Como no tengo auto, podéis mandarme lejos, pero se trata de lo que ya comenta otra persona en el hilo, si la auto se matriculó como industrial (¿El 30xx?) estará limitada a 100, como muchos vehículos mixtos que van por ahí sin saberlo, en cambio si está matriculada como turismo, auto, algo que no sea industrial, entonces podrá circular a otra velocidad, según su categoría
Como digo, esto les pasa a muchos derivados de turismo matriculados como industriales para ahorrarse dinero. Estos vehículos, no catalogados como turismos, tienen más restricciones, como la de no poder circular por carriles habilitados, algunos no poder adelantar por el carril de más a la izquierda... que a la hora de la verdad, no se controla, pero que lo pone bien claro dónde tica.
Resumiendo, que depende del numerito, la velocidad máxima será una u otra. Pasados unos años, se puede cambiar la categoría sin tener que pagar el impuesto, pero no sé cuantos años son. Parecido es lo que hice con mi Seat Alhambra, que estaba como vehículo de alquiler, lo que supone pasar ITVs cada año (atención, creo que también los que hablaba antes) a turismo normal, que ya son cada dos, al menos hasta los diez. Lo hice en una ITV periódica y no me cobraron nada.