HOLA,
soy nuevo en esto, y tengo una gran duda....
he visto una caravana que me ha interesado mucho, pero no tiene la ficha técnica. Solo tiene autorización conjunto tractor-remolque de un coche que no es el que lleva ahora.
se supone que es del año 90. es una ROLLER convervan 360.
Le dije al chico que si no tenía la ficha técnica no me la quedaba, que intentara conseguirla.
después de ir a una gestoria (en la que le han dicho que con el contrato de compra-venta y la autorización conjunto tractor-remolque, que si que tiene) era suficiente.
También fué al vendedor que se la vendió hace años y le adjuntó una carta del subdirector general de trafico, en la que mencionan...:
y pongo textual...
"De la misma manera, tampoco alcanza dicha obligación (la de llevar la ficha técnica según el art. 25 apartado 1.c del Reglamento General de Trafico) a los remolques y semirremolques ligeros antiguos que no dispongan de tarjeta de inspección técnica ni de certificado de características, siempre que dispongan de una autorización del conjunto tractor-remolque expedida conforme al ya derogado art 256 del código de circulación y que ya se encuentre en vigor."
me dice que con eso es suficiente: contrato, autorización y carta del subdirector.
y además teniendo en cuenta que el reglamento general de vehículos entra en vigor a partir del año 98, si no entendí mal. (yo indagando por mi cuenta).
que opinais?
es que yo no lo veo claro.
me urge saber algo, porque se que tiene más gente interesada... (le llamaron 2 personas estando yo viendo la caravana)
GRACIAS.
soy nuevo en esto, y tengo una gran duda....
he visto una caravana que me ha interesado mucho, pero no tiene la ficha técnica. Solo tiene autorización conjunto tractor-remolque de un coche que no es el que lleva ahora.
se supone que es del año 90. es una ROLLER convervan 360.
Le dije al chico que si no tenía la ficha técnica no me la quedaba, que intentara conseguirla.
después de ir a una gestoria (en la que le han dicho que con el contrato de compra-venta y la autorización conjunto tractor-remolque, que si que tiene) era suficiente.
También fué al vendedor que se la vendió hace años y le adjuntó una carta del subdirector general de trafico, en la que mencionan...:
y pongo textual...
"De la misma manera, tampoco alcanza dicha obligación (la de llevar la ficha técnica según el art. 25 apartado 1.c del Reglamento General de Trafico) a los remolques y semirremolques ligeros antiguos que no dispongan de tarjeta de inspección técnica ni de certificado de características, siempre que dispongan de una autorización del conjunto tractor-remolque expedida conforme al ya derogado art 256 del código de circulación y que ya se encuentre en vigor."
me dice que con eso es suficiente: contrato, autorización y carta del subdirector.
y además teniendo en cuenta que el reglamento general de vehículos entra en vigor a partir del año 98, si no entendí mal. (yo indagando por mi cuenta).
que opinais?
es que yo no lo veo claro.
me urge saber algo, porque se que tiene más gente interesada... (le llamaron 2 personas estando yo viendo la caravana)
GRACIAS.