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Me entero ahora

La DGT utiliza un código de colores para restringir (prohibir) la circulación en carreteras con condiciones meteorológicas adversas:

Niveles-nieve-INC-15-16.jpg



Carlos una vez mas restringir, no es prohibir.

De los cuatro colores, solo uno prohíbe la circulación.

Además el pictogramas es mu explicito. Quitanieves (plan de viabilidad invernal) no da a abasto y la carretera no se puede limpiar.

De los cuatro supuestos casos con nieve, en tres si se puede.
 
Podemos alargar este debate todo lo que quieras, porque tanto tú como yo sabemos lo que hay. Si nos acogemos a las interpretaciones semánticas de las palabras, sin ampliar el abanico de sinónimos de lo que éstas significan, no llegaremos a ningún lugar.

Te cité a ti particularmente porque en tu mensaje decías esto:

No hay ninguna ley que prohíba circular a ningún tipo de vehículo con nieve.

Es lo mismo que decir:
No hay ninguna ley que prohiba a un conductor circular con alcohol en sangre.

Son verdades a medias como a ti te gusta decir.
La Ley prohíbe conducir a partir de un baremo de alcohol en sangre, que se puede medir de una manera técnica, precisa y valida en un juicio.

La circulación en una carretera nevada, no. No existe un aparatito que diga que a partir de x centímetros de nieve o hielo se prohíbe la circulación a ciertos vehículos más propensos a poder ocasionar percances propios o ajenos.
Tampoco vale lo "blanco" que vean por las cámaras desde el centro de control de la DGT desde Madrid.
Queda al criterio de la autoridad competente que se persone en el lugar y aplicando el articulo 37 decida cortar, restringir o prohibir totalmente la circulación. Responsabilidad bastante grande porque como tú bien dices, afecta al libre movimiento de personas y mercancías, muchas de ellas imprescindibles para el funcionamiento de otros sectores tanto primarios como secundarios. Muchos euros al final de la corrida.

Posteriormente ya se valorará si la actuación fue exagerada o no (recuerda que no existe el aparatito) se depurarán responsabilidades, se fumarán una cajita de puros en algún subsector de Tráfico y si me apuras rodará alguna pequeña cabecita poco representativa.

La instrucción que citas la conocía. Hace muchos años de ello pero en otra nevada, muchísimo más grande y en la que me restringieron en un área de servicio en Vitoria, nos hizo compañía un autobús de chavales que iban a jugar un partido de fútbol creo y al que después de muchas horas de estar allí, fueron haciendo viajes para ir recogiéndolos en vehículos particulares, pero el autobús vacío con su chófer se quedó allí hasta que pudimos salir al día siguiente los vehículos pesados.
 
Efectivamente, según algunos cuando nieve solamente pueden circula ellos, yo se lo dejo para ellos cuando nieve yo en casita a la calefacción, je,je,je,
-Estoy muy seguro de algunos ni la conocen.
 
Podemos alargar este debate todo lo que quieras, porque tanto tú como yo sabemos lo que hay. Si nos acogemos a las interpretaciones semánticas de las palabras, sin ampliar el abanico de sinónimos de lo que éstas significan, no llegaremos a ningún lugar.

Te cité a ti particularmente porque en tu mensaje decías esto:

Cita Iniciado por Nenacriva Ver mensaje
No hay ninguna ley que prohíba circular a ningún tipo de vehículo con nieve.
.

Carlos puedes alargar el debate lo que te parezca, yo no lo pretendo, pero me temo que pensamos muy parecido y hablamos de los mismo, no es tema de semántica, ya que una restricción no es una prohibición, no lo digo yo lo dice el RAE, ni siempre ni nunca, no lo es.

Me temo que lo estas enfocando como un tema de redecir o matizar lo que ya se ha dicho.

Cuando me has citado, también has omitido, una parrafada que expresa un poco el tema de las restricciones, lo que matiza mi comentario de no hay ley que prohíba.

La afirmación que mencionas es una verdad a medias.

No hay ninguna ley que prohíba circular a ningún tipo de vehículo con nieve.

Lo que tiene que ver con la verdad a medias que citas, es que en condiciones meteorológicas adversas, como el caso de presencia de nieve en calzada, las autoridades a los primeros vehículos que restringe la circulación es a los conjuntos de vehículos y vehículos de mas de 3.500kg, de ahí que existan esos enormes aparcamientos de viabilidad invernal.

Que existan episodios de nieve no quiere decir que automáticamente se restrinja la cirulación, ya que los planes de viabilidad invernal, están para evitar que eso ocurra.

Y.

Recuerdo muchas nevadas, seguro que tu también, en las que a pesar de la presencia de nieve en calzada, se ha podido conducir cientos de km sin restricciones, gracias a los planes y trabajos de los equipos de viabilidad invernal.

Por ejemplo en 2005 Castilla León se cubrió de nieve un Viernes noche, aun así me desplaza e Madrid a la montaña palentina sin restricciones, y pisando todo el camino nieve.

En el 2011, la A-2 se tupió de nieve e idem, sin problemas para llegar hasta Llanos del Hospital, donde hacía demás un tiempo esplendido.

También las ha habido en sentido contrario. Las mas tremendas, no solo unas horas, en Panticosa hasta en dos ocasiones, dejar el coche allí varias semanas, hasta que la nieve permitía ir a buscarlo.
 
Efectivamente, según algunos cuando nieve solamente pueden circula ellos, yo se lo dejo para ellos cuando nieve yo en casita a la calefacción, je,je,je,
-Estoy muy seguro de algunos ni la conocen.

Curioso que releyendo el hilo nadie haya afrimadao nada pareido ha:

según algunos cuando nieve solamente pueden circula ellos, .

Quizás puedas ilustrarme, quien ha lanzado es afirmación.

Seni;2481194-Estoy muy seguro de algunos ni la conocen.[/QUOTE dijo:
Al estar tan seguro, tendrás algún fundamento, que nos ilumine, no?
 
Me rindo.

Te copié literalmente el artículo 37 donde en su punto uno se lee claramente la palabra "prohibición" a ciertos vehículos so pena de cometer una infracción grave, te he puesto dos ejemplos personales donde yo mismo he sufrido los efectos de esa prohibición y aún así te obcecas en que la RAE deja claro que una restricción, ni nunca ni siempre será una prohibición.

Pues nada, como la impresión que te da es ya de redecir o matizar lo ya dicho, yo me bajo aquí.

Un saludo.
 
Carlos, no pretendo desesperarte.

Antes de que tu citaras el articulo 37, mi propias palabras son consecuentes con lo que dicta este articulo, como te he expuesto antes.

Si embargo omitiste mis palabras para, con articulo en mano decir lo mismo.

Me citas tus experiencias personales, lo mismo he hecho yo, y te vuelvo a remarcar la experiencia de estar en dos ocasiones diferentes con el coche en Panticosa con la circulación restringida durante semanas.

Y fíjate la propia DGT habla de Restricciones , que no de prohibiciones:

http://www.dgt.es/es/el-trafico/restricciones/

En este país está prohibido circular a mas de 120 km/h en autovía o autopista por ejemplo.

En este país está restringida la circulación en ciertas vías y bajo ciertas condiciones si la autoridad lo estima conveniente, como por ejemplo cuando nieva, y siempre y cuando los planes de viabilidad invernal no son efectivos

Creo que la diferencia es evidente, no sólo cuestión de RAE.
 
Carlos nenacriva, anda no discutais, tennis los dos razón, así que para que seguir, así que nos pongo otra pregunta, para irnos enterando, cual es la reglamentación que nos prohibe, o nos recomienda, que a nuestros vehículos (importa poco que sean ac o cv, cv o ac) en las autopista y autovias de mas de tres carriles no nos deja ir como máximo por el segundo, por favor a ver si me lo encontráis que yo no lo encuentro
 
Cormoran, creo que refieres artículo 14, de la sección primera, del capítulo II, que dice:

Artículo 14. Utilización de los carriles.
1. El conductor de un automóvil, que no sea coche de minusválido, o de un vehículo especial con el peso máximo autorizado superior al que reglamentariamente se determine, circulará por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia y deberá, además, atenerse a las reglas siguientes:
a) En las calzadas con doble sentido de circulación y dos carriles, separados o no por marcas viales, circulará por el de su derecha.
b) En las calzadas con doble sentido de circulación y tres carriles, separados por marcas longitudinales discontinuas, circulará también por el de su derecha, y en ningún caso por el situado más a su izquierda.
c) Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.
Cuando una de dichas calzadas tenga tres o más carriles en el sentido de su marcha, los conductores de camiones con el peso máximo autorizado superior al que reglamentariamente se determine, los de vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén y los de conjuntos de vehículos de más de siete metros de longitud, circularán normalmente por el situado más a su derecha, pudiendo utilizar el inmediato en las mismas circunstancias y con igual condición a las citadas en el párrafo anterior.
d) Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, podrá utilizar el que mejor convenga a su destino, pero no deberá abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.
2. Para el cómputo de carriles, a efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, no se tendrá en cuenta los destinados al tráfico lento ni los reservados a determinados vehículos, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine.

Puede ser?
 
Carlos nenacriva, anda no discutais, tennis los dos razón, así que para que seguir, así que nos pongo otra pregunta, para irnos enterando, cual es la reglamentación que nos prohibe, o nos recomienda, que a nuestros vehículos (importa poco que sean ac o cv, cv o ac) en las autopista y autovias de mas de tres carriles no nos deja ir como máximo por el segundo, por favor a ver si me lo encontráis que yo no lo encuentro
Como ya he dicho, es debate virtual puro y duro.

Se discute cuando oyes o ves a tu interlocutor, pero dime ¿esto último que preguntas es otro 'hueso' para tenernos entretenidos corriendo o de verdad que con los años que debes de tener el carnet, aún no lo tienes claro?
 
Carlos mira es un poco de todo, o deformación de cuando era profesor de informática, no hay mejor forma de que la gente se entere que demostrarles que son capaces de hacer mas de lo que ellos se creen, y ademas con esa técnica a parte de entretenerse si alguien nos lee puede que se interese en plantearse temas que puede que los tenga olvidados o no entendiese bien, no se les explicasen o cualquier otra razón, por eso el titulo que e puse al hilo de ahora me entero.

Nenacriva si era a lo que merecería, y salen temas que basando me a lo que le digo a Carlos, en la articulado que pones salen muchas cosas que debatir e investigar, me explico con una serie de puntos

1º Habla de vehículos especiales..... un conjunto de coche tractor y cv se puede tomar como vehículo especial..... Lo mismo para una ac de menos de siete metros es un vehículo vivienda, se le puede considerar vehículo especial, por lo que tendría que cumplir con la teoría de solo utilizar los dos primeros carriles..... Y los todo terrenos.

2º queda claro que en ciudad poblado se pueden utilizar todos los carriles, con la limitación de que hay que cambiar para los cambios de sentido, cuantos conductores cambian sin sentido indiferentemente de carril solo por ¿molestar? y cuantos no dejan cambiar solo por ¡MOLESTAR?.

Me repito la intención del hilo es que nos ayudemos a mantenernos informados de la legislación sobre la circulación
 
...no hay mejor forma de que la gente se entere que demostrarles que son capaces de hacer mas de lo que ellos se creen, y ademas con esa técnica a parte de entretenerse si alguien nos lee puede que se interese en plantearse temas que puede que los tenga olvidados o no entendiese bien, no se les explicasen o cualquier otra razón, por eso el titulo que e puse al hilo de ahora me entero.

Aparte de informática tú has tocado algo de política seguro.
Menudo párrafo! [emoji16]
 
Aparte de informática tú has tocado algo de política seguro.
Menudo párrafo! [emoji16]

Hombre si tocar la política lo tomas por haber dado agua curso de informática para la Punta de Galicia pues si, pero te aseguro que termine de ellos hasta la entre pierna, por ser educado y políticamente incorrecto
 
Pues para ser informático, lo del corrector no era tu fuerte [emoji41]

Tampoco se utilizaba en aquella época lo de Xq, por ejemplo, pero utilicemos este hijo para actualizarnos, al menos esta fue mi intención
 
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