En diciembre de 2012 se aprobó una moción en el Senado para que se estudiaran varios asuntos referentes a la conducción de caravanas, en el Consejo Superior de Seguridad Vial.
Sobre todo en el tema de la adecuación de las velocidades máximas en autopista/autovía (de 80 a 90 km/h) y sobre los permisos necesarios para conducir conjuntos de mas de 3.500 kgs.
Pues bien (o mal), en el nuevo reglamento General de Circulación, se contempla la "adecuación" de las velocidades de las autocaravanas, pero no se modifican len ningún caso as de las caravanas.
La razón esgrimida para no hacerlo es que "el contexto es de reducción general de la velocidad para todos los vehículos".
Para todos los vehículos, menos para las autocaravanas (120 km/h para menores de 3.500 kg y 100 km/h para mayores de 3.500 kg) o para los vehículos normales que suben de 120 km/h a 130 km/h.
Como se ve, el "contexto general" no lo es tanto.
La DGT no ha atendido ninguna de las peticiones del sector (ASEICAR) ni de las asociaciones de usuarios (FECC y FCCC), ni, por supuesto, del Pleno del Senado.
Este martes, el Grupo Vasco en el Senado vuelve a preguntar al Gobierno sobre esta cuestión, para intentar, por lo menos, conseguir el aumento del limite de velocidad en las autopistas/autovías.
No entiendo muy bien esta doble vara de medir, cuando lo que se pide es un aumento pírrco, para evitar las situaciones de riesgo que suponen los adelantamientos de los grandes vehículos (40-45 Tm-17 m) a conjuntos de 12-13m con 3.500 kg (uno de los vehículos, ademas, con un volumen enorme y un peso irrisorio).
A ver que sale de todo esto.
El problema es que la capacidad de movilización de los usuarios de caravanas es inversamente proporcional a los de las autocaravanas.
Así nos va.
Sobre todo en el tema de la adecuación de las velocidades máximas en autopista/autovía (de 80 a 90 km/h) y sobre los permisos necesarios para conducir conjuntos de mas de 3.500 kgs.
Pues bien (o mal), en el nuevo reglamento General de Circulación, se contempla la "adecuación" de las velocidades de las autocaravanas, pero no se modifican len ningún caso as de las caravanas.
La razón esgrimida para no hacerlo es que "el contexto es de reducción general de la velocidad para todos los vehículos".
Para todos los vehículos, menos para las autocaravanas (120 km/h para menores de 3.500 kg y 100 km/h para mayores de 3.500 kg) o para los vehículos normales que suben de 120 km/h a 130 km/h.
Como se ve, el "contexto general" no lo es tanto.
La DGT no ha atendido ninguna de las peticiones del sector (ASEICAR) ni de las asociaciones de usuarios (FECC y FCCC), ni, por supuesto, del Pleno del Senado.
Este martes, el Grupo Vasco en el Senado vuelve a preguntar al Gobierno sobre esta cuestión, para intentar, por lo menos, conseguir el aumento del limite de velocidad en las autopistas/autovías.
No entiendo muy bien esta doble vara de medir, cuando lo que se pide es un aumento pírrco, para evitar las situaciones de riesgo que suponen los adelantamientos de los grandes vehículos (40-45 Tm-17 m) a conjuntos de 12-13m con 3.500 kg (uno de los vehículos, ademas, con un volumen enorme y un peso irrisorio).
A ver que sale de todo esto.
El problema es que la capacidad de movilización de los usuarios de caravanas es inversamente proporcional a los de las autocaravanas.
Así nos va.