Fernando 7701
hablador
No, estas equivocado. Las hay con mas de 200 Kg de diferencia. Por ejemplo, algunas de Fendt, si no todas.
De A/C, nada puedo decir.
De A/C, nada puedo decir.
Eso mismo me dijo el jefe de un concesionario BurstnerEntonces no comprara ninguna caravana
y las autocaravanas casi que aun es peor
Pues no estoy de acuerdo, yo tengo una carga útil de 320kg.Entonces no comprara ninguna caravana
y las autocaravanas casi que aun es peor
Conseguirse se puede conseguir, ya que yo lo he hecho. Solo hace falta que encuentres alguien que lo quiera hacer.Me parece que este problema de los pesos no es sólo en Burstner, sino en la mayoría de las caravanas y autocaravanas, vamos a tener que volver a la tienda canadiense de toda la vida.
Yo estoy ya pensando en dejarla fija, ya que no me dan solución clara nadie, sigo intentandolo,ya os diré si lo consigo
Se agradece la informacion, yo estaba creido que ese cambio Normativo, solo era para furgonetas de transporte mercancias y no era aplicable a conjuntos.Ahora he hablado con tráfico y me aseguran que llevan un año que quitaron el B96, porque se puede circular con una CV superior a 750kg si en conjunto no excede los 4250kg, ya que han cambiado la normativa porque cada vez los coche pesan más sobre todo los eléctricos
Pues no te puedo dar la razón Yomisma, yo quiero ir lo más legal posible, cuando hace 2 años pase la ITV y le dije que quería subir la MMA me dijo que no me mericia la pena porque pesaba 930 kg en el rodillo, sin contar el peso de la lanza y entonces me pasaría de los 3500 en conjunto.
Ahora quiero subir a su peso 1200 o 1300 que aguanta el eje y no puedo porque los de Cargol quisieron en su día para vender caravanas " truncar las fichas"y Asi poder llevarlas con casi cualquier coche.
Ahora he hablado con tráfico y me aseguran que llevan un año que quitaron el B96, porque se puede circular con una CV superior a 750kg si en conjunto no excede los 4250kg, ya que han cambiado la normativa porque cada vez los coche pesan más sobre todo los eléctricos
Se agradece la informacion, yo estaba creido que ese cambio Normativo, solo era para furgonetas de transporte mercancias y no era aplicable a conjuntos.
Si José, todavía estoy esperando respuesta de un laboratorio, pero está complicadoConseguirse se puede conseguir, ya que yo lo he hecho. Solo hace falta que encuentres alguien que lo quiera hacer.
Eso no lo dudo, pero con lo que has puesto, del Reglamento de Vehiculos, creo que si el Agente de la Autoridad se basa en el trozo puesto, yerra el tiro y el B, sigue valiendo para lo que valia, ya que sigue como siempre ha estado, finalizando: ''sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobacion de tipo establezcan para estos vehiculos''. La autorizacion B96, si se excede de 3500 y hasta 4250, con remolque de mas de 750 Kg. Si este es de hasta 750, efectivamente, el limite sera 4250, con solo el B. El Sr. Agente, se ha equivocado o no ha sabido explicarse.Llamé a la DGT y me pusieron con un agente de tráfico
Si no lo consigues mándame un mensaje a ver si puedes conseguirlo siguiendo mis pasosSi José, todavía estoy esperando respuesta de un laboratorio, pero está complicado
No lo dudo, el Sr. Agente de la Autoridad, esta equivocado, como frecuentemente se equivocan en poner determinadas multas en carretera, con un evidente uso y abuso de su presuncion de veracidad.Yo solo lo comento sin ninguna intención de discutir con nadie, es lo que me dijo desde la DGT
Artículo 14. Disposición de la carga.
1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:
a) Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.
b) Comprometer la estabilidad del vehículo.
c) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
d) Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.