Juansinmedio
hablador
Hola a tod@s...!!!
Esta mañana se ha resuelto el último escollo para poder tener legalizado ese fantástico elemento de seguridad en mi caravana, el ATC de Al-Ko...!!!
Llevo mucho, mucho tiempo y sin cesar intentando solucionar el "eterno" conflicto sobre la legalidad o ilegalidad de llevarlo instalado en mi caravana con la total tranquilidad de que haya un referente legal que indique que "se puede" o que "no se puede" sin más, como el mover. Pues ahora está completamente solucionado, aunque la cosa ha ido por otros derroteros...!!!
Anteriormente, con ese tema del mover, ya le aporté a los ingenieros de la estación de ITV de Almansa (Albacete) diferentes especificaciones, planos, homologaciones europeas, descripciones del producto, funcionamiento, total independencia de entre el funcionamiento del dispositivo y la normal marcha de la caravana, etc. para que lograran autorizar la permisividad de llevarlo instalado en las caravanas que por allí pasaran para realizar las oportunas revisiones.
Al final accedieron a no considerarlo como "Reforma de Importancia" ( esta es la última normativa http://www.google.es/url?sa=t&rct=j...6giDhx08_fJJNy7p0L9OgyA&bvm=bv.63808443,d.bGE ), con lo que lo englobarían al resto de accesorios descritos en la nueva normativa especificada en esta Carta-Circular Ver el archivos adjunto 68044d1336726570-portavicicletas-circular-industria-reformas-veh%EDculos.pdf.
Este tema ya quedaba resuelto, al menos, en esta estación de ITV, aunque al tiempo surgió la problemática en otra de reciente creación, en Montoro ( Córdoba ), en la cual dictaminaron como "Revisión Desfavorable" una revisión periódica por llevarlo instalado. Así que insté a que nuestro compañero recurriera a esferas más altas para solucionarlo de manera definitiva y tajante, tanto para él como para los que allí acudieran en el futuro. Al final se resolvió favorablemente cuando recibió una Carta-Circular del Mº de Industria autorizando dicha instalación. Es esta:
Ver el archivos adjunto documento itv mover ministerio 10001.pdf
Ver el archivos adjunto documento itv mover ministerio 10002.pdf
Ahora, esta misma Carta-Circular ha recorrido las diversas estaciones de ITV llegando hasta la de mi localidad, corroborando la actuación y autorización de estos ingenieros, más si cabe, con un referente claro, conciso y puntual, que podemos presentar a quienes pongan pega alguna al contemplar que lo llevamos instalado en nuestras caravanas.
Ahora seguimos con el otro "polémico" accesorio y aquí la cosa la tenían totalmente clara; su decisión era de considerarlo como Reforma de Importancia y que jamás aceptarían su instalación en una revisión periódica si no estaba incluida en la ficha técnica de la caravana, ya que estaba claramente contemplado en la última normativa que actuaba sobre los frenos de la caravana.
Al final, después de llegar a tal conclusión por parte del importador de Al-Ko instado por mí a través de Caravanas JM Ortiz en Valencia, y ante la necesidad de tener que obtener los diferentes requisitos exigidos, han realizado las diligencias oportunas hasta conseguir por completo la posibilidad de legalizarlo.
Así que, con el certificado de instalación por parte del concesionario de caravanas junto al resto de documentación, les presenté el dossier y aceptaron realizar dicha reforma.
Pues este mediodía ya la tenía registrada en la ficha técnica de mi caravana:


No sé aún el coste de toda la gestión que me toca pagar a José Mª Ortiz, excepto lo que he pagado en la ventanilla de esta estación de ITV. Han sido 58,63 € por ser una Reforma de Importancia con Proyecto.
Pues ahora hay "un antes y un después" en la existencia de este accesorio que, aunque sea permitido en otras naciones, tenemos que acatar lo que en la nuestra se exija; no para prohibirlo sino para autorizarlo legalmente.
Un cordial saludo a tod@s...!!!
Esta mañana se ha resuelto el último escollo para poder tener legalizado ese fantástico elemento de seguridad en mi caravana, el ATC de Al-Ko...!!!
Llevo mucho, mucho tiempo y sin cesar intentando solucionar el "eterno" conflicto sobre la legalidad o ilegalidad de llevarlo instalado en mi caravana con la total tranquilidad de que haya un referente legal que indique que "se puede" o que "no se puede" sin más, como el mover. Pues ahora está completamente solucionado, aunque la cosa ha ido por otros derroteros...!!!
Anteriormente, con ese tema del mover, ya le aporté a los ingenieros de la estación de ITV de Almansa (Albacete) diferentes especificaciones, planos, homologaciones europeas, descripciones del producto, funcionamiento, total independencia de entre el funcionamiento del dispositivo y la normal marcha de la caravana, etc. para que lograran autorizar la permisividad de llevarlo instalado en las caravanas que por allí pasaran para realizar las oportunas revisiones.
Al final accedieron a no considerarlo como "Reforma de Importancia" ( esta es la última normativa http://www.google.es/url?sa=t&rct=j...6giDhx08_fJJNy7p0L9OgyA&bvm=bv.63808443,d.bGE ), con lo que lo englobarían al resto de accesorios descritos en la nueva normativa especificada en esta Carta-Circular Ver el archivos adjunto 68044d1336726570-portavicicletas-circular-industria-reformas-veh%EDculos.pdf.
Este tema ya quedaba resuelto, al menos, en esta estación de ITV, aunque al tiempo surgió la problemática en otra de reciente creación, en Montoro ( Córdoba ), en la cual dictaminaron como "Revisión Desfavorable" una revisión periódica por llevarlo instalado. Así que insté a que nuestro compañero recurriera a esferas más altas para solucionarlo de manera definitiva y tajante, tanto para él como para los que allí acudieran en el futuro. Al final se resolvió favorablemente cuando recibió una Carta-Circular del Mº de Industria autorizando dicha instalación. Es esta:
Ver el archivos adjunto documento itv mover ministerio 10001.pdf
Ver el archivos adjunto documento itv mover ministerio 10002.pdf
Ahora, esta misma Carta-Circular ha recorrido las diversas estaciones de ITV llegando hasta la de mi localidad, corroborando la actuación y autorización de estos ingenieros, más si cabe, con un referente claro, conciso y puntual, que podemos presentar a quienes pongan pega alguna al contemplar que lo llevamos instalado en nuestras caravanas.
Ahora seguimos con el otro "polémico" accesorio y aquí la cosa la tenían totalmente clara; su decisión era de considerarlo como Reforma de Importancia y que jamás aceptarían su instalación en una revisión periódica si no estaba incluida en la ficha técnica de la caravana, ya que estaba claramente contemplado en la última normativa que actuaba sobre los frenos de la caravana.
Al final, después de llegar a tal conclusión por parte del importador de Al-Ko instado por mí a través de Caravanas JM Ortiz en Valencia, y ante la necesidad de tener que obtener los diferentes requisitos exigidos, han realizado las diligencias oportunas hasta conseguir por completo la posibilidad de legalizarlo.
Así que, con el certificado de instalación por parte del concesionario de caravanas junto al resto de documentación, les presenté el dossier y aceptaron realizar dicha reforma.
Pues este mediodía ya la tenía registrada en la ficha técnica de mi caravana:


No sé aún el coste de toda la gestión que me toca pagar a José Mª Ortiz, excepto lo que he pagado en la ventanilla de esta estación de ITV. Han sido 58,63 € por ser una Reforma de Importancia con Proyecto.
Pues ahora hay "un antes y un después" en la existencia de este accesorio que, aunque sea permitido en otras naciones, tenemos que acatar lo que en la nuestra se exija; no para prohibirlo sino para autorizarlo legalmente.
Un cordial saludo a tod@s...!!!