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Si la MMA de la caravana es menor de 750 kgs (remolque ligero) los daños a terceros (R. Civil) en circulación están cubiertos por el seguro del remolcador de ese momento.
Hay que notificar al seguro esta nueva circunstancia nada más adquirirla puesto que no tienen porque subir el precio de la póliza, pero si saber que en caso de avería del tractor* deben también garantizar el traslado de ese remolque.
Si es mayor de ese peso ya es un remolque pesado y como vehículo matriculado necesita tener un seguro obligatorio propio.
En este caso, dependiendo de la compañía y el coste estará más o menos cubierta la asistencia, sea aquí, en el extranjero y el mayor o menor número de kilómetros de franquicia.
Hay que leer bien la letra del contrato porque muchas compañías generalistas no cubren la asistencia al no ser obligatoria, debiendo contratarla nosotros por separado con otra compañía independiente para evitar sorpresas.
Y por último están los seguros multiriesgo que incluyendo el obligatorio y la asistencia, cubren los daños propios, sean en circulación como en un camping (rotura de ventana, toldo, etc)
*. - Si lo que se avería es el remolque ligero, rotura de un buje por ejemplo, el seguro del tractor no tiene obligación de ofrecer asistencia por lo que volvemos a lo de la conveniencia de contratar esta aparte (Arag, DAS, Plus Ultra,) ya que no son cuotas altas y nos quitamos de problemas en momentos que son siempre de tensión.