joanantoni
hablador
Aquí se explica muy bien:
https://www.motorpasion.com/industr...anza-movilidad-sostenible-madrid-aprobada-hoy
También la había leido. De hecho he leido lo menos 10 comentarios de distintos medios. Debo decirte que unos mas y otros menos, todos dicen lo mismo. No creo que no haya dicho nada que no esté escrito ahí y en la normativa. Pero la mejor guia, vuelvo a repetirtelo, es el texto original de la propia ordenanza de movilidad sostenible recien aprobada por el ayuntamiento de Madrid. Yo solo he leido en el texto original de la normativa los apartados referentes a lo que nos afecta en la circulación en Madrid. Lo que nos interesa está al final. Los de los patinetes, bicicletas y demás, no lo he leido porque no me interesa. Otra son los plazos de entrada en vigor de cada cosa, que vienen muy bien explicados y oscilan desde el 23 de noviembre para algunas cosas hasta el 31 de diciembre de 2024. La ley es muy extensa. Naturalmente no me he referido a todos y cada uno de los puntos, como por ejemplo, que vehículos tienen derecho a pegatina medioambiental, y de qué tipo, pero no hay nada de lo que haya escrito que no esté en esa normativa. En realidad, lo único que nos debe importar es que dentro de poco tiempo para circular por Madrid es necesario y conveniente, si queremos evitar sorpresas no esperadas, usar la pegatina medioambiental. Esa es la clave del asunto. Un abrazo Carlos. Ahora me toca cumpleaños del nieto. Los abuelos cebolletas tenemos esas cosas.