jamsa
locuaz
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A ver si me entero porque se están diciendo cosas diferentes, esta es una nueva figura de áreas que según este Decreto son algo así como campamentos de turismo más bien de iniciativa privada, ¿no es eso?, para facilitar la pernocta de usuarios de caravana, camper o autocaravana cuando están en viaje, porque según me he leído el decreto lo que veo precisamente en la página 5, punto nº 4, apartado b), es que las zonas de estacionamiento o áreas públicas existentes hasta ahora en vías urbanas se regularán por ordenanza municipal y quedan por tanto excluidas de este Decreto, o tal vez es que no lo estoy interpretando bien...
Obvio , esta normativa ( Euskadi y Andalucía) se refiere a "acampar" , el aparcamiento es cosa de cada ayuntamiento ... como si en una calle ponen "solo paras residentes" o "sólo carga y descarga de mercancía" . Eso es competencia municipal .
Lo importante (o novedoso) es que cuando se trata de areas de descanso y vaciado de aguas ( para entendernos " quedarse horas/dias en un sitio" ) se regulan igual para caravanas , autocaravanas y campers y hasta hace poco "eso" ( quedarse) sólo parecia específico de Autocaravanas .
Y yo soy " de camping" , me encanta buscar la parcela sombreada , tomar mi cervecita y mesa fuera y toldo en verano ... pero como vivo en una punta de España , he pagado 40 ,60 o más euros por sólo dormir ( llegar a las 20,30 al camping el Escorial y marcharnos a las 10 de la mañana) y ahora - según donde- podré plantearme hacer lo mismo por 10 euros o menos...
Repito , si se trata de estacionar , pararse a comprar , aparcar ... eso es cuestión municipal . Aqui hablamos de "pararse a dormir y /o hacer vida dentro "