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Impuesto De Circulación De Remolques Caravanas

jupalosa

calladit@
www.infodisclm.com/documentos/boe/2004/haciendas_locales.htm

Si entrais en esta página vereis la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, descargais el documento pdf y en la página treinta y una, subseccion 4ª , articulo 92 punto 3. B), vereis que los remolques de menos de 750 Kg de carga util están exentos.
Os lo comento por si a alguno le pasan el impuesto de circulación del Ayuntamiento, que reclame, que no hay que pagarlo según esta ley que afecta a todos los Ayuntamientos
 
Sacto, los remolques de menos de 750 kg de CARGA UTIL no de MMA, como algunos Ayuntamientos pueden interpretar. Ninguna caravana tiene en ficha una carga útil de más de 750 kg.

:wave:
 
: :banghead: :crybaby: :crybaby: :crybaby: pues yo soy la tonta de turno que durante 12 años lo he estado pagando
 
rocinante ,todos los años para septiembre que es cuando se paga en valencia el ayuntamiento me ha mandado el recibo para pagar.me mandaban el del coche y el de la caravana que era una vimara sport 3.60 de menos de 750kg.lo que mas me estraño fue que este verano cuando la vendi para comprar la a.c no me lo pidieron. y este septiembre me lo mandaron pero ese ya no lo page.
 
Pues yo que tu presentaba una reclamacion al ayuntamiento para que te sea devuelto lo pagado injustamente.

Antes de nada informate desde que año esta exento del pago y reclama,que ellos cuando no pagamos bien que nos incrementan el 20% por intereses de demora.

Un saludo desde las bonitas tierras bizkainas........el vasco.
 
Reclama cuanto antes, ya que me parece que sólo están obligados a devolverte los cinco años anteriores. El resto ya están perdidos.

Saludos.
 
Me gustaría saber cómo en el ayuntamiento tienen constancia de que tienes una cv inferior a 750 kgs si no se matriculan. A la hora de comprarla no haces ninguna gestión en tráfico, por lo que al ayuntamiento no le llega ninguna información.
 
creo recordar que hasta el año 95, (seguro que alguien tiene memoria mas exacta) era obligatorio llevar un carton que hacia TRAFICO, en donde constaban los datos personales y era una autorizacion para que el coche (marca, modelo y matricula) podia llevar un remolque (con marca, modelo y nº de chasis).
Yo por ejemplo tenia carro-tienda y CV, pues tenia un carton para cada conjunto, al margen de tener tambien las fichas tecnicas por supuesto, de hay tenian los datos los ayuntamientos.
Posteriormente se quedo tan solo en la obligatoriedad de la ficha tecnica del remolque, con lo cual a los Ayuntamientos no les llegan datos de nuestras CV NO matriculadas.

El afan recaudatorio se les a jodio.
 
Ya me acuerdo del dichoso cartoncito. Tanto al carro que tuve como a la primera cv les tuve que pasar la ITV al no tener ficha técnica. Lo único que te miraban era el nº del bastidor. Con ese papel ibas a tráfico y te daban un cartón en el que te autorizaba a circular en conjunto un vehículo con una mátricula y el remolque con el número de bastidor. Pero ese remolque lo podías arrastrar con varios vehículos, si tenías el cartón para cada uno, por lo que me entran dudas de que fuese por ese medio el que se enteraban los ayuntamientos de que tenías una cv. ¿a qué vehículo le cargaban el impuesto, ya que podían ser de dos titulares distintos?
 
Me gustaría saber cómo en el ayuntamiento tienen constancia de que tienes una cv inferior a 750 kgs si no se matriculan. A la hora de comprarla no haces ninguna gestión en tráfico, por lo que al ayuntamiento no le llega ninguna información.

Te estás confundiendo, no se matriculan las caravanas con Masa Máxima Autorizada (MMA) inferior a 750 kg. La MMA es la suma de la tara (peso en vacío del remolque) más la carga útil.

Esta Ley habla de otra cosa, habla de caravanas o remolques con CARGA UTIL (no MMA) inferior a 750 kg, y ninguna caravana "normal" está homologada para meterle una carga útil de más de 750 kg.(aunque haya gente que le meten eso y más).

:wave:
 
Exacto Joxe: NINGUNA caravana tiene que pagar impuesto de circulación (excepto si existe alguna con carga útil >750Kg.).
Carga útil= MMA - Tara. Si miráis la ficha técnica suele rondar entre 20Kg en las que menos, para no matricularlas y 200Kg en las que más.
Salu2.
 
creo recordar que hasta el año 95...

"Xactamente" se llamaba vincular remolque y tractor, se podian vincular varios coches con un mismo remolque, naturalmente remolques con menos de 750 MMA/PMA

:occasion5:
 
Hola, en Alicante, le hice a una compañera que llevaba una sunroller con matricula roja un recurso ante el Ayuntamiento y le han devuelto los dos recibos que llevaba pagado, y el año pasado ya no se lo han pasado (en Alicante capital lo pasan en octubre). La ley habla de carga permitida menor a 750 kg., únicamente lo que puedes cargar, y ninguna caravana lo supera (no llegan a superar los 200, o al menos en todas las que yo he visto)
asi que reclama, que no deben cobrarlo.
 
hola ya he reclamado y espero que me lo devuelvan.gracias a todos
 
hola
si alguien quiere un modelo de reclamación no tengo problema en facilitarlo.
decidme el correo electrónico y os lo mando.
Desde Alicante, otro hellinero.
 
Bueno, lo que dice rocinante es posterior al 95, yo tuve que vincular un remolque de carga que tenía para llevar los productos del huerto, (por cierto, lo remolcaba con un volkswagen polo, pa haberse matao). en el año 1997.

Lo que llamamos impuesto de circulacion en realidad se llama IVTM (impuesto de vehículos de tracción mecánica) por lo tanto las caravanas no lo son, con lo que NINGUNA caravana debería de pagar dicho impuesto. se puede reclamar en los Ayuntamientos y te devolverán los últimos cinco años pagados.

un saludo.
 
Era una mala interpretacion del funcionario de turno que no sabia lo que era MMA
pero es cierto que antes si se pagaba,porque las ordenanzas decian de MENOS de 1000 kg de carga útil.
Antes los ayuntamientos pasaban nota a trafico o trafico pasaba nota a los ayuntamientos de todos los vehiculos matriculados para que se cobrase el I.M
Ahora para que no se escape nadie para matricular hay que pagar primero el I.M

Deciais que antes se necesitaba un carton para enganchar algo ,asi es se llamaba AUTORIZACION DE CIRCULACION CONJUNTO TRACTOR REMOLQUE
en la parte izquierda podian autorizar a varios remolques,se ponia el nº de bastidor si no tenia matricula .
Ya entonces decian los vehiculos de turismo no podran arrastrar remolques o semirremolques cuyo peso en carga sea mayor del doble del peso en vacio del vehiculo anterior.
Saludos
 
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