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OBLIGATORIEDAD DE REGISTRAR EN ITV ELEMENTOS AÑADIDOS PARA CV DE MENOS DE 750

Fulberta

calladit@
Hola a todos,
hace unos meses leí que en agosto del 2022 habían publicado en el BOE que era obligatorio registrar elementos añadidos a la caravana, como placas solares, toldos, antenas parabólicas, portabicicletas, etc. La cuestión es que por más que releo el documento, no me queda claro si esto es extensible también a las caravanas de menos de 750kg, que no están obligadas a pasar ITV...
Así que recurro a los eruditos que hay en este foro, a ver si alguien me saca de dudas...
Este es el enlace del manual actualizado, pagina 164:
https://industria.gob.es/Calidad-In...anual de Reformas de Vehículos Revisión 7.pdf
Muchas gracias de antemano!
 
En la resolucion de 6 de julio de 2022 del BOE núm. 186 de jueves 6 de agosto de 2002, leo textualmente : "la anotacion en la targeta ITV de los vehiculos que instalan placas solares, toldos, antenas parabolicas o dispositivos para soporte de carga en vehiculos no aptos para remolcar".
La llamada targeta ITV es un sinonimo de TIT.
¿Tu vehiculo es uno no apto para remolcar? Sí. Pues te lo tienen que anotar todo.
Ya sabes a que atenerte, tenga o no que pasar la ITV.
Si circulando te paran, miran la TIT y no llevas la anotación, te obsequiaran con una nota dedicada.
Aquí el posible lio es que para que te lo anoten tienes que acudir a una ITV y si te pesan......
 
A mí en Vilanova i la Geltru me hicieron la anotación y solo miraron que el número de chasis coincidiera con la tarjeta de ITV, no miraron la placa y también volví a poner el PMA al de origen, algun dueño anterior lo había rebajado y no la pesaron en ese momento, en la ITV que le pase meses antes en la misma estación si la pesaron pero no me dijeron nada, por cierto me costó muy poco.
 
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