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Pregunta ¿Transmisión o donación?

mkauto

calladit@
Hola chicos! Ya estoy al 99% de la puesta a punto de la caravana "regalada" por mi tío (como ya conté en el mensaje de presentación en el foro).

Liado ya con el apartado burocrático me surgen varias dudas, a la hora de hacerme con los papeles de la caravana me aclaran de que al ser un vehículo que aunque lleve matrícula, al no portar motor, el modelo que debo de rellenar es el 600 (transmisión de bienes muebles) o el 651 de donación entre familiares.

Pregunta: cual de los dos va a ser el que menos quebraderos de cabeza me va a dar a la hora de transmitir la caravana a mi nombre tanto en la junta de andalucía como en tráfico, e incluso el tema del valor del impuesto. No quisiera acarrear gastos a mi tío si digo que ha sido regalada, o pagar una cifra desorbitada por un impuesto en un vehículo cuya fecha de primera matriculación es del año 2000... no sé si me entendéis...

Tengo cita este viernes a las 12:30 para que me confecciones un modelo y a las 12:45 para que me confeccionen el otro (según me convenga más una cosa u otra).

Gracias por vuestra atención.

Pd: hay algún enlace para saber el valor de mi burtsner city 480ts del 2000?, no encuentro nada...
 
Transmisión es VENTA y donación es regalo .
Al ser tu tio quien te la da creo que se pagará más por donación. Y en cuanto al valor , entérate de si en Hacienda de tu CCAA tienen valoraciones o cuales utilizan y si no ,pon el más bajo posible.
Si entrass en la web de agencia tributaria de tu CCAA podrás ver el tipo apliucable a transmisión y a donación y si hay tabla de valoración , sino , pregunta en una gestoría o compraventa de coches
 
Andalucía es una comunidad con mayores impuestos para estos temas. Según tengo entendido está en proceso de cambio para mejorar. Enterate antes, por si conviene esperar unos meses al papeleo.
 
En cualquiera de las dos modalidades el "pagano" del impuesto serás tú como comprador o donatario.

Yo haría siempre como comprador entre particulares, modelo 600, mediante un contrato de bienes muebles, fijas un precio que sea el de mercado, lo "pagas" con transferencia bancaria de tu cuenta a la de tu tío y guardas el resguardo por si tienes que justificarlo después. Consulta en Hacienda Junta Andalucía, o en una gestoría, la tasación oficial. Después os arregláis tu tío y tu.

Pero asegúrate antes de que en tráfico te vayan a pedir la liquidación.

De aquí a que los políticos se pongan de acuerdo en suprimir el Imp de Sucesiones y Donaciones en Andalucía les ha crecido el pelo a las ranas.
 
Gracias compañero Argos, la verdad es que me gustaría entre esta semana y la que viene dejar aclarado todo el trámite de papeleos... creo que me decantaré por la versión "Transmisión" y haré un contrato de compraventa entre particulares. ¿valor? Entre 500/1000€... he visto en una página web que el valor catrastral de el modelo más nuevo que la city (averso 480ts) con más de 12 años la tasan en 1700€ aprox de valor en el mercado...

A ver que puedo anticipar antes de las citas del viernes... otra cosa... como yo tengo toda la documentación de la cv ¿puedo pasarle ITV y circular con ella aunque esté a nombre de mi tío?
 
Gracias compañero,
Me interrsa mucho el saber el tema de la valoración pero no encuentro nada... un saludo ;)
Transmisión es VENTA y donación es regalo .
Al ser tu tio quien te la da creo que se pagará más por donación. Y en cuanto al valor , entérate de si en Hacienda de tu CCAA tienen valoraciones o cuales utilizan y si no ,pon el más bajo posible.
Si entrass en la web de agencia tributaria de tu CCAA podrás ver el tipo apliucable a transmisión y a donación y si hay tabla de valoración , sino , pregunta en una gestoría o compraventa de coches
 
Pues si a el no le influye creo que haré como dije antes el modelo 600,
Haré un contrato de compraventa y fijaré el precio en 500€, y que ellos taden el precio de mercado o lo que vean. Ya he realizado muchos contratos de compraventa entre paeticulares pero en el caso del modelo 620/621... y como en el contrato pongo que el pago es al contado y en mano no he hecho nunca ningún pago por transferencia etc. Y sin problemas.

Mi pregunta también es la siguiente... la validez del modelo 600 que el 620/1 es el mismo para tráfico no?, ya que el 600 es el incluído en las caravanas y los otros dos son pra vehículos con MOTOR.

Gracias ;)

En cualquiera de las dos modalidades el "pagano" del impuesto serás tú como comprador o donatario.

Yo haría siempre como comprador entre particulares, modelo 600, mediante un contrato de bienes muebles, fijas un precio que sea el de mercado, lo "pagas" con transferencia bancaria de tu cuenta a la de tu tío y guardas el resguardo por si tienes que justificarlo después. Consulta en Hacienda Junta Andalucía, o en una gestoría, la tasación oficial. Después os arregláis tu tío y tu.

Pero asegúrate antes de que en tráfico te vayan a pedir la liquidación.

De aquí a que los políticos se pongan de acuerdo en suprimir el Imp de Sucesiones y Donaciones en Andalucía les ha crecido el pelo a las ranas.
 
En Andalucía, el impuesto de transmisiones, si no está tabulado (caso de las caravanas) es el 4% de la cantidad que aparezca en el contrato de compra venta.
 
Mejor venta... y pagarás un 4% de lo que ponga el contrato... a si que.. que te la venda por 400€...

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Pues decidido, TRANSMISIÓN, modelo 600 y valor de 500€ (porque me la vende mi familiar y de ahí el precio jejeje), cuando tenga toda la documentación adjuntaré las fotos pertinentes a la apertura del hilo. Muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuchas gracias chicos!

:walk:
 
Andalucía es una comunidad con mayores impuestos para estos temas. Según tengo entendido está en proceso de cambio para mejorar. Enterate antes, por si conviene esperar unos meses al papeleo.
En Andalucía te puede constar un millóncito fácilmente...
Yo haría el trámite de compra venta como si fuese un coche y me dejaba de historias...
 
El mod 600 es el que corresponde a Imp Transmisiones Patrimoniales Onerosas. La trasferencia te justifica ante la presunción, que no es una donación.

En cuanto al valor de comprobación no tiene nada que ver sea entre tío y sobrino. Es el valor que la Administración presupone, salvo prueba en contrario, que vale. De ahí las recomendaciones que consultaras si aparece en tablas de la cdad, autónoma. Si no está tipificado, posiblemente no te liquiden nada, pues tendrían que demostrar que el valor declarado por vosotros no es correcto. Y esto ya es más complicado para ellos.
 
Hola chicos!! perdonad por la tardanza pero al final todo solucionado y OK!

En la Junta de Andalucía hice al final el modelo 600 de transmisión, acreditando con un contrato de compraventa entre mi tío y yo por valor de 500€, el cual me hizo pagar una tasa de 20€... y luego en tráfico los correspondientes 54€ de transmisión de vehículos... itv otros 48€ casi y caravana lista para disfrutarla en la 2nda quincena de Agosto... QUE GANAAAAAAS!

Salu2 y muchas gracias por los que se pasaron e interesaron por este post. Estamos al habla en otro hilo seguro ;)
 
Has hecho lo correcto peeeero el precio que has puesto me parece muy bajo amí me paso algo parecido con una moto de agua puse un precio bajo para pagar menos y a los dos meses vino una notificación certificada que el precio NO se ajustaba yo alegué que estaba averiada y me pedían presupuesto de un servicio oficial y por no revolver me toco pagar multa y la diferencia de impuesto del precio que ellos dijeron( hacienda) no recuerdo las cifras fue hace cinco años, espero no te ocurra lo mismo.
Saludos.
 
Deberías haber preguntado en Hacienda el valor que le daban ellos, que es el que te van a cobrar pongas lo que pongas.
 
Hola compañeros, lo primero gracias por el aporte, pero informándome... aquí en Andalucía a no se que sea un vehículo "relativamente" nuevo no existe una "tabla estimatoria" del valor del vehículo... poseo actualmente en mi poder 7 vehículos y 8 con la caravana, y menos con los dos coches y la moto grande, con el mismo contrato de compraventa es más que suficiente... por lo menos en esta mi comunidad.

Relativamente lo del precio es más que cuestionable... a unos nos parecerá poco o a otros mucho... pero es que un contrato de compraventa de un vehículo del año 1989 puff...

Aún así esperemos que tenga suerte y no tenga ninguna notificación jejejeje.

Salu2
 
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