Consejo (si me lo permites):
1º.- Dirígete a la Consejería competente en tu CC.AA sobre Turismo, y si te da igual, presenta escrito dirigido al Consejer@ oportun@ con el planteamiento de tu cuestión.
2º.- (Sin ánimo de crear polémica)- La titularidad privada de un bien, no supone que del mismo se pueda disponer como se quiera, obviamente tod@s conocemos casos en los que dichas actividades, de no estar sujetas a ninguna limitación en este sentido, o bien están reguladas o bien directamente prohibidas por norma legal, independientemente de la titularidad del mismo.
3º.- En cada CC.AA., legislan, entienden y aplican las normas a su criterio y competencia, por lo que si en una CC.AA. se permite algo, muy posiblemente en otra esté prohibido lo msimo (jajajaja igualdad en todo el Estado).
4º.- De informarte la administración que dicha actividad esta permitida libremente o bien regulada, que no prohibida, solicita el oportuno permiso si fuere el caso y que te contesten por escrito en uno u otro sentido.
Sdos.
1º.- Dirígete a la Consejería competente en tu CC.AA sobre Turismo, y si te da igual, presenta escrito dirigido al Consejer@ oportun@ con el planteamiento de tu cuestión.
2º.- (Sin ánimo de crear polémica)- La titularidad privada de un bien, no supone que del mismo se pueda disponer como se quiera, obviamente tod@s conocemos casos en los que dichas actividades, de no estar sujetas a ninguna limitación en este sentido, o bien están reguladas o bien directamente prohibidas por norma legal, independientemente de la titularidad del mismo.
3º.- En cada CC.AA., legislan, entienden y aplican las normas a su criterio y competencia, por lo que si en una CC.AA. se permite algo, muy posiblemente en otra esté prohibido lo msimo (jajajaja igualdad en todo el Estado).
4º.- De informarte la administración que dicha actividad esta permitida libremente o bien regulada, que no prohibida, solicita el oportuno permiso si fuere el caso y que te contesten por escrito en uno u otro sentido.
Sdos.