Guarnon
hablador
Hola a todos.
Con motivo de una maniobra malintencionada de un camión, AntonioB ha abierto un post en el que se ha comentado de pasada la posibilidad de llevar una cámara en el coche. Para no ensuciar el hilo del camionero psicópata y porque el tema tiene su miga he pensado que era mejor abrir uno nuevo.
El asunto lo conozco bien porque el año pasado me dieron un golpe y la compañía decidió unilateralmente que la culpa era mía, cuando yo tenía otra opinión, dejándome tirado. Pensé muy seriamente poner una cámara enla furgo y me estudié el tema a fondo y esto es lo que encontré.
¿Puedo poner una cámara en un vehículo? ¿es legal? Pues depende de la finalidad con que grabe las imágenes. Hay dos usos principales de esa grabación.
Uno es el turístico. Hay gente que lleva su cámara en el salpicadero y graba el viaje, motoristas y ciclistas en el casco, etc. Es un uso permitido. Como sacar fotos en la calle. Imaginad que voy a Segovia ¿puedo sacar fotos del acueducto? Claro que sí, pues la cámara del coche igual. Pero ahora bien, después de sacar esa foto del acueducto llega un tipo y me dice que cree que él sale en mi foto y que si es así la tengo que borrar. Me niego, llama a la policía y legalmente estoy obligado a borrarla porque aunque el tipo esté en la vía pública tiene derecho a decidir sobre la privacidad de su propia imagen. Y si son menores de edad los retratados sin permiso ya te cagas. La grabación del coche tiene el mismo tratamiento legal.
Otro uso es para vigilancia. En este caso, tengo que darme de alta en la Agencia de Protección de Datos (AGPD) y poner en el coche un cartelito (que veréis por miles de sitios) advirtiendo de que estoy grabando, con mi número de registro y una dirección para que quien quiera pueda ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO). Darme de alta en la AGPD cuesta dinero. ¿Me lo ahorro? Mejor no porque si grabo para vigilancia sin estar dado de alta (sin permiso legal) cometo una infracción administrativa y la AGPD me casca una multa.
¿Quién decide si mi grabación es turística o recreativa? La propia AGPD cuando reciba una denuncia. Si estoy de vacaciones en Segovia lo tengo fácil, pero a ver cómo demuestro que lo que grabo a las siete de la mañana en el atasco yendo a trabajar es cosa turística.
Para terminar. Se puede dar el absurdo, y por eso no la puse, de que un tipo me dé un golpe diga que la culpa es mía y la compañía le dé larazón. Yo presente mi grabación y el fulano me denuncie a la AGPD por grabarlo sin su consentimiento y sin yo estar dado de alta. Y después de todo, me casquen una multa e invaliden mi grabación como prueba por haber sido tomada incumpliendo la ley. Como se suele decir, después de cornudo apaleado.
Bueno, esto es lo que sé del tema. Si hay algún jurista en el foro, o incluso por qué no, alguien que trabaje en la AGPD que amplíe la información y me corrija en lo que me haya equivocado.
Con motivo de una maniobra malintencionada de un camión, AntonioB ha abierto un post en el que se ha comentado de pasada la posibilidad de llevar una cámara en el coche. Para no ensuciar el hilo del camionero psicópata y porque el tema tiene su miga he pensado que era mejor abrir uno nuevo.
El asunto lo conozco bien porque el año pasado me dieron un golpe y la compañía decidió unilateralmente que la culpa era mía, cuando yo tenía otra opinión, dejándome tirado. Pensé muy seriamente poner una cámara enla furgo y me estudié el tema a fondo y esto es lo que encontré.
¿Puedo poner una cámara en un vehículo? ¿es legal? Pues depende de la finalidad con que grabe las imágenes. Hay dos usos principales de esa grabación.
Uno es el turístico. Hay gente que lleva su cámara en el salpicadero y graba el viaje, motoristas y ciclistas en el casco, etc. Es un uso permitido. Como sacar fotos en la calle. Imaginad que voy a Segovia ¿puedo sacar fotos del acueducto? Claro que sí, pues la cámara del coche igual. Pero ahora bien, después de sacar esa foto del acueducto llega un tipo y me dice que cree que él sale en mi foto y que si es así la tengo que borrar. Me niego, llama a la policía y legalmente estoy obligado a borrarla porque aunque el tipo esté en la vía pública tiene derecho a decidir sobre la privacidad de su propia imagen. Y si son menores de edad los retratados sin permiso ya te cagas. La grabación del coche tiene el mismo tratamiento legal.
Otro uso es para vigilancia. En este caso, tengo que darme de alta en la Agencia de Protección de Datos (AGPD) y poner en el coche un cartelito (que veréis por miles de sitios) advirtiendo de que estoy grabando, con mi número de registro y una dirección para que quien quiera pueda ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO). Darme de alta en la AGPD cuesta dinero. ¿Me lo ahorro? Mejor no porque si grabo para vigilancia sin estar dado de alta (sin permiso legal) cometo una infracción administrativa y la AGPD me casca una multa.
¿Quién decide si mi grabación es turística o recreativa? La propia AGPD cuando reciba una denuncia. Si estoy de vacaciones en Segovia lo tengo fácil, pero a ver cómo demuestro que lo que grabo a las siete de la mañana en el atasco yendo a trabajar es cosa turística.
Para terminar. Se puede dar el absurdo, y por eso no la puse, de que un tipo me dé un golpe diga que la culpa es mía y la compañía le dé larazón. Yo presente mi grabación y el fulano me denuncie a la AGPD por grabarlo sin su consentimiento y sin yo estar dado de alta. Y después de todo, me casquen una multa e invaliden mi grabación como prueba por haber sido tomada incumpliendo la ley. Como se suele decir, después de cornudo apaleado.
Bueno, esto es lo que sé del tema. Si hay algún jurista en el foro, o incluso por qué no, alguien que trabaje en la AGPD que amplíe la información y me corrija en lo que me haya equivocado.