freber
locuaz
Ahí va una de normativa:
Los remolques con MMA > 750 kg matriculados después de 10-07-2011 deben llevar luz de marcha atrás.
Entonces, actualmente, si en el coche se monta un enganche con piña de 7 pines, en las ITV anotan en la tarjeta la siguiente nota: "Equipado con enganche marca XXX... No podrá arrastrar remolques matriculados después del 10.07.2011."
Y no se pueden arrastrar esos remolques matriculados con posterioridad al 10.07.2011 porque la piña de 7 pines no tiene pin dedicado a la luz de marcha atrás.
Si se cometiera esta infracción la sanción sería de 200 €.
En el siguiente enlace se puede ver la explicación un poco más detallada: Cambio inspección ITV
Y ya en el archivo adjunto 6 páginas de explicación.Ver el archivos adjunto ConsultaEscuelaTraficoRemolques.pdf
Saludos,
Los remolques con MMA > 750 kg matriculados después de 10-07-2011 deben llevar luz de marcha atrás.
Entonces, actualmente, si en el coche se monta un enganche con piña de 7 pines, en las ITV anotan en la tarjeta la siguiente nota: "Equipado con enganche marca XXX... No podrá arrastrar remolques matriculados después del 10.07.2011."
Y no se pueden arrastrar esos remolques matriculados con posterioridad al 10.07.2011 porque la piña de 7 pines no tiene pin dedicado a la luz de marcha atrás.
Si se cometiera esta infracción la sanción sería de 200 €.
En el siguiente enlace se puede ver la explicación un poco más detallada: Cambio inspección ITV
Y ya en el archivo adjunto 6 páginas de explicación.Ver el archivos adjunto ConsultaEscuelaTraficoRemolques.pdf
Saludos,