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El TSXG ordena la demolición del cámping paralizado en Corcubión

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<p style="text-align: justify;">El cámping de Boca de Sapo, en Corcubión podría tener los días contados. Después de muchas sentencias y recursos el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de desestimar el último interpuesto por la empresa promotora de las obras, Canle de Amarela S. L., confirmando la decisión tomada por a Consellería de Política Territorial en junio del 2007.</p><p style="text-align: justify;">La obra fue entonces considerada ilegal y, en consecuencia, se dictó un expediente de reposición de la legalidad urbanística. Los intentos de los promotores de frenar el proceso no dieron sus frutos y, finalmente, el TSXG confirma el expediente «que declara que las obras consistentes en edificación, urbanización y movimiento de tierras para la instalación de un cámping en el lugar de Boca de Sapo son ilegalizables, por incompatibles con el ordenamiento urbanístico, ordena la demolición de las obras y prohíbe definitivamente los usos a que diesen lugar», dice el fallo.</p><p><strong><strong>Posible recurso</strong></strong></p><p style="text-align: justify;">La sentencia podría no ser la última, ya que es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero confirma todas las anteriores.</p><p style="text-align: justify;">El propio TSXG anuló los acuerdos del Concello de Corcubión del 2000 y del 2002 dando licencia de edificación al cámping, «anulación -dicen los jueces- que ya genera las consecuencias que le son propias».</p><p style="text-align: justify;">Pero independientemente de esos permisos municipales, dicen los jueces del tribunal, «es de significar que el pronunciamiento administrativo ahora impugnado se apoya, en las circunstancias fundamentales de que, por un lado, las obras litigiosas estaban en curso de ejecución en la fecha de entrada en vigor de la ley del 2002 de ordenación urbanística y protección del medio rural, lo que lleva a la plena aplicabilidad de dicho texto normativo, y que, por otra parte, tales obras se apartaban de las autorizadas en la referida licencia municipal en aspectos como la propia ubicación».</p><p style="text-align: justify;">No se adecuaban tampoco en retranqueos, elementos constructivos y aparición de nuevas edificaciones no previstas en el proyecto presentado en el Ayuntamiento, apuntan los jueces. «Divergencia de las obras con dicha licencia que vienen lógicamente a excluir la pretensión de que esta última pudiera servirle de amparo».</p><p style="text-align: justify;">Con licencia o sin ella, apuntan los jueces, las obras realizadas en Boca de Sapo no se ajustan a la legalidad.</p><p style="text-align: justify;">Por todo ello, los jueces entienden que no es legalizable la obra ejecutada en el lugar que, por sus características, implican «la indebida transformación de la naturaleza del terreno y la vulneración de la integridad del valor objeto de pretensión en un suelo clasificado como no urbanizable de protección del litoral», afirman desde el TSXG.</p><p><strong>Diferencias políticas</strong></p><p style="text-align: justify;">La historia de Boca de Sapo corre pareja a las divergencias políticas que afloraron en los últimos años en el municipio. La paralización del proceso de construcción del cámping coincidió con el cambio de gobierno local en Corcubión.</p><p style="text-align: justify;">Desde entonces no fue posible la legalización de una obra que, antes de su paralización, llegó a estar prácticamente terminada y casi con fecha de apertura marcada en el calendario.</p><p style="text-align: justify;">El cámping, finalmente, no se llevará a cabo. En la parcela está prácticamente terminado el edificio de servicios centrales, también se hicieron los movimientos de tierra para escalonar en terrazas las zonas de acampada. El recinto está también vallado en todo su perímetro.</p><p style="text-align: justify;">Faltaban solo detalles, hace unos años, para que estuviera listo. Sin embargo, los tribunales anularon primero la licencia dada por el Ayuntamiento en su día y decretaron después una reposición de la legalidad que, a efectos prácticos, significa la demolición de todo lo construido. Si el Tribunal Supremo no dice lo contrario, los promotores deberán asumir el derribo del inmueble y la retirada de los restos de la parcela.</p>

publicado en: http://www.lavozdegalicia.es
 
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