En Madrid, como en casi todas la Comunidades autonomas, la ley de la ordenanza municipal en el articulo 61.15, por el que se prohibe el estacionamiento de remolques y semiremolques en la via publica separados de su vehiculo tractor, seran sancionados con 90€ y retirados por la grua municipal.
El 95% de las caravanas no estan sujetas al pago del impuesto de vehiculos a motor de los ayuntamientos, porque no tienen una capacidad de carga superior a 750 kg, por lo que no lo pagan, a excepcion de una comunidad autonoma que se salta la ley estatal por el forro, aun asi el pago de ese impuesto tampoco da derecho a estacionar un remolque separado de su vehiculo tractor, como indica le ley que puse arriba.
Sobre esa caravana sin matricula, lamentablemente tene pinta de ser rovada y si no lo esta, muy posiblemente esta noche lo esté, aun asi, de verla asi los municipales, tiene 2 multas, la primera por estacionar en via publica desenganchada del vehiculo tractor y la segunda por no tener la matricula del mismo para identificarlo.