Kahn_tauri: Demasiado complejo el argumento, y lo que es complejo termina por ser poco comprensible, aunque los principios básicos de la física sean tal cual los expones.
Como este asunto me apasiona y por culpa de una interpretación equivocada tuve que cambiar de coche y despilfarrar pasta gansa, en esta ocasión, y pese a que al final no es el C-2 el vehículo tractor, sí estoy coleccionado las intervenciones más útiles y en algunos casos más disparatadas que se llevan expuestas, en una carpeta. Y esta es la conclusión a la que he llegado, incluso cambiando mi primer criterio:
Partiendo de un axioma tan elemental como que lo que se puede medir (o está medido) no admite discusión, resulta que las llamadas fichas técnicas son CERTIFICADOS emitidos por el fabricante del vehículo, o por un importador autorizado para ello, o por una ITV, o por el Ministerio de Industria.
¿Qué se CERTIFICA en las fichas técnicas de las caravanas?
Además de la marca, modelo y denominación, se CERTIFICA en primer lugar, la tara o peso del vehículo vacío. Es un dato CERTIFICADO, por lo tanto no es discutible.
¿Cuál es el segundo dato que se CERTIFICA?
La Masa Máxima Autorizada, que se compone de la tara más la CARGA que en cada momento pueda añadirle. Por lo tanto, este dato no es un dato fijo, sino el techo al que se puede llegar con la carga añadida.
¿Cuál es el tercer dato CERTIFICADO? La carga máxima que pueda gravitar sobre el primer eje, que es la misma que la MMA. Por lo tanto, tampoco es un dato fijo, sino que como en el segundo certificado, lo que se establece es el tope máximo de peso admitido.
¿Qué más datos técnicos se CERTIFICAN? La medida de los neumáticos, la altura total, la anchura, la longitud, la anchura de la vía de las ruedas y que incluye freno de inercia.
Así que todo lo CERTIFICADO en la ficha técnica es el resultado de medidas (pesos, longitudes, alturas, ruedas...) y lo que no se puede certificar como es la Masa Máxima Autorizada porque la carga depende de la voluntad de terceros, se establece un límite máximo.
Creo que hasta ahí todos deberíamos estar de acuerdo. Veamos ahora la ficha técnica del vehículo tractor, que sustancialmente es semejante a la del vehículo remolcando, especificando las características propias, más un nuevo dato: La Masa Máxima REMOLCABLE con freno de inercia o sin él. En la ficha técnica del C-2 se CERTIFICA que la MMR con freno de inercia es de 565 kilos.
Supongamos que en vez de un C-2 el vehículo tractor es un BMW X3 cuya MMR es de hasta 2.000 kilos y la MMA de la caravana no pasa de los 650 kilos que limita la ficha técnica. No habría ningún problema.
Supongamos esa misma situación, pero la caravana va sobrecargada y pesa 800 kilos. Como la ficha técnica el X3 acepta hasta 2.000 kilos ¿iría legal? Evidentemente, no. Si los agentes la pesan ocurriría lo del alemán del video que ha subido Kahn_tauri, y le obligarían a descargar la caravana hasta dejarla en los 650 kilos.
Supongamos que el vehículo tractor es, ahora, el C-2, y la caravana va en su peso de 650 kilos. ¿Iría legal? Evidentemente, no. Si los agentes la pesan ocurriría lo mismo que en el supuesto anterior, y obligarían a descargarla hasta que su peso fuese el Máximo REMOLCABLE por el C-2 que son 565 kilos.
Como cuestión de lógica en las actuaciones de los agentes, no cabe discusión sobre lo que se puede medir y para denunciar una cuestión de medidas (el kilo es una unidad de medida del peso) tienen que precisar cuántos kilos pesa el vehículo remolcado y cuántos constituyen el exceso con relación al tope máximo remolcable que es en el supuesto del C-2 el que determina el nuevo techo de la Masa Máxima Admitida.
En efecto, si en el caso del X3 el límite lo establece la ficha técnica de la caravana porque el tractor "puede con todo", en el caso del C-2 el límite lo establece la ficha técnica del tractor, porque es inferior al máximo de la ficha técnica de la caravana.
En principio me pareció correcto acudir a la ITV y rebajar la MMA de la caravana. Pero ¿y si cambio de tractor? Por eso he llegado a la conclusión de que no es necesario, sino que basta con no cargar la caravana por encima de los 565 kilos de la ficha técnica del C-2. Los agentes, para denunciarme, tienen que pesar la caravana (¡Ojo: enganchada!) y especificar el exceso de peso sobre la MMR del C-2. No me pueden denunciar porque la ficha técnica de la caravana autoriza a una masa de 650 kilos, como no me pueden denunciar porque mi coche pueda ir a 200 por hora...
Las fichas técnicas CERTIFICAN datos pero no pueden certificar la carga que en cada momento pongamos en los vehículos. No hay otra que PESAR los vehículos y luego contrastar los resultados con las fichas técnicas.
En los casos en que el tractor "puede con todo" los límites de la carga son los de la ficha técnica del vehículo remolcado; en los casos en los que el peso máximo del vehículo remolcado es superior al peso máximo de la ficha técnica del tractor, ese peso máximo de la caravana se reduce al peso máximo que puede remolcar el tractor.
Mi conclusión es que con el C-2 iré legal siempre que lo que pese la caravana y la carga, sea igual o inferior a lo que la ficha técnica del tractor determine como máximo peso remolcable. Y, en el caso de tractores que "puedan con todo" siempre que la carga sea igual o inferior a lo que establece la ficha técnica de la caravana.
Si un agente me denunciase basándose en los datos de máximos de las fichas técnicas, tendría que citar el artículo de la ley y explicar por qué lo infrinjo. No olvidemos que es un funcionario público, y si denuncia (como alguno dice en un post) "sí o sí" estaría prevaricando.
A las aseguradoras no les bastaría apoyarse en las fichas técnicas sino que necesitarían, para escabullirse, establecer los pesos reales; ya tenemos todos claro que las MMA y MMR no son datos MEDIDOS sino máximos potenciales de carga. Si no fuese así, se escabullirían siempre de todas las responsabilidades simplemente aduciendo que el coche puede ir a 200 k/h.
Es mi conclusión. Otros pueden pensar de otra manera.