¿Debo llevar el recibo del seguro en mi coche?
Leido en on foro especializado con fecha diciembre de 2010 :
Siempre me habían dicho que debía llevar el recibo del banco como justificante de pago del seguro obligatorio del coche. Es mas, la multa rondaba unos 60 €.
Pues hoy todavía sigue siendo así, en virtud del artículo 14, apartado 3 del Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil (RD 1507/200

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La novedad es que se evita pagarlos 60€, gracias al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) y al procedimiento que recoge la DGT en la Instrucción DGT 08/V-77; S-101.
¿Y cuál es ese procedimiento que sigue la Guardia Civil?
En todos aquellos casos en que sea posible, consultará el Registro de Vehículos (FIVA) para verificar la existencia de seguro obligatorio. Si esto no fuese posible, entonces nos solicitará el recibo de pago en caso de que lo llevamos en el coche.
a) En caso de que lo aportemos, se entenderá cumplida la obligación.
b) Si lo no llevamos encima, la benemérita formulará denuncia por “circular careciendo del seguro obligatorio”. Pero no nos preocupemos, porque la Jefatura de Tráfico que reciba la denuncia, antes de iniciar el procedimiento, deberá realizar una consulta al Registro de Vehículos. Si nuestro vehículo tenía seguro en vigor, dictará resolución de archivo de la denuncia.
Sin duda, alegra pensar que ellos van a buscar si estamos o no asegurados.
A parte de ser una locura ir sin el seguro obligatorio, ¿Que infracción implica no tenerlo?
Para un coche la multa estará en 1.500€ y la pérdida de 4 puntos de carnet.
CONCLUSIONES:
- A pesar de este procedimiento, yo les recomiendo que sigan llevando el recibo en el coche, con el fin de evitar posibles incomodas esperas mientras la Guardia Civil intenta contactar con el FIVA o soportar el riesgo que siempre implica que te pongan una denuncia.
- Por otra parte, supondrá una oportunidad para revisar y mejorar la base de datos del FIVA, pues como toda gran base de datos, es normal que tenga datos erróneos u omisiones.