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Pregunta ITV: Ficha técnica de caravana
Este proceso cambia de unas Comunidades Autónomas a otras, ya que por ejemplo, en Madrid hay una circular que marca la documentación a aportar.
Como norma general y como justificación de su puesta en servicio, si carecen de permiso de circulación y de fecha de puesta en servicio, se podrán aceptar:
Factura de compra, ó
Certificado del seguro donde inexcusablemente aparezca el nº de bastidor del vehículo ó
Copia de la tarjeta ITV en poder del fabricante.
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1 Para remolques fabricados antes del 27/09/1986 la documentación necesaria sería:
2 Para remolques fabricados desde del 27/09/1986, hasta 26/07/1999,
3 Para remolques fabricados entre 26/07/1999 y 24/07/2010.
4 Para remolques fabricados con posterioridad al 24/07/2010.
Para remolques fabricados antes del 27/09/1986 la documentación necesaria sería:
Certificado de arrastre de tráfico o autorización de conjunto. (este documento por lo general nadie lo tiene ya que va ligado al primer vehículo que lo arrastra).
Ficha reducida particularizada para el vehículo, o certificado de fabricación del mismo.
Para remolques fabricados desde del 27/09/1986, hasta 26/07/1999,
Deben corresponder a vehículos homologados, es decir, que tengan contraseña de homologación.
Certificado de características del fabricante o ficha reducida (en Madrid si es posterior a 16/05/1998, necesario Ficha reducida), en ambos documentos constará la contraseña de homologación.
Para remolques fabricados entre 26/07/1999 y 24/07/2010.
Si no se dispone de los datos de puesta en circulación del vehículo, la Tarjeta de ITV se podrá emitir por el fabricante del vehículo (aunque rara vez lo hacen) o tramitarse en una ITV aportando:
ó Ficha reducida particularizada para el vehículo a inspeccionar,
ó COC,
ó Certificado emitido por el fabricante o por un servicio técnico designado por la autoridad de homologación que acredite la correspondencia del vehículo con un nº de homologación española. (en Madrid si es posterior a 16/05/1998 es necesario aportar la Ficha reducida)
Para remolques fabricados con posterioridad al 24/07/2010.
De acuerdo a lo indicado en el RD 750/2010, en su anexo XII, la puesta en circulación está sujeta a la comunicación, por parte del fabricante, del contenido de la Tarjeta ITV a la Dirección General de Tráfico. Las copias de las Tarjetas ITV proporcionadas a la DGT únicamente tendrán como finalidad acreditar la fecha de puesta en servicio de dichos vehículos. Por lo que para tramitar el duplicado de la Tarjeta en la ITV se deberán de aportar:
Ficha reducida particularizada para el vehículo a inspeccionar o COC.
Justificación de puesta en servicio mediante una de las siguientes opciones:
a) ó Justificación documental de tráfico de la fecha de puesta en servicio.
b) ó Copia de la relación de bastidores comunicadas a la DGT por el fabricante y sellada por la DGT.
Por desgracia, en éste tipo de vehículos, sobre todo los más antiguos, suele ser difícil que se pueda hacer el duplicado ya que es complicado aportar la documentación exigida.
En el resto de casos, otro de los problemas que suele darse más, es que los fabricantes bajo la misma homologación van realizando cambios para mejorar el vehículo, como por ejemplo desplazar el eje, por lo que a la hora de medirlo no coincide con los datos que aparecen en la homologación.