Pues lo llevas jodido pero no imposible.
Y Jodido por tiempo y dinero.
Mira el año y mira que tienes.
Si no esta al completo no los sacas.
no vale contrato de compraventa, ficha reducida... para circular, si el GC le caes bien te dejara pasar... si le pillas de malas.... por no decir en caso de accidente donde el seguro no te cubre.
Eso de no hace falta seguro discutible.
Si te quedas tirado con el coche, el seguro te puede decir que te remolca el coche y no la caravana.
En éste tipo de vehículos, al no estar matriculados no hay antecedentes de tráfico, por lo que el proceso para hacer un duplicado es algo más complejo que el de un vehículo matriculado.
Este proceso cambia de unas Comunidades Autónomas a otras, ya que por ejemplo, en Madrid hay una circular que marca la documentación a aportar.
Como norma general y como justificación de su puesta en servicio, si carecen de permiso de circulación y de fecha de puesta en servicio,
se podrán aceptar:
- Factura de compra, ó
- Certificado del seguro donde inexcusablemente aparezca el nº de bastidor del vehículo ó
- Copia de la tarjeta ITV en poder del fabricante.
Para remolques fabricados antes del 27/09/1986 la documentación necesaria sería:
- Certificado de arrastre de tráfico o autorización de conjunto. (este documento por lo general nadie lo tiene ya que va ligado al primer vehículo que lo arrastra).
- Ficha reducida particularizada para el vehículo, o certificado de fabricación del mismo.
Para remolques fabricados desde del 27/09/1986, hasta 26/07/1999,
Deben corresponder a vehículos homologados, es decir, que tengan contraseña de homologación.
- Certificado de características del fabricante o ficha reducida (en Madrid si es posterior a 16/05/1998, necesario Ficha reducida), en ambos documentos constará la contraseña de homologación.
Para remolques fabricados entre 26/07/1999 y 24/07/2010.
Si no se dispone de los datos de puesta en circulación del vehículo, la Tarjeta de ITV se podrá emitir por el fabricante del vehículo (aunque rara vez lo hacen) o tramitarse en una ITV aportando:
- ó Ficha reducida particularizada para el vehículo a inspeccionar,
- ó COC,
- ó Certificado emitido por el fabricante o por un servicio técnico designado por la autoridad de homologación que acredite la correspondencia del vehículo con un nº de homologación española. (en Madrid si es posterior a 16/05/1998 es necesario aportar la Ficha reducida)