Estaba durmiendo la siesta y se me ocurrió dar una vuelta por el hilo...
La AC está bien aparcada y en ese lugar los municipales no tienen jurisdicción, sino, supongo, la GC.
El terreno es llano, la AC ni ningún otro vehículo necesita calzos.
Los calzos, en caso de pendiente, tienen por objeto reforzar la función del freno de mano, como dejar una marcha metida, o así.
Cuando las ruedas en las que se ponen los calzos están arriba y al borde, el calzo como freno deja de realizar su función.
Si el calzo se pone en terreno llano para nivelar la AC, es evidente que su función no es frenar la AC.
Y, si todo esto ya lo sé ¿para qué pregunto? Creo que alguien lo ha dicho: para enfriar el debate. (jajaja)
En cuanto a la zona, las AC y las furgonetas camperizadas suelen estar acampadas varios días, sin que nadie les diga nada. Igual en el aparcamiento de la otra orilla. ¿Sería conveniente la existencia de un área específica? Claro que sí, pues habría servicios para evacuar químicos y para disponer de agua potable. ¿Cómo hacen en la actualidad? No lo sé. Pero también podría preguntarme en qué se diferencian los que utilizan estos espacios con los que utilizan los del parque natural privado de Cádiz. Porque nadie puede garantizar otra cosa que su propia conducta campista.
La anécdota de Rocinante está bien. No entiendo en qué tipo de bosque estaban, si en un bosque cualquiera o en un parque natural, si en un espacio público o privado. Porque los "forestales" tienen unas atribuciones muy concretas dentro de los límites de determinados espacios protegidos. Fuera de esos espacios protegidos no tienen atribuciones. Claro que, si los "forestales" permitieron que siguiesen allí... entonces "tenían" atribuciones, y quizás nos acabaríamos metiendo en otro debate como el de para qué son los calzos... y si es correcto que un autocaravanista habitualmente cumplidor de las normas, olvide que está prohibido acampar ni aparcar en lugares especialmente protegidos.