Todo depende
Todo depende
villacaracola hace una buen pregunta
y muy dificil de contestar.
Para evaluar la situación y emitir un juicio hay que definir en primer lugar en relación a qué situación anterior estamos mejor o peor.
Desde un punto de vista legal estamos igual, no se ha modificado ningún texto legal de la Ley de Tráfico ni de los reglamentos de circulación y vehículos ni de ninguno de los textos legales que regulan la acampada y que nos aplican a los turistas en autocaravana.
La Instrucción 80/V-74 de la DGT según analiza la Federación Española de Asociaciones Autocaravanistas (FEAA) en relación a las velocidadaes máximas de las autocaravanas no han variado por el momento pero indica el criterio de hacerlo en el futuro a peor. España sería prácticamente el único país europeo que limita un vehículo de menos de 3.5 Tm, a circular por debajo de la velocidad máxima autorizada de la vía.
Esta Instrucción, por sí misma, tampoco va hacer que los ayuntamientos retiren de sus ordenanzas municipales las prohibiciones de estacionar autocaravanas y mucho menos va a propiciar que los electos contrarios al estacionamiento habitado de las autocaravanas cambien su actitud.
Esto es evidente puesto que los ayuntamientos disponen de unos criterios propios, a veces personales o de partido, y no existe ningun autoridad jerárquica que les obligue a menos que haya una sentencia judicial.
Tampoco la Instrucción va a evitar, por sí misma, que se apliquen de forma lesiva las leyes de acampada contra los usuarios de autocaravanas que aparcan y pernoctan en sus vehículos legalmente.
Sin embargo la Instrucción aporta una herramienta de trabajo que puede ser utilizada en dos frentes y que significa un avance respecto a la situación anterior.
El primer frente son las conclusiones de Mesa de Trabajo GT53 de autocaravanas que puede proponer (no imponer) iniciativas e intervenciones que faciliten una solución en algunos de los estamentos que que son la causa de los problemas citados:
FEMP en relación a las ordenanzas municipales, además de apoyar una sensibilización de los ayuntamientos sobre el turismo en autocaravana que puede afectar a la actitud frente a la pernocta y en la creación de infraestructuras.
CCAA en la aplicación de los Reglamentos sobre Campamentos de Turismo y Ministerio de Medio Ambiente en la aplicación de la Ley de Costas.
El segundo frente, el mas importante, en mi opinión, es la defensa de los intereses de los usuarios a través de la actuación de sus asociaciones.
Hasta ahora la convicción de que un ayuntamiento no podía legalmente prohibir el estacionamiento de autocaravanas solamente la sostenían los usuarios avalados por cuatro resoluciones de diferentes Defensores del Pueblo. En este momento se ha adherido a la tesis el propio legislador.
Lo mismo ocurre con la aplicación de las leyes de acampada, el legislador estima que la actividad en el inteior de un vehículo no afecta a la maniobra de estacionamiento. Esto es importante a la hora de redactar recursos por eventuales denuncias y a la de negociar con la administración una forma de aplicar la ley de acampada sin lesionar los derechos de los usuarios de vehículos que estacionan.
Esto representa un avance importante respecto a la situación anterior, sin embargo, las ventajas de ese avance solo se pueden cobrar a través de la gestón aociaciones de usuarios, con una acción conjunta y coordinada allí donde nuestros derechos sean conculcados.
Por el contrario, no habrá ninguna ventaja si los usuarios seguimos a la greña anteponiendo las disputas personales, las rencillas tribales, en fín la mala hostia gratuita, de algunas personas que se empeñan en servir de tontos útiles a quienes anteponen la soberbia, el odio y el rencor a los intereses colectivos.
Para que tanto la esperada Instrucción 80/V-74 y las posibles conclusiones de la Mesa GT53, se traduzcan en resultados tangibles estos personajes deben ser conscientes que las metas del colectivo no es estar en la pomada para satisfacer ambiciones personales sino en el tajo trabajando para el bien del colectivo.
Deben ser conscientes de que cada vez que para satisfacer sus mas bajos instintos personales como el odio y el rencor emprenden una campaña de desprestigio contra las asociaciones de usuarios, están debilitando la fuerza de trabajo, están tirando piedras contra su propio tejado.
Deben ser conscientes de que las disconformidades en el seno de las asociaciones se resuelven con el diálogo y las votaciones y que las tesis que son vencidas por los votos no se pueden utilizar para arremeter contra la función de las mismas.
Deben ser conscientes de que en este pequeño mundillo en el que nos movemos, cada persona y cada recurso es insustituible, porque hay pocos compañeros capaces, con experiencia, que estén dispuestos a comprometerse trabajar en equipo.
Todo depende
villacaracola hace una buen pregunta
villacaracola dijo:y digo yo estamos igual o peor no se que alguien me lo aclare
y muy dificil de contestar.
Para evaluar la situación y emitir un juicio hay que definir en primer lugar en relación a qué situación anterior estamos mejor o peor.
Desde un punto de vista legal estamos igual, no se ha modificado ningún texto legal de la Ley de Tráfico ni de los reglamentos de circulación y vehículos ni de ninguno de los textos legales que regulan la acampada y que nos aplican a los turistas en autocaravana.
La Instrucción 80/V-74 de la DGT según analiza la Federación Española de Asociaciones Autocaravanistas (FEAA) en relación a las velocidadaes máximas de las autocaravanas no han variado por el momento pero indica el criterio de hacerlo en el futuro a peor. España sería prácticamente el único país europeo que limita un vehículo de menos de 3.5 Tm, a circular por debajo de la velocidad máxima autorizada de la vía.
Esta Instrucción, por sí misma, tampoco va hacer que los ayuntamientos retiren de sus ordenanzas municipales las prohibiciones de estacionar autocaravanas y mucho menos va a propiciar que los electos contrarios al estacionamiento habitado de las autocaravanas cambien su actitud.
Esto es evidente puesto que los ayuntamientos disponen de unos criterios propios, a veces personales o de partido, y no existe ningun autoridad jerárquica que les obligue a menos que haya una sentencia judicial.
Tampoco la Instrucción va a evitar, por sí misma, que se apliquen de forma lesiva las leyes de acampada contra los usuarios de autocaravanas que aparcan y pernoctan en sus vehículos legalmente.
Sin embargo la Instrucción aporta una herramienta de trabajo que puede ser utilizada en dos frentes y que significa un avance respecto a la situación anterior.
El primer frente son las conclusiones de Mesa de Trabajo GT53 de autocaravanas que puede proponer (no imponer) iniciativas e intervenciones que faciliten una solución en algunos de los estamentos que que son la causa de los problemas citados:
FEMP en relación a las ordenanzas municipales, además de apoyar una sensibilización de los ayuntamientos sobre el turismo en autocaravana que puede afectar a la actitud frente a la pernocta y en la creación de infraestructuras.
CCAA en la aplicación de los Reglamentos sobre Campamentos de Turismo y Ministerio de Medio Ambiente en la aplicación de la Ley de Costas.
El segundo frente, el mas importante, en mi opinión, es la defensa de los intereses de los usuarios a través de la actuación de sus asociaciones.
Hasta ahora la convicción de que un ayuntamiento no podía legalmente prohibir el estacionamiento de autocaravanas solamente la sostenían los usuarios avalados por cuatro resoluciones de diferentes Defensores del Pueblo. En este momento se ha adherido a la tesis el propio legislador.
Lo mismo ocurre con la aplicación de las leyes de acampada, el legislador estima que la actividad en el inteior de un vehículo no afecta a la maniobra de estacionamiento. Esto es importante a la hora de redactar recursos por eventuales denuncias y a la de negociar con la administración una forma de aplicar la ley de acampada sin lesionar los derechos de los usuarios de vehículos que estacionan.
Esto representa un avance importante respecto a la situación anterior, sin embargo, las ventajas de ese avance solo se pueden cobrar a través de la gestón aociaciones de usuarios, con una acción conjunta y coordinada allí donde nuestros derechos sean conculcados.
Por el contrario, no habrá ninguna ventaja si los usuarios seguimos a la greña anteponiendo las disputas personales, las rencillas tribales, en fín la mala hostia gratuita, de algunas personas que se empeñan en servir de tontos útiles a quienes anteponen la soberbia, el odio y el rencor a los intereses colectivos.
Para que tanto la esperada Instrucción 80/V-74 y las posibles conclusiones de la Mesa GT53, se traduzcan en resultados tangibles estos personajes deben ser conscientes que las metas del colectivo no es estar en la pomada para satisfacer ambiciones personales sino en el tajo trabajando para el bien del colectivo.
Deben ser conscientes de que cada vez que para satisfacer sus mas bajos instintos personales como el odio y el rencor emprenden una campaña de desprestigio contra las asociaciones de usuarios, están debilitando la fuerza de trabajo, están tirando piedras contra su propio tejado.
Deben ser conscientes de que las disconformidades en el seno de las asociaciones se resuelven con el diálogo y las votaciones y que las tesis que son vencidas por los votos no se pueden utilizar para arremeter contra la función de las mismas.
Deben ser conscientes de que en este pequeño mundillo en el que nos movemos, cada persona y cada recurso es insustituible, porque hay pocos compañeros capaces, con experiencia, que estén dispuestos a comprometerse trabajar en equipo.