Casi tienes toda la razón... pero cuando reservas y acudes a un campin estás estableciendo un contrato verbal, y no está del todo claro si tú has arrendado la parcela en conjunto o por elementos en función de la tarifa que esté en vigor.. Si arriendas por tarifa, te cobran un tanto por la caravana, otro por cada persona, otro por el enganche de electricidad y otro por el coche. Si el coche no cabe no te lo pueden cobrar. El sistema de arrendar por parcela, según el tamaño y por lo tanto según la parcela disponible, no importa si además del elemento de acampada son dos o seis personas y el coche; arriendan la parcela, plantas el elemento de acampada y lo que cabe en la parcela. Si cabe el coche, perfecto; si cabe un cenador, estupendo; si cabe una tienda para 2 invitados, felicidades... tú pagarás siempre lo mismo. Pero si no caben... y tú piensas que tienes derecho a ese espacio, no queda otra que la hoja de reclamaciones, y a esperar.
Yo no me atrevo a anticipar quién será al que le den la razón.