Capitán Pirata
hablador
Gracias por la advertencia, Heima.
Pues mira, yo ademas del frances y el ingles, hablo, entiendo, leo y escribo perfectamente el catalan, castellano, valenciano, mallorquin, aragones, extremeño, andaluz, mejicano, puertorriqueño, argentino, y un sinfin de idiomas mas.
Soy todo un poliglota.
Venga hombre que esto suena mas a un ataaque de acatalonofobia que ha otra cosa.
Mejor pasas el hilo el tema de politica.
Saludos.
Si pagas la multa, aceptas el contenido de la propuesta de resolución sancionadora y finalizas el procedimiento y ya no tienes ninguna forma de reclamar (el pago finalizaría la vía administrativa), porque luego solo quedan recurso por vía contencioso-administrativa.
De hecho siempre que se realiza un procedimiento sancionador, al final siempre te indican que puedes no estar conforme y que puedes presentar el recurso xxx, ante el órgano xxx antes de xxx días. Esto lo puedes hacer siempre que no pagues, si pagas, adios, ya no puedes reclamar (en vía administrativa).
Por otro lado, es raro que no hayan contestado a tu primera alegación, ya que están obligados a resolver el recurso presentado, y te debería de haber llegado una resolución del procedimiento sancionador y no una carta de pago ... además que han tardado en comunicártelo mucho más de los plazos indicados en el procedimiento administrativo...
UPS!, acabo de leerme bien tu alegación, y te basas en la la Ley 30/1992, que ha sido derogada por la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..., que entró en vigor el 3 de octubre de 2016, aunque deberían de haberte contestado igualmente...
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:
a) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Hoy he tropezado con este hilo, no quiero entrar en polémica sobre legalidades ni perseguir quimeras pero ya estoy y seguro q estamos muchos un poco hartos de la manida “Catalánofobia”
Estimado Sr., no existe (salvo excepciones q solo hacen cumplir la regla) odio a Cataluña ni a los Catalanes en ninguna parte y que conste q razones para que haya no faltan, pero sabemos y entendemos que no es bueno generalizar y que el odio solo lleva al odio. De todas formas y para terminar me despido diciendo aquello de “Quien se pica, ajos come”
Un saludo desde Getafe
Samuel
jajajaPues si vives en valencia deberías entenderlo perfectamente
Pues mira, yo ademas del frances y el ingles, hablo, entiendo, leo y escribo perfectamente el catalan, castellano, valenciano, mallorquin, aragones, extremeño, andaluz, mejicano, puertorriqueño, argentino, y un sinfin de idiomas mas.
Soy todo un poliglota.
Venga hombre que esto suena mas a un ataaque de acatalonofobia que ha otra cosa.
Mejor pasas el hilo el tema de politica.
Saludos.
Si te llega en alemán a ver si la recurres o no...Pues mira, yo ademas del frances y el ingles, hablo, entiendo, leo y escribo perfectamente el catalan, castellano, valenciano, mallorquin, aragones, extremeño, andaluz, mejicano, puertorriqueño, argentino, y un sinfin de idiomas mas.
Soy todo un poliglota.
Venga hombre que esto suena mas a un ataaque de acatalonofobia que ha otra cosa.
Mejor pasas el hilo el tema de politica.
Saludos.
He encontrado la respuesta en este mismo hilo, Capitán Pirata reconoce que la multa es justa, cosa que le honra. Personalmente no me había planteado nunca recurrir una infracción que sé que he cometido. Si pongamos el caso, me llega en algun idioma que no entiendo ni papa, antes que nada intento traducirlo para saber exactamente de qué se trata. Si he cometido la infracción que se me comunica, primero pago, y si se tercia y lo considero oportuno, luego recurro lo que se tenga que recurrir.Hacía tiempo que no entraba en el foro de política.... Saludos a algunos viejos conocidos del antiguo y calentito foro de política. Veo que todo sigue más o menos igual... Aún no he podido saber por que motivo era la multa... La multa era justa o no?
Mucha suerte!Buenas noches a todos.
Empezaré por poneros en antecedentes. Soy gallego de nacimiento y resido en Valencia donde, lógicamente estoy empadronado. A finales de junio del pasado año 2017 recibí, por correo certificado, una multa de tráfico emitida por el Servei Catalá de Transit. La notificación venía escrita únicamente en catalán. Por el mismo medio, correo certificado pero con acuse de recibo, el cuatro de julio siguiente envié un escrito dirigiso al Jefe del Servei de Tránsit de Barcelona indicando que, según la legislación vigente, cualquier notificación dirigida a un ciudadano residente en otra Comunidad Autónoma debía ser efectuada obligatoriamente al menos en castellano. Días después recibí el acuse de recibo sellado por el Servei de Transit de Barcelona. No volví a tener noticias hasta este viernes en que he recibido, tambièn por correo certificado, una notificación doble, nuevamente escrita tan sólo en catalán, de la Agencia Tributaria de Cataluña. Digo "doble" porque aquí empieza el esperpento: a la vez que me envían una carta de pago, cuya fecha de finalización para el pago voluntario era el 27/02/2018 ¡¡¡Hace nada menos que diez meses!!!, me adjuntan también una "Notificació de provisió de constrenyiment", que supongo que es un aviso de embargo.
Teniendo en cuenta que la creación de dicha Agencia Tributaria de Cataluña ha sido suspendida por el Tribunal Constitucional, me dirigí esta mañana a una delegación de la AEAT aquí en Valencia para que me digeran cómo debía proceder ante la vulneración de mis derechos. En la Agencia Tributaria Española me han informado que no consta ninguna actuación a mi nombre y me indican que la Generalitat de Cataluña, para cobrarme una deuda, deben solicitárselo a ellos.
Aprovechando que, a partir de mañana, estaremos unos días en Madrid, voy a ir a la Sede del Defensor del Pueblo para pedir el correspondiente amparo ante esta vulneración de mis derechos.
Os tendré informados porque espero que, teniendo en cuenta que somos muchos los no residentes en Cataluña, mi actuación pueda servir de referencia para cualquiera que se pueda ver en mi situación.