La vía administrativa para reclamar nuestros derechos
La vía administrativa para reclamar nuestros derechos
En el año 2003 hicimos la primera reclamación ante un Defensor del Pueblo elevando una queja contra el Ayuntamiento de Arrasate (Gipuzkoa) por prohibir en las Ordenanzas Municipales el estacionamiento de autocaravanas, un año después el Ararteko emitía un dictamen favorable a nuestras tesis e instaba al Ayuntamiento a modificar la Ordenanza.
Entre finales de 2004 y principios de 2005 elevamos sendas quejas a los Síndic de Greuges catalán (queja contra el ayuntamiento de Cambrils), Andaluz (queja contra el ayuntamiento de Motril) y Valenciano.
El Síndic valenciano se escaqueó sin admitir la queja alegando que no era de su incumbencia. El Síndic catalán aceptó nuestras tesis parciales e instó a retirar la prohibición expresa de estacionar autocaravanas y crear un área de acogida (posibilidad que está en siguimiento) y el DPA ha culminado su gestión con una resolución rotunda y favorable a nuestras tesis.
Cada queja ha durado algo mas de un año y ha sido objeto de un seguimiento constante matizando algunas dudas e interpretaciones d elos gabinetes jurídicos de cada Institución.
No somos pioneros en las reclamaciones a los defensores del pueblo, antes que nosotros lo han hecho otros compañeros autocaravanistas y de ellos y de nuestros propios errores hemos aprendido a hacerlo cada vez mejor aunque todavía debemos mejorar.
Una de las primeras cosas que apredimos es que no debíamos plantear conceptos genéricos (una petición inconcreta de defensa de los derechos a estacionar al Defensor del Pueblo Español, Sr. Múgica, fué despachada en poco tiempo con vaguedades) pues esa no es la misión de los DP sino casos concretos en los que se pueda demostrar, incidir y argumentar, sobre todo desde un punto de vista legal, un abuso concreto de la administración. Un ayuntamiento y un caso palpable como son unas Ordenanzas que son públicas.
Nos hemos llevado también una sorpresa muy agradable al comprobar que en los dictámenes emitidos por el DPA que se han ido haciendo públicos toma literalmente un texto publicado en varias web que defienden el derecho a estacionar y pernoctar de una autocaravana.
http://www.viajarenautocaravana.com/LegislaciOn/estacionar1024.htm
Ya que párrafos completos en las resoluciones están copiados directamente de este trabajo.
La publicidad de esta importante resolución creemos que es muy necesaria en primer lugar porque reafirma una vía de trabajo en la defensa de los derechos de los usuarios de las autocaravanas a estacionar y pernoctar, reforzando la validez de la via administrativa para realizar nuestras reclamaciones y la validez de los argumentos jurídicos utilizados ya que el dictamen de los DP están basados en ése análisis.
Esta resolución puede ayudar también a animar que cualquier ciudadano que tenga conocimiento de que existen Ordenanzas Municipales que prohiben estacionar las autocaravanas pueden ser recurridas por esta vía y que, si lo desean, pueden obtener ayuda de nuestra experiencia.
En segundo lugar este documento impreso en nuestra auto puede ser de utilidad para defendernos del acoso de algunas autoridades locales en la costa andaluza como en la gaditana.
También puede ser útil para demostrar al segmento de los propietarios de camping que estamos reclamendo el derecho a estacionar y pernoctar en las vías públicas y que nos oponemos, como ellos, a la acampada salvaje.