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mucho más que un foro

Cuestion de peso

Sobre el descanso de peso en la bola.
Un caso para liarnos un poco más, mi caso.
Furgón de 3.500 kgs, conducido con permiso B, bola que admite 250kgs en vertical. Podré conducir con. 3750kgs con el permiso que poseo?

A ver: hay que distinguir lo que se puede llevar por permiso de lo que no. Lo que puedes llevar con tu permiso viene determinado por la MMA del vehículo tractor y lo que lleves enganchado, con independencia de su carga.

A partir de ahí, con la báscula y lo que remolcas tienes que aplicar lo siguiente. Imaginemos que tenemos un vehículo tractor de dos ejes y un remolque de un eje, apoyado sobre bola. Es decir, un conjunto normal.

La masa del conjunto será la suma del eje 1 + la suma del eje 2 + la suma del eje del remolque.

La masa del vehículo tractor cargado será la suma del eje 1 + la suma del eje 2

La masa remolcada (lo que se tiene que comparar con la MMR) será la suma del eje del remolque

La masa del remolque en carga será la suma del eje del remolque más la carga vertical sobre el eje (valor que hay que medir desenganchando el remolque del tractor)

Como por la tercera ley de Newton, a toda fuerza de acción (carga vertical sobre bola) debe contraponerse una fuerza de reacción, la carga vertical sobre la bola se interpreta como carga del coche (por tanto gravita sobre el eje trasero), y por tanto, si en la ficha técnica no se dispone lo contrario, debe deducirse de la capacidad de carga del coche (cuando la bola viene de fábrica, en la zona de observaciones se hace un apunte de que la MMA del coche, y la masa sobre el eje trasero puede ser mayor).

Esto entronca con que, una caravana, y cualquier remolque de bola, a efectos de vehículo es un remolque, poruqe su estructura no reposa en ningún punto de articulación dentro del perímetro de la estrurctura del coche, pero en términos de física podría interpretarse un semirremolque porque está sustentado en base a un apoyo sobre un punto fijo y solidario a la estructura del vehículo tractor (aunque sea externo a su perímetro).

Y particularmente, que sea legal circular con una MMA del remolque inferior a la MMR del tractor no debe suponer por antagonismo directo que circular con una MMA del remolque superior a la MMR del tractor sea necesariamente ilegal.

Un saludo
 
Kahn_tauri: Demasiado complejo el argumento, y lo que es complejo termina por ser poco comprensible, aunque los principios básicos de la física sean tal cual los expones.

Como este asunto me apasiona y por culpa de una interpretación equivocada tuve que cambiar de coche y despilfarrar pasta gansa, en esta ocasión, y pese a que al final no es el C-2 el vehículo tractor, sí estoy coleccionado las intervenciones más útiles y en algunos casos más disparatadas que se llevan expuestas, en una carpeta. Y esta es la conclusión a la que he llegado, incluso cambiando mi primer criterio:

Partiendo de un axioma tan elemental como que lo que se puede medir (o está medido) no admite discusión, resulta que las llamadas fichas técnicas son CERTIFICADOS emitidos por el fabricante del vehículo, o por un importador autorizado para ello, o por una ITV, o por el Ministerio de Industria.

¿Qué se CERTIFICA en las fichas técnicas de las caravanas?

Además de la marca, modelo y denominación, se CERTIFICA en primer lugar, la tara o peso del vehículo vacío. Es un dato CERTIFICADO, por lo tanto no es discutible.

¿Cuál es el segundo dato que se CERTIFICA?

La Masa Máxima Autorizada, que se compone de la tara más la CARGA que en cada momento pueda añadirle. Por lo tanto, este dato no es un dato fijo, sino el techo al que se puede llegar con la carga añadida.

¿Cuál es el tercer dato CERTIFICADO? La carga máxima que pueda gravitar sobre el primer eje, que es la misma que la MMA. Por lo tanto, tampoco es un dato fijo, sino que como en el segundo certificado, lo que se establece es el tope máximo de peso admitido.

¿Qué más datos técnicos se CERTIFICAN? La medida de los neumáticos, la altura total, la anchura, la longitud, la anchura de la vía de las ruedas y que incluye freno de inercia.

Así que todo lo CERTIFICADO en la ficha técnica es el resultado de medidas (pesos, longitudes, alturas, ruedas...) y lo que no se puede certificar como es la Masa Máxima Autorizada porque la carga depende de la voluntad de terceros, se establece un límite máximo.

Creo que hasta ahí todos deberíamos estar de acuerdo. Veamos ahora la ficha técnica del vehículo tractor, que sustancialmente es semejante a la del vehículo remolcando, especificando las características propias, más un nuevo dato: La Masa Máxima REMOLCABLE con freno de inercia o sin él. En la ficha técnica del C-2 se CERTIFICA que la MMR con freno de inercia es de 565 kilos.

Supongamos que en vez de un C-2 el vehículo tractor es un BMW X3 cuya MMR es de hasta 2.000 kilos y la MMA de la caravana no pasa de los 650 kilos que limita la ficha técnica. No habría ningún problema.

Supongamos esa misma situación, pero la caravana va sobrecargada y pesa 800 kilos. Como la ficha técnica el X3 acepta hasta 2.000 kilos ¿iría legal? Evidentemente, no. Si los agentes la pesan ocurriría lo del alemán del video que ha subido Kahn_tauri, y le obligarían a descargar la caravana hasta dejarla en los 650 kilos.

Supongamos que el vehículo tractor es, ahora, el C-2, y la caravana va en su peso de 650 kilos. ¿Iría legal? Evidentemente, no. Si los agentes la pesan ocurriría lo mismo que en el supuesto anterior, y obligarían a descargarla hasta que su peso fuese el Máximo REMOLCABLE por el C-2 que son 565 kilos.

Como cuestión de lógica en las actuaciones de los agentes, no cabe discusión sobre lo que se puede medir y para denunciar una cuestión de medidas (el kilo es una unidad de medida del peso) tienen que precisar cuántos kilos pesa el vehículo remolcado y cuántos constituyen el exceso con relación al tope máximo remolcable que es en el supuesto del C-2 el que determina el nuevo techo de la Masa Máxima Admitida.

En efecto, si en el caso del X3 el límite lo establece la ficha técnica de la caravana porque el tractor "puede con todo", en el caso del C-2 el límite lo establece la ficha técnica del tractor, porque es inferior al máximo de la ficha técnica de la caravana.

En principio me pareció correcto acudir a la ITV y rebajar la MMA de la caravana. Pero ¿y si cambio de tractor? Por eso he llegado a la conclusión de que no es necesario, sino que basta con no cargar la caravana por encima de los 565 kilos de la ficha técnica del C-2. Los agentes, para denunciarme, tienen que pesar la caravana (¡Ojo: enganchada!) y especificar el exceso de peso sobre la MMR del C-2. No me pueden denunciar porque la ficha técnica de la caravana autoriza a una masa de 650 kilos, como no me pueden denunciar porque mi coche pueda ir a 200 por hora...

Las fichas técnicas CERTIFICAN datos pero no pueden certificar la carga que en cada momento pongamos en los vehículos. No hay otra que PESAR los vehículos y luego contrastar los resultados con las fichas técnicas.

En los casos en que el tractor "puede con todo" los límites de la carga son los de la ficha técnica del vehículo remolcado; en los casos en los que el peso máximo del vehículo remolcado es superior al peso máximo de la ficha técnica del tractor, ese peso máximo de la caravana se reduce al peso máximo que puede remolcar el tractor.

Mi conclusión es que con el C-2 iré legal siempre que lo que pese la caravana y la carga, sea igual o inferior a lo que la ficha técnica del tractor determine como máximo peso remolcable. Y, en el caso de tractores que "puedan con todo" siempre que la carga sea igual o inferior a lo que establece la ficha técnica de la caravana.

Si un agente me denunciase basándose en los datos de máximos de las fichas técnicas, tendría que citar el artículo de la ley y explicar por qué lo infrinjo. No olvidemos que es un funcionario público, y si denuncia (como alguno dice en un post) "sí o sí" estaría prevaricando.

A las aseguradoras no les bastaría apoyarse en las fichas técnicas sino que necesitarían, para escabullirse, establecer los pesos reales; ya tenemos todos claro que las MMA y MMR no son datos MEDIDOS sino máximos potenciales de carga. Si no fuese así, se escabullirían siempre de todas las responsabilidades simplemente aduciendo que el coche puede ir a 200 k/h.

Es mi conclusión. Otros pueden pensar de otra manera.
 
Todo ello, gracias a que en la definicion de MMR, se cita "masa real maxima" del remolque sobre su eje central (no aplicable a dos ejes SEPARADOS), en vez de citar el dato de la ficha tecnica determinado por el fabricante, parecido a lo ue nos indica como definicion de MMC. Un saludo
 
Kahn_tauri: Demasiado complejo el argumento, y lo que es complejo termina por ser poco comprensible, aunque los principios básicos de la física sean tal cual los expones.

Como este asunto me apasiona y por culpa de una interpretación equivocada tuve que cambiar de coche y despilfarrar pasta gansa, en esta ocasión, y pese a que al final no es el C-2 el vehículo tractor, sí estoy coleccionado las intervenciones más útiles y en algunos casos más disparatadas que se llevan expuestas, en una carpeta. Y esta es la conclusión a la que he llegado, incluso cambiando mi primer criterio:

Partiendo de un axioma tan elemental como que lo que se puede medir (o está medido) no admite discusión, resulta que las llamadas fichas técnicas son CERTIFICADOS emitidos por el fabricante del vehículo, o por un importador autorizado para ello, o por una ITV, o por el Ministerio de Industria.

¿Qué se CERTIFICA en las fichas técnicas de las caravanas?

Además de la marca, modelo y denominación, se CERTIFICA en primer lugar, la tara o peso del vehículo vacío. Es un dato CERTIFICADO, por lo tanto no es discutible.

¿Cuál es el segundo dato que se CERTIFICA?

La Masa Máxima Autorizada, que se compone de la tara más la CARGA que en cada momento pueda añadirle. Por lo tanto, este dato no es un dato fijo, sino el techo al que se puede llegar con la carga añadida.

¿Cuál es el tercer dato CERTIFICADO? La carga máxima que pueda gravitar sobre el primer eje, que es la misma que la MMA. Por lo tanto, tampoco es un dato fijo, sino que como en el segundo certificado, lo que se establece es el tope máximo de peso admitido.

¿Qué más datos técnicos se CERTIFICAN? La medida de los neumáticos, la altura total, la anchura, la longitud, la anchura de la vía de las ruedas y que incluye freno de inercia.

Así que todo lo CERTIFICADO en la ficha técnica es el resultado de medidas (pesos, longitudes, alturas, ruedas...) y lo que no se puede certificar como es la Masa Máxima Autorizada porque la carga depende de la voluntad de terceros, se establece un límite máximo.

Creo que hasta ahí todos deberíamos estar de acuerdo. Veamos ahora la ficha técnica del vehículo tractor, que sustancialmente es semejante a la del vehículo remolcando, especificando las características propias, más un nuevo dato: La Masa Máxima REMOLCABLE con freno de inercia o sin él. En la ficha técnica del C-2 se CERTIFICA que la MMR con freno de inercia es de 565 kilos.

Supongamos que en vez de un C-2 el vehículo tractor es un BMW X3 cuya MMR es de hasta 2.000 kilos y la MMA de la caravana no pasa de los 650 kilos que limita la ficha técnica. No habría ningún problema.

Supongamos esa misma situación, pero la caravana va sobrecargada y pesa 800 kilos. Como la ficha técnica el X3 acepta hasta 2.000 kilos ¿iría legal? Evidentemente, no. Si los agentes la pesan ocurriría lo del alemán del video que ha subido Kahn_tauri, y le obligarían a descargar la caravana hasta dejarla en los 650 kilos.

Supongamos que el vehículo tractor es, ahora, el C-2, y la caravana va en su peso de 650 kilos. ¿Iría legal? Evidentemente, no. Si los agentes la pesan ocurriría lo mismo que en el supuesto anterior, y obligarían a descargarla hasta que su peso fuese el Máximo REMOLCABLE por el C-2 que son 565 kilos.

Como cuestión de lógica en las actuaciones de los agentes, no cabe discusión sobre lo que se puede medir y para denunciar una cuestión de medidas (el kilo es una unidad de medida del peso) tienen que precisar cuántos kilos pesa el vehículo remolcado y cuántos constituyen el exceso con relación al tope máximo remolcable que es en el supuesto del C-2 el que determina el nuevo techo de la Masa Máxima Admitida.

En efecto, si en el caso del X3 el límite lo establece la ficha técnica de la caravana porque el tractor "puede con todo", en el caso del C-2 el límite lo establece la ficha técnica del tractor, porque es inferior al máximo de la ficha técnica de la caravana.

En principio me pareció correcto acudir a la ITV y rebajar la MMA de la caravana. Pero ¿y si cambio de tractor? Por eso he llegado a la conclusión de que no es necesario, sino que basta con no cargar la caravana por encima de los 565 kilos de la ficha técnica del C-2. Los agentes, para denunciarme, tienen que pesar la caravana (¡Ojo: enganchada!) y especificar el exceso de peso sobre la MMR del C-2. No me pueden denunciar porque la ficha técnica de la caravana autoriza a una masa de 650 kilos, como no me pueden denunciar porque mi coche pueda ir a 200 por hora...

Las fichas técnicas CERTIFICAN datos pero no pueden certificar la carga que en cada momento pongamos en los vehículos. No hay otra que PESAR los vehículos y luego contrastar los resultados con las fichas técnicas.

En los casos en que el tractor "puede con todo" los límites de la carga son los de la ficha técnica del vehículo remolcado; en los casos en los que el peso máximo del vehículo remolcado es superior al peso máximo de la ficha técnica del tractor, ese peso máximo de la caravana se reduce al peso máximo que puede remolcar el tractor.

Mi conclusión es que con el C-2 iré legal siempre que lo que pese la caravana y la carga, sea igual o inferior a lo que la ficha técnica del tractor determine como máximo peso remolcable. Y, en el caso de tractores que "puedan con todo" siempre que la carga sea igual o inferior a lo que establece la ficha técnica de la caravana.

Si un agente me denunciase basándose en los datos de máximos de las fichas técnicas, tendría que citar el artículo de la ley y explicar por qué lo infrinjo. No olvidemos que es un funcionario público, y si denuncia (como alguno dice en un post) "sí o sí" estaría prevaricando.

A las aseguradoras no les bastaría apoyarse en las fichas técnicas sino que necesitarían, para escabullirse, establecer los pesos reales; ya tenemos todos claro que las MMA y MMR no son datos MEDIDOS sino máximos potenciales de carga. Si no fuese así, se escabullirían siempre de todas las responsabilidades simplemente aduciendo que el coche puede ir a 200 k/h.

Es mi conclusión. Otros pueden pensar de otra manera.

Si la Tara de la caravana fuera 565 kg sería legal?
 
La mayoria de las taras estan por debajo del minimo en todos los vehiculos, en mi coche 140 kg en bascula. Pero aun asi para denunciarte deben pesar, pues NO HAY PRECEPTO PARA DENUNCIAR MMA (o como preguntas tara) DEL REMOLQUE SUPERIOR A MMR DEL TRACTOR. Y si no hay precepto, en base a que articulo se denuncia???? Esa es la pregunta que debeis responder... un saludo
 
Mistervinagre:¿Tu coche tiene una tara de 140 kilos o de 1.400 kilos?

Superflu: No entiendo qué me preguntas... tras repetir mi "ladrillazo". Si la tara de la caravana fuese 565 kilos y fuese sin carga añadida, claro que sería legal pues la MMA y la MMR serían la misma. ¿Es eso lo que preguntas? Pero resulta un poco raro remolcar algo que no lleva carga alguna. Mi conclusión es que en los casos en los que la potencial Masa Máxima Admitida (tara más carga) sea superior a la Masa Máxima Remolcable que figura en las fichas técnicas, la MMA de la caravana se reduce a la MMR del tractor. Así de sencillo. No me pueden denunciar a "ojímetro" sino tras comprobar el peso en una báscula con la caravana enganchada en el coche. Si el peso de la caravana no excede del máximo permitido al coche, no me pueden denunciar.
 
Si, es lo que te preguntaba.

Tu conclusion es respetable. La mayoría de aqui pensamos lo contrario, no pasa nada. Si algun dia te denuncian los agentes de tráfico nos lo comentarías lo que esté mal y lo que no.

Saludos
 
Lo que está claro es que fijo que al que remolca algo con una MMA inferior a la MMR del tractor no le van a multar. Eso es diáfano.

La controversia es si es multable o no (Y yo soy de los que sostienen que si la masa en carga es inferior a la MMR, se puede circular legalmente si se dispone del correspondiente carnet) cuando la MMA del remolque es superior a la MMR del tractor, pero cargado no se llega superar la MMR.

De la misma manera que no nos pueden multar por exceso de velocidad tener un coche que pueda circular a 200, sino que nos tienen que medir la velocidad con un cinemómetro; ni tampoco nos pueden multar por exceso de alcoholemia en el parking de un restaurante por el simple hecho de estar visitando un sitio donde se vende alcohol, sino que nos tienen que someter a un test de medición con un etilómetro; para determinar una sobrecarga real (y por tanto punible), tienen que pesarnos. El solo hecho de tener la capacidad de sobrecargarnos, no lleva aparejado el hecho de que vayamos sobrecargados.

No obstante, un día que coincida con algún miembro de la autoridad (in)competente, le preguntaré.

Un saludo
 
Creo que Kahn_tauri, una vez más, repite (como yo) una realidad MEDIBLE, y lo que es medible no es "pensable". Naturalmente todos los criterios son respetables. La diferencia radica en que en unos casos aportamos la base legal que los fundamenta, y en otros "es lo que pensamos la mayoría" o "tengo un amigo que le pasó tal cosa" o "me dijo un GC..."

Abundando en que no se puede fundamentar una denuncia en el aspecto potencial o en el "ojímetro", todos los cazadores y coleccionistas de armas tenían que ser juzgados y condenados por disponer de un arma potencialmente válida para cometer un homicidio.

En fin, respetando todos los criterios, creo que la diferencia entre lo medible y lo opinable está clara. Y que los agentes no pueden denunciar según qué tipo de infracción, si no es midiéndola previamente. Lo contrario es prevaricación.
 
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