Pues parece ser que ya no las editan:Gracias por la respuesta, en un hilo de hace un par de años decian que Cataluña si tenia tablas de valoracion caravanas pero no encuentro por ningun sitio...y es lo que me interesa si lo de las tablas va a misa o miran contrato de compra venta. A ver si alguien de Cataluña me aclara.Mañana intentare llamar a informacion Agencia Tributaria de Cataluña...y queme dicen
Agárrate al final de la respuesta #4 y nos cuentas que te dicen porque @nsousa como que no.Hola a todos, ese post me ha ayudado a aclarar las cosas, pero sigo con una duda... Ejemplo, autocaravana Rapido 9M 983 año 2007, en la tabla de 2018:
Me dice el valor 5.879,34 (+12 años de antiguedad). Si se paga unos 5% de ese valor, el ITP sería de unos 300e.
Pero el real valor que se paga en esta autocaravana es entre 30.000e, 40.000e (creo yo). Pero si tendría que pagar el ITP sobre ese valor, me pasaría a los 2000e.
Cual es el valor que hay que declarar al pagar el ITP? Alguién lo ha hecho después de ese cambio?
Ya nos vas contando pues.Gracias Carlos y xgarbanzo! Hablé también con una gestoria, no tenian ni idea de este cambio de abril de 2020, pero van a mirar y me dicen algo..
Pero de cualquer forma me dijeron que hay el recurso de hacer 2 contratos compraventa, uno con el valor correcto y otro para enseñar en el pago del ITP con un valor aproximado al de la tabla de valoración....... así te quitas el riesgo comentado en la respuesta #3
Gracias por la ayuda!
y estas tablas deberían ser publicas y fáciles de encontrar... yo no he podido..!!Las tablas de valoración, si no me equivoco son para que en el contrato no puedas poner un precio por debajo, si es el caso cogen el importe de la tabla de valoración para calcular el porcentaje que toca pagar.
¿Qué Hacienda?hola, pincho el hilo esperando la respuesta de Felipe. que también me interesa....
por cierto, sabéis donde encontrar los "precios medios de venta" que utiliza hacienda para valorar una autocaravana? el que esta publicado solo hace referencia a coches y barcos....
Hola a todos, ese post me ha ayudado a aclarar las cosas, pero sigo con una duda... Ejemplo, autocaravana Rapido 9M 983 año 2007, en la tabla de 2018:
Me dice el valor 5.879,34 (+12 años de antiguedad). Si se paga unos 5% de ese valor, el ITP sería de unos 300e.
Pero el real valor que se paga en esta autocaravana es entre 30.000e, 40.000e (creo yo). Pero si tendría que pagar el ITP sobre ese valor, me pasaría a los 2000e.
Cual es el valor que hay que declarar al pagar el ITP? Alguién lo ha hecho después de ese cambio?
Se me ha cortado el mensaje, bueno el caso es que hemos comprado Caravelair Antares 486 de marzo de 2019 en Cataluña y no encuentro listado de tablas de valoracion para calcular el impuesto de transmisiones patrimoniales Sabeis donde puedo encontrar y si teneis mas info y me podeis pasar.Muchas gracias!
Hola, si no ha cambiado nada es, si mal no recuerdo, el 4% del importe del contrato de compraventa. Saludos.Hola alguien sabe lo valoración que utiliza la agencia Tributaria para caravanas de segunda mano para pagar el impuesto en Andalucia?
Hola alguien sabe lo valoración que utiliza la agencia Tributaria para caravanas de segunda mano para pagar el impuesto en Andalucia?