Ordenanzas municipales
Ordenanzas municipales
Hola otra vez Chus,
No es exacto, hay unos 16 ayuntamientos localizados, probablemente habrá más, que prohíben estacionar autocaravanas sin especificar su tamaño, eso según la DGT, no se ajusta a derecho.
Aparte están los ayuntamientos que prohiben pernoctar y los que sin tener ordenanzas nos echan por la regla de tres como Peñíscola, por ejemplo.
Sí sería legal que un ayuntamiento prohibiera, por ejemplo, estacionar en determinadas calles a TODOS LOS VEHÍCULOS de mas de seis metros o de mas de 1.800 kilos MMA, por ejemplo, pero ademas, esas medidas tendrían que estar justificadas en relación a los fines por los que se otorgan las competencias: EVIATR EL ENTORPECIMIENTO DE TRAFICO (art.93.1 RGC) y facilitar el REPARTO EQUITATIVO DE LAS PLAZAS DE ESTACIONAMIENTO GARANTIZANDO SU ROTACIÓN. El mismo Reglamento en su artículo 93.2 establece los límites competenciales.
Es decir, las limitaciones de tiempo que se establecen en los estacionamientos regulados (ORA, OTA, zona azul, etc). El tiempo máximo de permanencia en una plaza de estacionamiento no está regulada en la Ley de Tráfico ni en el RGC, es una facultad que tienen los ayuntamisntos.Es decir, nunca se puede privar a una autocaravana legalmente, como vehículo, de una plaza de estacionamiento en las mismas condiciones que otro vehículo cualquiera de las mismas dimensiones y masa máxima autorizada.
Hay un detalle muy importante, un ayuntamiento no puede tonar medidas restrictivas de estacionamiento o circulación sin que se derive de unas ordenanzas municipales aprobadas en el pleno, con un período de información pública y su correspondiente período de alegaciones.
Habitualmente, en muchos aspectos, esa MMA que suele ser la frontera son 3,5 toneladas y respecto a las marcas viales, por encima de ellas, están las disposiciones de RGC, cuyo límite para el aparcamiento, dejar un espacio libre de calzada de tres metros. Por otra parte, una directiva europea insta a los ayuntamientos a disponer de plazas de estacionamiento adecuadas al tamaño de los vehículos de hasta 3,5 toneladas.
Por otra parte una autocaravana paga el impuesto de circulación de vehículos a motor, en el País Vasco, la autocaravana tiene las mismas tarifas que un turismo y en Donostia concretamento pago 280 euros al año (turismo de gran cilindrada), por lo tanto dispongo hasta viñeta de residente en las mismas condiciones que un turismo.
Respecto a lo que dices de las caravanas no conozco bien sus características legales, únicamente sé que, como vehículo y a efectos legales, es un remolque, tal como está descrito en el anexo II, del Reglamento General de Vehículos, no paga impuesto de circulación. A todos los efectos es un vehículo diferente con una regulación diferente que incluye también su tratamiento impositivo. Puedes tener la seguridad de que cuentas con mi simpatía y mi apoyo para cualquier reivindicación, pero te aseguro que a pesar de tenerlo tan claro, de momento, la tarea de defender el derecho de las autocaravanas está muy complicado y la verdad es que avanzamos poco.
¡Ah!, una camper o un furgón acondicionado que cumpla los requisitos del epígrafe 32 del anexo II del RGV, es una autocaravana a todos los efectos. Un furgón de reparto con un colchón, ni es una autocaravana ni es una camper,
Si realmente estás convencido de que una caravana tiene derecho a estacionar libremente te animo a seguir el mismo camino que estamos siguiendo un pequeño grupo de autocaravanistas y puedes tener la seguridad de contar con toda la experiencia, poca o mucha, que he adquirido en estos cuatro años que llevo trabajando, si la necesitas, pero te aseguro que somos pocos para el trabajo que nos genera las propias autocaravanas, nos faltan personas capaces de trabajar en equipo y medios económicos para contar con ayuda jurídica adecuada, si crees que es necesario reivindicar algún derecho de los usuarios de caravanas en primer lugar lo que hay que hacer es ponerse a trabajar y para ello lo mas adecuado es que la iniciativa parta de los propios usuarios que son quienes mejor pueden conocer el medio y sus necesidades.
Hay un aspecto que me gustaría comentarte. Algunos detractores del turismo en autocaravana, se quejan de que las áreas se pagan con los impuestos de todos y eso es cierto. Sin entrar a debatir la utilidad de las áreas y del costo real de las mismas, me gustaría hacer un par de reflexiones.
Excepto las áreas de pago privadas la mayoría de ellas, con un par de excepciones no son otras cosas que zonas de estacionamiento reservado a autocaravanas con servicios de vaciado y suministro de agua. Partimos de la base que una autocaravana tiene derecho a estacionar en la vía pública y que ese espacio lo va a ocupar en una calle, en el aparcamiento de un estacio de fútbol o en un estacionamiento reservado, da igual, o la echan de la ciudad, o le dejan estacionar en un lugar autorizado o le proporcionan un espacio adecuado a modo de parking disuasorio, el gasto de los impuestos es el mismo.
Algunos estacionamientos para autocaravanas (conocidos con el nombre de áreas) están mal situados y no se usan, y en otros lugares la oferta de espacios reservados se combinan con limitaciones en tiempo o en espacio. En Francia, por ejemplo, en zonas de presión turística, conviven espacios de estacionamiento reservado junto a parking para turismos. Pero siempre garantizando una plaza de estacionamiento para pernocta a las autocaravanas, en estos lugares la mayoría de pago, entre los 6 y los 10 euros y en un lugar adecuado.