultar la información que los distintos fabricantes facilitan a fin de adaptar los dipositivos a la nueva normativa.
Los fabricantes ya han sido notificados de la aplicación de la prohibición de los sistemas "avisadores de radar" a fin que ajusten sus diseños para permitir a sus clientes cumplir con regulación .
En todo caso la responsabilidad final siempre será de los usuarios.
Sanciones por el uso de "avisadores de radar"...
Multa de 1.500 €, 6 puntos (conductores franceses) e incautación del dispositivo.
Período "de gracia" para actualizar los equipos...
La prohibición se aplicará desde el 05 de enero 2012 y los usuarios deben contactar con su proveedor para hacer las adaptaciones tan pronto como sea posible.
Durante este periodo prudencial, que no se define, la policía ejercerá la discreción necesaria.
Controles y verificación de dispositivos...
Controles y verificaión específica en los teléfonos móviles para motoristas...
Negarse al control por parte de la policia...
Durante cualquier tipo de control que la policía lleve a cabo (rutinario o específico) pueden comprobar los dispositivos que consideren como "avisadores de radar" que se encuentren en el vehículo.
En caso de accidente, esta acción se llevará siempre a cabo para examinar la posible responsabilidad del conductor.