Bueno,,vamos a calmarnos porque si no esto no va a tener fin nunca.
Unos opinan que si y otros que no.
Segun las autoescuelas,,,al menos los enlaces que hay mas arriba,,,ponen de forma misteriosa una Obligatoriedad para todo el mundo de obtener el B96, ya que con el B, segun ellos, no se puede remolcar mas de 750Kg de pma. Astutamente se han comido la parte de la ley que no les interesa.
A mi esto no me gusta nada, me parece hasta fraudulento, rozan la ilegalidad por muy poco, en una parte del B no ponen todo y en la parte del B96 se explayan.
Es solo mi opinion.
Es decir,,,todos los que teneis CV´s con mas de 750kg de P.M.A vais ilegales,,,teneis que sacaros , repito , segun los enlaces y mas paginas que he visto en Google de autoescuelas el B96 o B modificado que es lo mismo.
Yo , pongo aqui lo que yo entiendo y consta en la ley, en concordancia con Europa. en el enlace siguiente. paginas 21 y 22.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:403:0018:0060:ES:PDF
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:403:0018:0060:ES
DF
no se si lo habre hecho bien, por si acaso lo he hecho dos veces.
Como supongo que nadie tiene paciencia para leer todo ,,,pongo lo que puse en el blog de la firma, asi ya va masticadito y todo, si estoy equivocado , decirmelo, pero me lo demostrais,, con poner un NO en rojo, no me vale.
os copio lo que puse:
Legislacion Europea:
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:403:0018:0060:ES:PDF
lo que describe lo referente a los 4.250kg esta en las paginas 21 y 22. Esta ley es de 2006 y aqui se aplica en el 2010,,4 años despues.
Lo que viene en las paginas 21 y 22 es lo siguiente:
Categoría B:
automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda
de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el
transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir al
conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar
enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no
exceda de 750 kg.
Sin perjuicio de las normas de homologación para los
vehículos correspondientes, los automóviles de esta categoría
podrán llevar enganchado un remolque con una masa
máxima autorizada de más de 750 kg, siempre que la masa
máxima autorizada de este conjunto no exceda de 4250 kg.
En caso de que esta combinación excediera de 3 500 kg, los
Estados miembros exigirán, conforme a lo dispuesto en el
Anexo V, que esta combinación sólo pueda conducirse:
— tras la superación de una formación, o
— habiendo superado una prueba de aptitud y comportamiento.
Los Estados miembros podrán exigir también que se hayan
superado tanto la formación como la prueba de aptitud y
comportamiento
Los Estados miembros indicarán en el permiso de conducción la autorización para conducir esta combinación
mediante el código comunitario correspondiente.
La edad mínima para la categoría B se establece en 18 años
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Ahora: lo sorprendente es que en ningun momento se cita que la MMA del remolque tenga que ser menor que la del Tractor. Esto habrá que suponerlo por logica
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Segundo punto curioso,,,y que no deja lugar a dudas , respecto a un hilo que aparecio aqui hace poco, sobre los nuevos motores Ecoflex y la homologacion de dichos vehiculos para no poder remolcar mas de X Kg, mas o menos los mismos que sin Freno de Inercia en el remolque, 500kg creo recordar que era en un Opel Astra sedan que compro la persona que abrio el hilo.
Fijaros,,,que en el principio pone___> Sin perjuicio de las normas de homologacion para los vehiculos correspondientes,,,,