swed
Soy Nudista Campista :o)
Hola a Todos:
A continuación os paso una información IMPORTANTE sobre la nueva Normativa que exige la ITV para validadar y dar por buena la instalación de una bola de remolque.
Esta nueva Normativa entró en vigor a mediados de enero-2011, y os informo porque acabo de venir de la ITV (Leganés-Madrid) sin poder hacer la inspección correspondiente en el coche que he comprado y en el que he instalado la bola. :clown:
REFORMAS DE IMPORTANCIA SEGÚN EL REAL DECRETO 866/2010.
Documentos a aportar:
Fabricante del Vehículo:Informe de conformidad del fabricante del vehículo, en el que se refleja Marca, Modelo Características Básicas, Dimensiones Número de Plazas, etc, de lo que se va a instalar.
No será válido el informe que se refiera de reforma genérica a la reforma, además se deberá identificar el vehículo (Marca, Modelo, Matrícula o Bastidor) o dictamen de un laboratorio oficial.
Taller Instalador:Certificado del Taller que efectúa la reforma según modelo adjunto, donde describirá de forma resumida la transformación y la situación en la que queda el vehículo tras ser reformado, además de identificar el vehículo (Marca, Modelo, Matrícula o Bastidor). El Taller deberá estar dado de alta en Industria y pertenecer a la Comunidad de Madrid.
Si el Taller que efectúa la reforma no perteneciera a la Comunidad de Madrid, aportará fotocopia del Alta en Industria del mismo, firmado y sellado con el original de dicho taller.
Estos documentos deberán ser emitidos por personas autorizadas con Nombre y Apellidos y siempre vendrán firmados, sellados y fechados con la correspondiente antefirma. El tiempo máximo de presentación de dichos documentos será de tres meses desde la firma de la presente.
Es decir, que primero hay que tener el Certificado del Fabricante y después ir al Taller, antes de ir a la ITV. :evil:
Saludos y Suerte.
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A continuación os paso una información IMPORTANTE sobre la nueva Normativa que exige la ITV para validadar y dar por buena la instalación de una bola de remolque.
Esta nueva Normativa entró en vigor a mediados de enero-2011, y os informo porque acabo de venir de la ITV (Leganés-Madrid) sin poder hacer la inspección correspondiente en el coche que he comprado y en el que he instalado la bola. :clown:
REFORMAS DE IMPORTANCIA SEGÚN EL REAL DECRETO 866/2010.
Documentos a aportar:
Fabricante del Vehículo:Informe de conformidad del fabricante del vehículo, en el que se refleja Marca, Modelo Características Básicas, Dimensiones Número de Plazas, etc, de lo que se va a instalar.
No será válido el informe que se refiera de reforma genérica a la reforma, además se deberá identificar el vehículo (Marca, Modelo, Matrícula o Bastidor) o dictamen de un laboratorio oficial.
Taller Instalador:Certificado del Taller que efectúa la reforma según modelo adjunto, donde describirá de forma resumida la transformación y la situación en la que queda el vehículo tras ser reformado, además de identificar el vehículo (Marca, Modelo, Matrícula o Bastidor). El Taller deberá estar dado de alta en Industria y pertenecer a la Comunidad de Madrid.
Si el Taller que efectúa la reforma no perteneciera a la Comunidad de Madrid, aportará fotocopia del Alta en Industria del mismo, firmado y sellado con el original de dicho taller.
Estos documentos deberán ser emitidos por personas autorizadas con Nombre y Apellidos y siempre vendrán firmados, sellados y fechados con la correspondiente antefirma. El tiempo máximo de presentación de dichos documentos será de tres meses desde la firma de la presente.
Es decir, que primero hay que tener el Certificado del Fabricante y después ir al Taller, antes de ir a la ITV. :evil:
Saludos y Suerte.
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