Respecto al emplazamiento, el reglamento general de vehículos dice literalmente esto:
4. Los remolques, semirremolques, maquinaria agrícola remolcada y de obras y servicios, cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos, deberán ir provistos en la parte posterior de su placa de matrícula situada en posición vertical o casi vertical y en el plano longitudinal mediano del vehículo y, además, en el lado derecho, de otra placa con la matrícula del vehículo remolcador.
Bueno pues como bien indica la roja es decir la del remolque en el centro y la blanca en el lado derecho, y cual es el derecho pues desde el centro hasta la derecha, por eso os indicaba que deben estar levemente desalineadas, es decir la roja en el centro y la blanca levemente a la derecha, así se corresponde con lo indicado por ley.
Esta es la ley o la norma, ahora interpretar vosotros mismos, si interpretamos la ley, la itv solo obedece, pero según la ley, la blanca debería estar situada con su margen izquierdo en el centro del vehículo y el resto de la placa a la derecha, con lo cual no sirve lo de desplazarla levemente, pero también podemos interpretar que al desplazar la blanca levemente a la derecha ya no está en el centro del vehículo como la roja, y si no está en el centro donde está? yo diría que en la derecha, pues no está en el centro y además está más a la derecha que a la izquierda.
Aquí os dejo una de las muchas lagunas que se encuentra la itv con estas leyes tan ambiguas, ahora os ponéis en el pellejo del que tiene que interpretarlas.
Lo que os aseguro es que en Málaga capital el leve desplazamiento a la derecha de la blanca ES VALIDO.