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mucho más que un foro

a efectos legales¿es igual ac que cv?

Legales en que ? En cuanto a velocidad no, ITV no, esplicate un poco mejor, no te entiendo
 
Legales en que ? En cuanto a velocidad no, ITV no, esplicate un poco mejor, no te entiendo

ni tampoco en el impuesto de circulación que la cv no paga y la ac sí, ni para aparcar en una ciudad, ni para la áreas de parada, ni para los camping, ni para........
 
Uno es un vehículo,el otro un remolque.
Danos más pistas.

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Uno es un vehículo,el otro un remolque.
Danos más pistas.

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Para ser más exactos un "remolque vivienda", según especifica en la ficha técnica.

Un saludo
 
siento no haberme explicado mejor.me refiero por ejemplo a la hora de estacionar y/o pernoctar. Si no desenganchas la caravana, y no sacas cosas...La pregunta va a encaminada por ahi.
Nos gusta mucho viajar, y estamos mirando caravana para comprar(y agradezco mucho toda la informacion que nos estais dando desde el foro, pues somos muuuuuuuuuuuuu novatos), la idea sería combinar campings con paradas en areas de servicio...ya he leido en los foros que muchos lo haceis, pero me gustaría saber si nos pueden multar por ello, y como es la situacion fuera de España tambien.muchas gracias a todos
 
La AC es un vehiculo autopropulsado la Caravana es un remolque cada uno y segun su MMA (Masa Maxima Admisible), tiene un codigo de clasificacion, este se encuentra en la ficha tecnica;
Autocaravana de mas de 3500 Kg debe llevar el nº 3348, de menos de 3500 Kg el nº 3248
Caravana
de mas de 750 Kg de llevar el nº 4148, de menos de 750 Kg debe llevar el nº 4048.
Las dos primeras cifras son por criterio de construccion y las dos segundas lo son por el de utilizacion.
Si nos fijamos en la de nuestro coche debe ser el nº 1000, si se trata de un turismo T.T. debe llevar el nº 1033, este nº de clasificacion de tipo es el utilizado para todo, segun tengo entendido.
Otra cosa es el tema de pernocta, Si se puede, pero se debe?, las areas de servicio normalmente son particulares con lo que los agentes de la Autoridad, no tendrian potestad para efectuar denuncias a no ser que el dueño lo reclame, sea por Orden Judicial o se este efectuando un flagrante delito.
Siempre que no se saque ningun enser de dentro de la CV o AC, NO se esta acampado por lo que no se infringe Ley alguna, esto aqui en nuestra España, salvo que alguna Autonomia tenga competencias sobre el tema, cosa que ignoro.
Sin embargo en paises de fuera de nuestras fronteras existen areas de servicio con zonas exclusivas y vigiladas en donde SI se puede acampar y pasar un dia con su noche incluida y totalmente gratuita, ya se ha pagado la autopista, ejemplo Francia.
Espero que esto sea de ayuda para todo aquel que lo lea y si alguien sabe algo mas que lo diga.
Un saludo y siempre con mi lema.
 
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