Lo primero, me presento: estoy muuuu emosionao de estar aquí, blablabla...

Y ahora al lío, acabo de leer esto:
Nueva directiva sobre la MMA de las caravanas
Según se especifica en la directiva 1230/12, a partir de enero de 2014, a la hora de matricular una caravana se exigirá una carga útil mínima, que se calculará multiplicando por 10 la longitud del vehículo en metros y sumando 10 kilos por el número de plazas y el peso en vacío en orden de marcha (PVOM). Esto quiere decir que la disponibilidad para instalar accesorios en una caravana vendrá determinada por la diferencia entre la carga útil real y la carga mínima derivada de la norma. La idea es que cuando se cargue la caravana con el equipaje, la comida y otros enseres no se sobrepase la masa mínima admitida (MMA).
A partir de ahora, el vendedor ha de explicar muy bien al cliente este hecho para que al adquirir la caravana sepa cuántos accesorios va a poder instalar y, en caso necesario, se pida un incremento de la MMA por adelantado.
Ya ha llegado lo que muchos esperaban, otros temían y otros ansiaban...

