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Cuestion de peso

Para mi se acabó el debate. Iba a ir a la ITV para hacer la consulta del peso en la bola, pero ya no es necesario. Porque cuando anda un hijo de por medio, y no digamos si es un nieto, ajo y agua: Como él tiene un Lacetti de gasolina, le ha comprado un gancho y se lo ponen esta tarde... así que dame las llaves del 207 y te llevo a recoger el Lacetti...

No me ha dado opción a discutir si mejor el C-2... ¡y veremos qué puto gancho ha comprado!
esas palabritas gonzalo.............. que te voy a tirar de las orejas.jajaja
 
¡¡¡No por Dios no!!!, no lo podéis dejar a qui ya que este tema es mas distraído que el culebrón que ve mi mujer a las 16.30 por ant.3:Drogar-Kriz(LBG):
 
Superflu: El peso que aparece en la ficha técnica es ese, pero en el modelo CMP es el que manejo yo son 565 kilos.

Flecha... eres un chaval... jejeje... mi hijo acaba de cumplir 58 años. Y para mi sigue siendo un niño.

Legía: No me riñas... que para eso ya está el Cormorán...

Nelo: Una cosa es que mis dudas estén resueltas y otra que el debate de pesos no siga, pues es instructivo. Estoy empollando el libro del Chevrolet Lacetti y en la sección de remolque se refiere al tope de carga en la bola con 75 kilos máximo y lo recoge de alguna reglamentación. Añade que el peso máximo del coche tractor es la tara, más 5 personas, más el equipaje, más los 75 kilos de la caravana en la bola... Por lo tanto a efectos legales esos 75 kilos se restan a la masa máxima autorizada de la caravana, como defiende Aunolosé.

Todo lo que sea aprender bienvenido sea.
 
La GC solo mira las MMA, y ocasionalmente hace peso real.
 
Está claro lo que miran.

Pero no me he tirado un montón de años estudiando una ingeniería para tener que plegarme a lo que diga sin razón o fundamento técnico alguno un tío (y me da exactamente el color de su uniforme y la forma de su gorro) que para llegar ahí sólo ha pasado un test de Cooper y 50 abdominales (y no veas lo que cobran algunos por haber superado una formación tan exigente). Por eso sostengo que, diga lo que diga la documentación, si no remolco una masa mayor que la MMR, no puedo ser multado. Otra cosa es que lo hagan (mucho tendría que pasar, porque si amenazan con hacerlo, más les valdría que me lleven a una báscula) y en tal caso, ya recurriré... O lo hará el RAC de mi parte.

Muchas veces la razón y la lógica chocan con lo dispuesto por quienes diseñan las leyes y la interpretación de quienes las aplican. Para algunos de los que garantizan la correcta aplicación de la ley, un lenguaje más sencillo y una explicación con muñecos sería de mucha ayuda.

Un saludo
 
Cuestion de peso

Está claro lo que miran.

Pero no me he tirado un montón de años estudiando una ingeniería para tener que plegarme a lo que diga sin razón o fundamento técnico alguno un tío (y me da exactamente el color de su uniforme y la forma de su gorro) que para llegar ahí sólo ha pasado un test de Cooper y 50 abdominales (y no veas lo que cobran algunos por haber superado una formación tan exigente). Por eso sostengo que, diga lo que diga la documentación, si no remolco una masa mayor que la MMR, no puedo ser multado. Otra cosa es que lo hagan (mucho tendría que pasar, porque si amenazan con hacerlo, más les valdría que me lleven a una báscula) y en tal caso, ya recurriré... O lo hará el RAC de mi parte.

Muchas veces la razón y la lógica chocan con lo dispuesto por quienes diseñan las leyes y la interpretación de quienes las aplican. Para algunos de los que garantizan la correcta aplicación de la ley, un lenguaje más sencillo y una explicación con muñecos sería de mucha ayuda.

Un saludo

Ahora que me he sacado el B+E y lo tengo fresco, debo rebatirte para evitar confusiones a cualquiera que pueda leerte...
El código de Circulación no habla, en cuestión de pesos, de lo que puedan pesarte de forma real los agentes para saber si tu conjunto es conforme al Código. Solo dice claramente que deberán leerse las fichas técnicas de tractor y remolque para saber si el conjunto puede circular. Solo te pesarán el remolque si existen indicios de que estás sobrepasando su MMA.
Si tu tractor dice que puedes remolcar 500 kg y tú remolque tiene una MMA de 600 no te lo pesarán en ningún caso. La multa no vendrá por el peso real, vendrá por lo que pone en las fichas. Esto es conforme a Ley (aunque pueda no gustarnos) y aunque lo que dices tiene mucha lógica y es mucho más razonable, deberás reflejarlo en la ficha técnica: es decir, deberás bajar la MMA en la ficha técnica del remolque para evitar la sanción.
No sé si me explico porque cada vez que se habla de MMA salen unos cacaos de posts....
Saludos!!!


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Para aquellos que dicen que multarán... con que precepto seria? Yo he ido a la policia municipal de Mostoles (Madrid) a preguntarlo, y varios agentes de tráfico me han dicho que, para ellos, no se puede denunciar si el peso real no supera la mmr (no la mma de la caravana), o sea que la exposición de khan tauri es correcta... ahi lo dejo, si puedo preguntar a guardias lo haré, para eso no tengo verguenza... un saludo
 
Ahora que me he sacado el B+E y lo tengo fresco, debo rebatirte para evitar confusiones a cualquiera que pueda leerte...
El código de Circulación no habla, en cuestión de pesos, de lo que puedan pesarte de forma real los agentes para saber si tu conjunto es conforme al Código. Solo dice claramente que deberán leerse las fichas técnicas de tractor y remolque para saber si el conjunto puede circular. Solo te pesarán el remolque si existen indicios de que estás sobrepasando su MMA.
Si tu tractor dice que puedes remolcar 500 kg y tú remolque tiene una MMA de 600 no te lo pesarán en ningún caso. La multa no vendrá por el peso real, vendrá por lo que pone en las fichas. Esto es conforme a Ley (aunque pueda no gustarnos) y aunque lo que dices tiene mucha lógica y es mucho más razonable, deberás reflejarlo en la ficha técnica: es decir, deberás bajar la MMA en la ficha técnica del remolque para evitar la sanción.
No sé si me explico porque cada vez que se habla de MMA salen unos cacaos de posts....
Saludos!!!


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Pues llegamos a la sublimación de la estupidez legislativa

Además de que el 30 o 40% de los caravanistas europeos irían ilegales porque tienen la mala costumbre de adquirir caravanas de ejes reforzados para no ir sobrecargados, que en ocasiones tienen MMAs superiores a las MMRs de los coches que remolcan. En Alemania el conjunto Passat TDI 140 (1600 kg de MMR) tirando de Fendt 515/560 o Hobby 545 (que andan con MMRs ampliadas que llegan hasta los 1800-2000 kg) es una estampa muy habitual. Y allí si que es claro que puedes remolcar con MMA de remolque superior a la MMR siempre que el peso sobre los ejes del remolque no supere la MMR del coche. Es fácil, todas las patrullas de tráfico con vehículo-oficina (como las Vitos y las Transporter que tiene la Ertzaintza) tienen básculas electrónicas.

En este video (alemán), ente los minutos 4:50 y 7:30, y entre el 12:50 y el 15 se ve cómo pesan.


Por cierto, al del Yeti le obligan a mudar 300 kilos de la Tabbert al coche, provocando que parte de sus reservas de agua se queden allí. La multa 255 Euros y 3 puntos (de 8) po llevar una sobrecarga de 440 kilos...

Se da la paradoja de que en un remolque de carga, bajando la MMA, puedas ir "legal" con el remolque cargado, y en cambio vayas "ilegal" con el mismo remolque vacío si no haces ese trámite administrativo.

No tiene ningún sentido, atenta contra la lógica...

Un saludo
 
Para aquellos que dicen que multarán... con que precepto seria? Yo he ido a la policia municipal de Mostoles (Madrid) a preguntarlo, y varios agentes de tráfico me han dicho que, para ellos, no se puede denunciar si el peso real no supera la mmr (no la mma de la caravana), o sea que la exposición de khan tauri es correcta... ahi lo dejo, si puedo preguntar a guardias lo haré, para eso no tengo verguenza... un saludo

Siguiendo ese razonamiento y el de kanh_tauri, podría darse el caso de que mi caravana de tara 730 kg y 800 kg de MMA, la cargara solo con 20 Kg y quitara la matrícula Roja y no pasara las ITVs correspondientes porque según el peso real es un remolque ligero... bufff, menudo cacao...



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Siguiendo ese razonamiento y el de kanh_tauri, podría darse el caso de que mi caravana de tara 730 kg y 800 kg de MMA, la cargara solo con 20 Kg y quitara la matrícula Roja y no pasara las ITVs correspondientes porque según el peso real es un remolque ligero... bufff, menudo cacao...



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Lo que tu planteas no es lo queje dice Khan. Mientras tu MMA sea mayor de 750 tienes que llevar si o si matrícula roja. Ahora lo que tu dices de sólo cargar 20kg te valdría para un coche que sólo pudiera remolcar 750kg.
Son cosas distintas.
Un saludo.

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Por cierto, lo que dice Khan es verdad de los pesos y Cocodrilo podría haber llevado la caravana con el C2 siempre que su peso no pasase de los 565.
O de lo contrario la Guardia Civil tiene mucho trabajo inmovilizando o denunciando a todos los trailers que circulan por España porque las MMA de sus remolques superan con creces las MMR de sus cabezas tractoras.
Un saludo.

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Ahora que me he sacado el B+E y lo tengo fresco, debo rebatirte para evitar confusiones a cualquiera que pueda leerte...
El código de Circulación no habla, en cuestión de pesos, de lo que puedan pesarte de forma real los agentes para saber si tu conjunto es conforme al Código. Solo dice claramente que deberán leerse las fichas técnicas de tractor y remolque para saber si el conjunto puede circular. Solo te pesarán el remolque si existen indicios de que estás sobrepasando su MMA.
Si tu tractor dice que puedes remolcar 500 kg y tú remolque tiene una MMA de 600 no te lo pesarán en ningún caso. La multa no vendrá por el peso real, vendrá por lo que pone en las fichas. Esto es conforme a Ley (aunque pueda no gustarnos) y aunque lo que dices tiene mucha lógica y es mucho más razonable, deberás reflejarlo en la ficha técnica: es decir, deberás bajar la MMA en la ficha técnica del remolque para evitar la sanción.
No sé si me explico porque cada vez que se habla de MMA salen unos cacaos de posts....
Saludos!!!


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Estoy de acuerdo contigo.
 
Estoy de acuerdo contigo.

Al 100% de acuerdo tambien.
Pero, mucha gente le da por interpretar las cosas, para que sean favorables a si mismos.
Cada cual, es libre de interpretar. Y llegados el caso, de pagar o no la multa.
 
Ahora que me he sacado el B+E y lo tengo fresco, debo rebatirte para evitar confusiones a cualquiera que pueda leerte...
El código de Circulación no habla, en cuestión de pesos, de lo que puedan pesarte de forma real los agentes para saber si tu conjunto es conforme al Código. Solo dice claramente que deberán leerse las fichas técnicas de tractor y remolque para saber si el conjunto puede circular. Solo te pesarán el remolque si existen indicios de que estás sobrepasando su MMA.
Si tu tractor dice que puedes remolcar 500 kg y tú remolque tiene una MMA de 600 no te lo pesarán en ningún caso. La multa no vendrá por el peso real, vendrá por lo que pone en las fichas. Esto es conforme a Ley (aunque pueda no gustarnos) y aunque lo que dices tiene mucha lógica y es mucho más razonable, deberás reflejarlo en la ficha técnica: es decir, deberás bajar la MMA en la ficha técnica del remolque para evitar la sanción.
No sé si me explico porque cada vez que se habla de MMA salen unos cacaos de posts....
Saludos!!!


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Hola, si tu tienes más fresco por lo del carné. Puedes indicar el artículo concreto de la ley que indicas lo de las MMA. Te lo digo por salir de dudas. Pues como te he comentado he sido conductor profesional y las MMA de los remolques superaban a veces con creces la MMR de las cabezas tractoras. Para la ley son conjuntos articulados ellos y nosotros. No te lo digo por discrepar es porque a lo mejor estamos y entre ellos yo equivocados.
Un saludo.

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Hola, si tu tienes más fresco por lo del carné. Puedes indicar el artículo concreto de la ley que indicas lo de las MMA. Te lo digo por salir de dudas. Pues como te he comentado he sido conductor profesional y las MMA de los remolques superaban a veces con creces la MMR de las cabezas tractoras. Para la ley son conjuntos articulados ellos y nosotros. No te lo digo por discrepar es porque a lo mejor estamos y entre ellos yo equivocados.
Un saludo.

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Ojo, todos somos conjuntos articulados, pero la ley distingue según la clasificación del vehículo, y adicionalmente, sobre lo que es un remolque, un semirremolque, un tractocamion, bufff la casuística es ilimitada. Pero a lo que vamos
c25a5b3e051f811aa43a08fe8b293ebf.jpg

Digamos que los de la caravana tenemos que sumar MMA+MMR...
Entiendo que el problema es si la MMR del tractor va asociada a la MMA del remolque, o por el contrario, deberían pesarlo para poder formular denuncia... la verdad es que tiene su sentido... mucho sentido...
De la misma manera... mi anterior post hablando sobre no matricular o no pasar itvs se queda sin sentido...



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Ojo, todos somos conjuntos articulados, pero la ley distingue según la clasificación del vehículo, y adicionalmente, sobre lo que es un remolque, un semirremolque, un tractocamion, bufff la casuística es ilimitada. Pero a lo que vamos
c25a5b3e051f811aa43a08fe8b293ebf.jpg

Digamos que los de la caravana tenemos que sumar MMA+MMR...
Entiendo que el problema es si la MMR del tractor va asociada a la MMA del remolque, o por el contrario, deberían pesarlo para poder formular denuncia... la verdad es que tiene su sentido... mucho sentido...
De la misma manera... mi anterior post hablando sobre no matricular o no pasar itvs se queda sin sentido...



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No es lo mismo remolque que semi y hay muchas variantes en eso tienes razón. Pero al final hay un punto creo que lo que te limita es lo que te pone el fabricante en el vehículo tractor que es a lo que yo me refería. Pero tendré que leerlo bien porque igual estoy equivocado[emoji2] [emoji106]
Un saludo.


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Ojo, todos somos conjuntos articulados, pero la ley distingue según la clasificación del vehículo, y adicionalmente, sobre lo que es un remolque, un semirremolque, un tractocamion, bufff la casuística es ilimitada. Pero a lo que vamos
c25a5b3e051f811aa43a08fe8b293ebf.jpg

Digamos que los de la caravana tenemos que sumar MMA+MMR...
Entiendo que el problema es si la MMR del tractor va asociada a la MMA del remolque, o por el contrario, deberían pesarlo para poder formular denuncia... la verdad es que tiene su sentido... mucho sentido...
De la misma manera... mi anterior post hablando sobre no matricular o no pasar itvs se queda sin sentido...



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No es lo mismo remolque que semi y hay muchas variantes en eso tienes razón. Pero al final hay un punto creo que lo que te limita es lo que te pone el fabricante en el vehículo tractor que es a lo que yo me refería. Pero tendré que leerlo bien porque igual estoy equivocado[emoji2] [emoji106]
Un saludo.


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He comprobado algo que dijo alguien que ya no me acuerdo... El peso de la lanza en la bola viene troquelado en la lanza. En efecto, en mi caravana viene y son 75 kilos. ¿Para qué se molestan en troquelar ese peso sobre la bola? Si miro las instrucciones del fabricante del coche, como ya dije anteriormente, determina que el peso máximo del tractor es el que corresponde a 5 pasajeros, más el equipaje, más el peso de la lanza sobre la bola, más la tara del tractor. Si el peso de la lanza son 75 kilos y gravitan sobre el tractor, entonces hay que descontarlos del peso de la caravana.

En cuanto a la GC conviene tener claro que no ponen multas. Formulan denuncias y la autoridad competente, Jefe de Tráfico, es el que sanciona. Si es un agente de la Policía municipal también denuncia y la autoridad competente, en este caso, es el Alcalde.

Los agentes no pueden basar sus denuncias en estimaciones, sino en hechos. Este chiste nos lo contaban en la academia:

Dos guardias van de patrulla por un camino rural. Uno es veterano y el otro novato. Hace bastante frío y el novato se queja de que tiene las manos heladas. El veterano le dice que le va a enseñar cómo se calientan, y dirigiéndose a un rapaz que está con unas ovejas le dice:

-Manoliño ¿tes una navalla?

El rapaz le dice:

-Si, señor guardia.

Y le muestra una navaja. El guardia la abre, la mide y le dice:

-Esta navalla e ilegal.

Se la confisca y le pega un par de "hostias". Y le dice al novato:

-¿Ves?: ya me calenté las manos.

El novato vea otro rapaz en un prado con una vaca y le dice:

-Pepiño ¿Tes una navalla?

Y Pepiño, que vio como le sacudieron las "hostias" al Manoliño, le dice:

-Non, señor guardia, non teño navalla.

Y el guardia novato le dice:

-¿E logo qué levas no bolsillo?

Y el Pepiño saca un patacón (moneda de cobre de 10 cts. de los tiempos de la República y parte de la Guerra Civil) y se lo enseña. El guardia novato le dice:

-¿Con que xuntando para comprar una navalla..?

Le confisca el patacón y le pega un par de "hostias". Y le dice al veterano:

-Xa nos podemos ir,,, xa teño has maos quentes...

El guardia veterano actúa sobre un hecho cierto que es el tamaño de la navaja. El guardia novato actúa sobre la potencialidad de una intención que no puede probar.

Si me para la GC tiene que cotejar la carga máxima autorizada de la caravana menos 75 kilos de la flecha, y la carga máxima remolcable del tractor, partiendo de las fichas técnicas de los dos vehículos. O dispone de una báscula y comprueba los pesos, o si en las fichas son compatibles no me puede denunciar.

Si el peso real de la caravana (pesada en báscula) es inferior (caso del c-2) a los 565 kilos que puede remolcar, aunque la ficha técnica diga que el máximo remolcable sean 650 kilos, no me puede denunciar; y, si lo hiciese, es evidente que el recurso lo ganaría yo, pues la propia denuncia al citar el peso de la caravana menos los 75 kilos, establecería una prueba irrefutable cual sería que la caravana, pese a estar autorizada para 650 kilos, llevaba una carga más la tara, inferior a los 565 autorizados del C-2.

Así lo veo yo. Aunque reconozco que la mejor solución sería rebajar 15 ó 20 kilos la masa remolcable.
 
No puedes remolcar una CV con MMA de 650 con un permiso del vehículo para 565kgs. Aunque coincida ese peso con la tara de la CV.
Siempre te miraran el PMA, da igual que la lleves vacía, cuenta el peso máximo.
tal cual, ellos miras el PMA, da igual que realmente pese menos.
 
Es qeu no tenemos que olvidar que un remolque que se coloca sobre bola se puede interpretar como un semirremolque porque parte del peso reposa verticalmente sobre un elemento fijado a la estructura del vehículo. Ese peso es medible (en el video se ve) e incluso en Alemania lo pesan para determinar si va sobrecargado sobre el enganche (y en tal caso multan).

Sólo sería remolque si se enganchara horizontalmente con una argolla en un pasador (enganche tipo Ringfeder de camión/vehículo agrícola).

Puedo comprender que una MMA de remolque superior a la MMR sea el indicio ante una posible sobrecarga, y que eso ponga tiesas a las orejas de las autoridades, sean competentes o incompetentes, pero a partir de ahí el multar a un remolque sobre cuyo(s) eje(s) repose una carga inferior a la MMR, como mínimo es injusto, ilegítimo, y a partir de ahí, de dudosa legalidad.

Un saludo
 
A mi me recuerda al tema de las gruas de arrastre, que al principio no estaba clara la ley, y al no considerarse remolque el vehiculo arrastrado, se conducian con el B y podian arrastrar el vehiculo que la grua estuviera capacitada por sus caracteristicas, por lo cual se pasaban de los 3500 y no, no les denunciaban, porque, al igual que en este caso, no habia precepto en la ley que lo catalogara como infraccion, y lo que no esta prohibido, esta permitido. No se trata de interpretar la ley a nuestra conveniencia, sino que el legislador debe hacer bien su trabajo. Y como dije antes, que en cuanto tenga la oportunidad preguntare a guardias civiles de trafico, a ver como interpretan ellos el tema. Un saludo
 
A mi me recuerda al tema de las gruas de arrastre, que al principio no estaba clara la ley, y al no considerarse remolque el vehiculo arrastrado, se conducian con el B y podian arrastrar el vehiculo que la grua estuviera capacitada por sus caracteristicas, por lo cual se pasaban de los 3500 y no, no les denunciaban, porque, al igual que en este caso, no habia precepto en la ley que lo catalogara como infraccion, y lo que no esta prohibido, esta permitido. No se trata de interpretar la ley a nuestra conveniencia, sino que el legislador debe hacer bien su trabajo. Y como dije antes, que en cuanto tenga la oportunidad preguntare a guardias civiles de trafico, a ver como interpretan ellos el tema. Un saludo

La redacción de la definición de MMR en el Art. 1.10 del anexo IX del RGV es caótica e induce a malos entendidos.

Un saludo
 
Una caravana no se considera un semirremolque. Se considera remolque. Y su lanza forma parte de la mma.
 
Interesante lo de las categorías por que afecta a la MMA y el MMR.
2.2. Masa máxima

2.2.1. En el caso de una unidad tractora para un semirremolque, la masa máxima que debe considerarse para clasificar el vehículo incluirá la masa máxima del semirremolque soportada por el acoplamiento de quinta rueda.

2.2.2. En el caso de un vehículo de motor que pueda arrastrar un remolque de eje central o un remolque de barra de tracción rígida, la masa máxima que debe considerarse para clasificar el vehículo de motor incluirá la masa máxima transmitida al vehículo tractor por el acoplamiento.

2.2.3. En el caso de un semirremolque, un remolque de eje central o un remolque de barra de tracción rígida, la masa máxima que debe considerarse para clasificar el vehículo corresponderá a la masa máxima transmitida al suelo por las ruedas de un eje o grupo de ejes cuando estén acopladas al vehículo tractor.

2.2.4. En el caso de un remolque convertidor, la masa máxima que debe considerarse para clasificar el vehículo incluirá la masa máxima del semirremolque soportada por el acoplamiento de quinta rueda.



https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2011-81355


2.2.3: La MMA del remolque de eje central (de la caravana, vamos) es la transmitida al suelo por las ruedas de un eje cuando estén acopladas a un vehículo tractor. Usease, no cuenta el peso que cae en la bola, como pone en el 2.2.2
 
Interesante lo de las categorías por que afecta a la MMA y el MMR.




https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2011-81355


2.2.3: La MMA del remolque de eje central (de la caravana, vamos) es la transmitida al suelo por las ruedas de un eje cuando estén acopladas a un vehículo tractor. Usease, no cuenta el peso que cae en la bola, como pone en el 2.2.2


Claro!!! Esta bien definido, en los dos primeros casos habla del vehículo tractor sobre el que recae el peso. Y el el tercero (2.2.2) del remolque que es deja de soportarlo.

Que sea un remolque de eje central o un semiremolque, para éste caso, es irrelevante. Los trata exactamente igual.
 
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