Dalmarox
Participativ@
Buenos días, una pregunta importante sobre la MMA por si alguien me puede contestar. Acabo de bajar la MMA de mi coche, primero en ITV para anotación en ficha técnica con el correspondiente certificado de fabricante y posteriormente en Tráfico para anotación de la reforma en el permiso de circulación, hasta aquí todo correcto.
Ahora me surge una duda. ¿Esta bajada de MMA es válida en toda Europa? Si os fijáis en el reverso del permiso de circulación, donde aparecen las descripciones de los códigos, en el apartado F.2 que es donde aparece la MMA, dice lo siguiente:
F.2 Masa Máxima en carga admisible del vehículo en circulación en España (en kg)
En este apartado que es donde aparece mi nueva MMA, hace alusión concretamente a España y no al resto de Europa a pesar de ser un permiso de circulación europeo. La persona que me ha atendido en la DGT no me ha sabido decir si sería valido en Europa…incluso lo ha comentado con un superior que tampoco.
Muchas gracias a todos.
Ahora me surge una duda. ¿Esta bajada de MMA es válida en toda Europa? Si os fijáis en el reverso del permiso de circulación, donde aparecen las descripciones de los códigos, en el apartado F.2 que es donde aparece la MMA, dice lo siguiente:
F.2 Masa Máxima en carga admisible del vehículo en circulación en España (en kg)
En este apartado que es donde aparece mi nueva MMA, hace alusión concretamente a España y no al resto de Europa a pesar de ser un permiso de circulación europeo. La persona que me ha atendido en la DGT no me ha sabido decir si sería valido en Europa…incluso lo ha comentado con un superior que tampoco.
Muchas gracias a todos.