Aquello que no han podido lograr ni la Guardia Civil ni la brigada de transportes, lo han conseguido la Policia Local.
Ya tienen su minuto de gloria difundiendo a los medios de comunicación locales.
http://www.ondacero.es/emisoras/com...ongitud_201712195a38d4500cf207cb8b958b97.html
http://www.forotransporteprofesiona...furgoneta-con-un-remolque-de-10m-de-longitud/
A ver Volusia. Como ya he dicho en mi primer post de este hilo, he debatido con agentes de transportes en dos ocasiones. La primera me pusieron cuatro (4) multas, total 8.800€ (6000, 2000, 600 y 200) me pillo con desconocimiento del tema y me informe amplia y profundamente.
Me presente en la delegación de Transportes de Alicante y la secretaria de la directora le daba la razon a los agentes de la GC, hasta que le presente las excepciones del tacografo ( las mismas que ha enlazado Carlos) impresas y tambien con la dirección de la pagina de Fomento en un post-it para que pudiesen comprobar la veracidad de la hoja impresa. Al ver tal documento hizo cara de dudar y pidio permiso a la directora de transportes para que pudiese hablar con ella. Le basto unos segundos para asentir y darme la razón.
Han pasado 20 meses de aquel acontecimiento y aun no he recibido ninguna multa o sancion.
Me han vuelto a parar tanto brigada de transportes como de trafico, por motivos evidentes, y con las normas que ahora si que conozco, no me han vuelto a sancionar/multar. Bueno, hasta que llegaron los municipales que deben ser los mas informados del tema.
No puedo entrar en ninguno de los dos sitios, ¿que paso?
Volusia, leete con detenimiento todas las excepciones, igual estas usando el tacografo sin necesidad.Pues recurre y punto.....en mi caso no podría y yo sólo llevo mis propios elementos .....en furgoneta y remolque....No tengo mis furgonetas para transacción comercial y sólo la IVECO lleva tacografo....Es el burrito de carro.
Saludos.
Tengo una frase hecha para ese caso; "Yo te mandaba para Septiembre"Todos nos podemos equivocar en nuestro trabajo, incluido los agentes de la autoridad por supuesto, pero dicho esto, el estado o ayuntamiento debería pagarle a tonimunoz las molestias y el tiempo que tenga que emplear en recurrir la multa, porque su tiempo y molestias valen dinero, lo digo porque para multarte aplican la ley rigurosamente, se que es una utopía, pero debería de ser así, porque claro el agente pone multa este bien o mal puesta, si esta mal puesta pues les da igual porque " si cuela bien y si no me la pela".
Volusia, leete con detenimiento todas las excepciones, igual estas usando el tacografo sin necesidad.
Vale:
e. Transportes de mercancias de carácter privado complementario realizados en el marco de su propia actividad empresarial por empresas agricolas, horticolas, forestales, ganaderas o pesqueras, que se desarrollen integramente en un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa.
f. Transportes de carácter privado complementario realizados mediante la utilización de tractores agricolas o forestales en el desarrollo de una actividad agricola o forestal siempre que se desarrollen integramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehculo.
i. Transportes de carácter privado complementario de material de circo y atracciones de feria realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.
n. Transportes de carácter privado complementario cuyo objeto sea el traslado del material, equipo o maquinaria utilizado por el conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la masa máxima autorizada del vehculo utilizado, incluida en su caso la de los remolques y semirremolques, no sea superior a 7,5 toneladas, el transporte se desarrolle integramente dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehculo y la conducción de vehículos no constituya la actividad principal del conductor.
Si te acoges a alguna de estas excepciones, me callo...
Cormorán, supongo que ya se habrán dado cuenta de que la han cagado, y ahora intentan borrar pistas.
Ahora irán corriendo a borrar los discos duros de los ordenadores, jajaja.
Un saludo.
Aqui tienes todas las excepcionesPuedo cumplir algún requisito..............pero los radios de acción ni por asombro....pienso que estoy muy bien asesorado en estos temas....como en en otros claro.....pero todo es cuestión de una revisión para cuando le toque el cambio a la iveco.
Saludos.
Aqui tienes todas las excepciones
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LAN...E_TERRESTRE/IGT/TACDIG/LEGDOC/Excepciones.htm
No puedo entrar en ninguno de los dos sitios, ¿que paso?
Coco, no, no hay denuncia aún. Los municipales fotografiaron toda la documentación que les di y se despidieron con un "ya sabra de nosotros". Esto fue el 19 de diciembre y ayer compañeros de trabajo me alertaron que habia salido en los medios el 1 de enero actual. No tengo notificación alguna de expediente sancionador pero según los medios parece que sea un indocumentado.Carlos: "No hay denuncia formal aún..."
Volusia: "Pues recurre y punto....."
¿En qué quedamos: hay denuncia notificada o no? Porque si no hay denuncia notificada (formal) no se puede recurrir. Y si los policías locales han denunciado vienen obligados a entregar un boletín donde diga qué artículo incumple y por qué. A partir de la denuncia formal procede presentar las alegaciones.
De todas formas la situación en Tráfico (del municipio de Elche) la tenían que tener clara, y es evidente que se trata de un vehículo que transporta mercancías propias y al tiempo (entiendo) se transforma en un establecimiento comercial, como muchos otros vehículos que vemos en las ferias y mercados. Este tipo de vehículos se rigen por normas de ámbito nacional, o sea: Código de Circulación. Si yo estuviese en esa situación haría dos cosas: la primera defenderme mediante un abogado con experiencia, pues estaría invirtiendo en tener el futuro claro y libre de parecidos incidentes; el segundo, acercarme a los medios informativos que difundieron el incidente y pedirles explicaciones, siempre asesorado por un abogado. A los directores de los periódicos, cuando meten la pata, les cuesta mucho que les hagan rectificar.
Que no, que lo de "entornos sensibles" referido al aeropuerto, es por la alerta antiterrorista. Vamos, que en el remolque podía transportar un "pepino" de 10 mts. y tu ser un yihadista. Me parece una chorrada que pretende justificar el celo empleado por los agentes...
De todas formas seas Poli, GC, o Director Prov. de la DGT o subsecretario de transportes, nadie se puede saber toda la ley. La Poli conoce perfectamente las infracciones más usuales, pero estos temas de transporte son para nota. Y lógimente a ningún agente se le puede exigir conocer la ley y sus excepciones hasta esos extremos. Sencillamente les parecería "raro" (la verdad, no es algo que se vea todos los días) y tomaron nota para -con la ley en la mano- mirar si se ha cometido alguna infracción o no, y en su caso denunciar.
Y en el tuyo, pues si conoces la ley en aquello que te afecta (como es lógico también por tu parte) tendrás tiempo de defenderte (como ya hiciste) y la cosa quedará en nada, porque no hay nada que sancionar.
Míralo por el lado positivo: dentro de poco no quedará un solo Policia Local que no te haya denunciado! (En 50 km. a la redonda no creo que quepan tantos...)
Una de las "noticias" dice esto:
La Policía Local intercepta una furgoneta que transportaba un remolque de 10 metros de longitud.
El conductor del vehículo se dedica a la venta ambulante y no portaba ni tacógrafo ni tarjeta de transporte
Por ello, los agentes de la Policía Local de Elche incoaron expediente sancionador, según han informado fuentes municipales del Ayuntamiento de Elche.
La Policía Local ha señalado que pese a quedar en una mera infracción administrativa, debido a la situación de alerta en entornos sensibles, como el Aeropuerto Elche-Alicante, ese tipo de situaciones son del todo desaconsejables ya que pueden inducir a la adopción de otras medidas más estrictas.
Con este texto, el periodista debería de explicar qué quiere decir "intercepta", en términos de tráfico, y por qué se produce tal situación. Cuando explica que no portaba tacógrafo ni tarjeta de transporte, también tiene que decir qué artículo de que texto legal obliga a llevar tacógrafo y tarjeta de transportes a un vendedor ambulante. Finalmente, dónde se atribuye a un policía local la capacidad legal para incoar expedientes sancionadores, y qué significa eso de quedar en una mera infracción administrativa debido a la situación de alerta en entornos sensibles... En fin, yo iría a pedirle explicaciones al periodista, y sin duda al departamento de prensa de la Policía Local de Elche. El texto, como trabajo informativo es lamentable, y eso del entorno sensible como el aeropuerto parece que tu conjunto distrae a los pilotos de aviones... y ya, de traca es que el aeropuerto de Alicante ahora sea "Elche/Alicante".
Si por ahora no has recibido notificación del expediente, pero si se ha dado la información a los medios, vete a los dos sitios y exige explicaciones, y en todo caso que digan qué infracción has cometido. Al periodista o al director del medio, recuérdale que un policía no tiene atribuciones para incoar expedientes sancionadores, y a la Policía, mismo. Los únicos agentes de la autoridad facultados para levantar atestados son los guardias civiles. El resto sólo denuncian.
También puedes dejar pasar el tiempo y esperar a que te notifiquen algo, y a partir de ahí, pliego de descargos. Sino estás obligado a llevar tacógrafo ni tarjeta de transportes el tema lo tendrías ganado. Eso de los entornos sensibles no existe: por las carreteras se puede o no se puede circular, y si no hay prohibición fehaciente, es tu derecho.
En cualquier caso, el conjunto es espectacular...
Desempolve sus viejos libros y repáselos, porque eso no es así.
Entonces esto que es?Una de las "noticias" dice esto:
La Policía Local intercepta una furgoneta que transportaba un remolque de 10 metros de longitud.
El conductor del vehículo se dedica a la venta ambulante y no portaba ni tacógrafo ni tarjeta de transporte
Por ello, los agentes de la Policía Local de Elche incoaron expediente sancionador, según han informado fuentes municipales del Ayuntamiento de Elche.
La Policía Local ha señalado que pese a quedar en una mera infracción administrativa, debido a la situación de alerta en entornos sensibles, como el Aeropuerto Elche-Alicante, ese tipo de situaciones son del todo desaconsejables ya que pueden inducir a la adopción de otras medidas más estrictas.
Con este texto, el periodista debería de explicar qué quiere decir "intercepta", en términos de tráfico, y por qué se produce tal situación. Cuando explica que no portaba tacógrafo ni tarjeta de transporte, también tiene que decir qué artículo de que texto legal obliga a llevar tacógrafo y tarjeta de transportes a un vendedor ambulante. Finalmente, dónde se atribuye a un policía local la capacidad legal para incoar expedientes sancionadores, y qué significa eso de quedar en una mera infracción administrativa debido a la situación de alerta en entornos sensibles... En fin, yo iría a pedirle explicaciones al periodista, y sin duda al departamento de prensa de la Policía Local de Elche. El texto, como trabajo informativo es lamentable, y eso del entorno sensible como el aeropuerto parece que tu conjunto distrae a los pilotos de aviones... y ya, de traca es que el aeropuerto de Alicante ahora sea "Elche/Alicante".
Si por ahora no has recibido notificación del expediente, pero si se ha dado la información a los medios, vete a los dos sitios y exige explicaciones, y en todo caso que digan qué infracción has cometido. Al periodista o al director del medio, recuérdale que un policía no tiene atribuciones para incoar expedientes sancionadores, y a la Policía, mismo. Los únicos agentes de la autoridad facultados para levantar atestados son los guardias civiles. El resto sólo denuncian.
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