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mucho más que un foro

Pesos y Masas... No entiendo nada. Ayuda. 😨

Supongo que no nos hemos entendido, en tu primer mensaje decías que han quitado lo del B96:
Han quitado lo de B-96
Ahora para conducir un vehículo de 4250kg te tienes que sacar el C1

Yo dije que sigue vigente, pero el B96 nunca ha servido para llevar un vehículo de más de 4250kg Es un permiso para conducir un remolque de más de 750 kg, siempre que el vehículo al que va enganchado y el remolque no excedan de 4.250 kg en conjunto.

Como dices si quieres llevar una autocaravana de 3501 kg te toca sacarte el C(que toque)
 
El lío viene por nombrar el B96 porque nada pinta en vehículos de más de 3500Kg...
Mi pregunta, no es mejor buscar una autoescuela que tengan C1 porque las prácticas serán más caras y debe costar más caro sin duda.
 
Sospecho que será como el B96 y el BE: que cuesta lo mismo y ya que estamos...
 
El lío viene por nombrar el B96 porque nada pinta en vehículos de más de 3500Kg...
Mi pregunta, no es mejor buscar una autoescuela que tengan C1 porque las prácticas serán más caras y debe costar más caro sin duda.
Efectivamente la confusión viene por confundir el B96 con el Vtp o como sus muelas se llame.

Yo pregunto en la autoescuela, por que el que no sabe debe preguntar.

La respuesta es que con el C1 me vale, pero cuando apruebo el teórico y pido fecha para empezar las prácticas, es cuando me entero que no tienen vehículo de 7500kg.

Como te examinas con el mismo vehículo que haces las prácticas y no tienen más vehículo rígido que uno de creo que 12000 o yo que sé.

Por eso digo que me han hecho todo el lío y por eso estoy sacando el C.

Solo falta que al día siguiente de sacarme el C aprueben lo de conducir vehículos hasta 4250kg con el B para rematar la faena.

Y perdón por confundir el B96 con el Btp, vtc, tcp o lo que sea.
 
Efectivamente la confusión viene por confundir el B96 con el Vtp o como sus muelas se llame.

Yo pregunto en la autoescuela, por que el que no sabe debe preguntar.

La respuesta es que con el C1 me vale, pero cuando apruebo el teórico y pido fecha para empezar las prácticas, es cuando me entero que no tienen vehículo de 7500kg.

Como te examinas con el mismo vehículo que haces las prácticas y no tienen más vehículo rígido que uno de creo que 12000 o yo que sé.

Por eso digo que me han hecho todo el lío y por eso estoy sacando el C.

Solo falta que al día siguiente de sacarme el C aprueben lo de conducir vehículos hasta 4250kg con el B para rematar la faena.

Y perdón por confundir el B96 con el Btp, vtc, tcp o lo que sea.

Como decía antes, si tardan lo mismo que tardaron en sacar el B96, descuida que te da tiempo de sacarte el D, el E y hasta el curso de profesor de autoescuela...



Y eso suponiendo que lo saquen...
 
Hola leyendo yo hasta ahora pensaba que con el B a secas se pueden llevar caravanas de mas de 750kg siempre y cuando la MMA del coche y la caravana no exceda de 3500kg. Acabo de leer el la web de la dgt esto. Da a entender que para remolques de mas de 750 kg como minimo hace falta el B96.
Esta mal o ha cambiado la normativa? Pego el link donde lo he leido. Esta actualizado a fecha 1 Julio 2024.
 

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Hola leyendo yo hasta ahora pensaba que con el B a secas se pueden llevar caravanas de mas de 750kg siempre y cuando la MMA del coche y la caravana no exceda de 3500kg. Acabo de leer el la web de la dgt esto. Da a entender que para remolques de mas de 750 kg como minimo hace falta el B96.
Esta mal o ha cambiado la normativa? Pego el link donde lo he leido. Esta actualizado a fecha 1 Julio 2024.
Está incompleto, falta un supuesto de los que si recoge en la ley:
Buenos días,

La clave está en el punto 5 del apartado 5 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores que dice:

"5. Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior."

Esto no contradice nada de lo que has puesto, pero matiza que si el conjunto no excede de los 3.500 kg no es de aplicación.

Además, desde que se abrió este hilo, y por tranquilidad mental, yo he hecho dos cosas, la primera es tirar de conocidos y preguntar directamente a un guardia, primero a un local y luego a un guardia civil, y en ambos casos la respuesta es afirmativa y la segunda es que hice una consulta al Ministerio del Interior a través de la página de la DGT sobre el tema, y me contestaron, y como la primera contestación es ambigua, repregunté y me volvieron a contestar esta vez más claro dejando claro que si se puede llevar con el carné B el conjunto si no supera los 3.500 kg de MMA con caravana no ligera sin necesidad de autorización ninguna (en este hilo puse la contestación del Ministerio del Interior).

La multa por llevar una caravana de + de 750 kg de MMA cuando el conjunto no supera los 3.500 kg es un UNICORNIO, que hay gente que dice haber visto, pero que nadie a visto, porque NO EXISTE. Todos los ejemplos que yo he visto, al principio parecen que si y luego resulta que cuando lo miras con detalle las multas están bien puestas porque o bien se excede la masa o bien son por otros motivos.
 
De acuerdo acabo de leer otro hilo y lo dejai clarisimo. Siento volver a abrir esta caja pero me he acojonado un poco jejej. Pego link al hilo donde se aclara todo y sobre todo como dices mirar el punto 5 del apartado 5 del BOE.
 
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