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Todavía no está recuperado el sector del tremendo impacto que sobre las ventas de autocaravanas ha supuesto la "crisis del 12 %". Una vez pasada una época de confusión la crisis se solventó con una "argucia" legal consistente en posiblitar la recalificación del tipo de vehiculo por parte del usuario. Aunque algunos usuarios han preferido pagar el impuesto, la mayoría ha optado por la "recalificación" para poder ahorrar la cuantiosa suma que representa el 12 % de un importe medio de 40.000 € que es el precio "más o menos" medio de una autocaravana.
Para principios del proximo año el impuesto de matriculación sufre una renovación que afecta en principios a todos los vehiculos, todavía no está claro que se dejen vigentes las "exenciones" al mismo debidas al tipo de vehiculo.
Lo que si parece claro es el cambio de orientación del nuevo impuesto, en lugar de establecer dos tramos 7% y 12 % en función de la cilindrada del vehículo, se establecen 4 tramos en función del nivel de emisión de CO2 (gramos por kilometro). La tabla quedaría de la siguiente forma:
Menos de 120: 0%
120 – 160: 4,75%
160 – 200: 9,75%
Mayor de 200: 14,75%
Debido al peso y cilindrada de una autocaravana, en la gran mayoría de los casos estarían situadas en el ultimo tramo de la tabla, es decir , sujeta a un impuesto del 14.75 %.
Ni que decir tiene el tremendo impacto que sobre los precios, y por lo tanto las ventas puede llegar a tener la aplicación de este nuevo impuesto, previsto en principio para el 1 de enero del 2008.
Puesto que la entrega de autocaravanas se demora muchas veces unos cuantos meses y que el impuesto se paga a la hora de matricular, no de comprar, los que tengan en mente la adquisición de una nueva autocaravana harían bien en concretar las condiciones de pago y fecha de entrega con los concesionarios para no encontrase con "impuestos no previstos"
Para principios del proximo año el impuesto de matriculación sufre una renovación que afecta en principios a todos los vehiculos, todavía no está claro que se dejen vigentes las "exenciones" al mismo debidas al tipo de vehiculo.
Lo que si parece claro es el cambio de orientación del nuevo impuesto, en lugar de establecer dos tramos 7% y 12 % en función de la cilindrada del vehículo, se establecen 4 tramos en función del nivel de emisión de CO2 (gramos por kilometro). La tabla quedaría de la siguiente forma:
Menos de 120: 0%
120 – 160: 4,75%
160 – 200: 9,75%
Mayor de 200: 14,75%
Debido al peso y cilindrada de una autocaravana, en la gran mayoría de los casos estarían situadas en el ultimo tramo de la tabla, es decir , sujeta a un impuesto del 14.75 %.
Ni que decir tiene el tremendo impacto que sobre los precios, y por lo tanto las ventas puede llegar a tener la aplicación de este nuevo impuesto, previsto en principio para el 1 de enero del 2008.
Puesto que la entrega de autocaravanas se demora muchas veces unos cuantos meses y que el impuesto se paga a la hora de matricular, no de comprar, los que tengan en mente la adquisición de una nueva autocaravana harían bien en concretar las condiciones de pago y fecha de entrega con los concesionarios para no encontrase con "impuestos no previstos"